Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2002 (21/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
POR TANTO:

MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2002

En MORDAZA, a los treinta dias del mes de enero de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de febrero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 3563

Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de febrero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 3557

LEY Nº 27673
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

LEY Nº 27672
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PERMITE REGULARIZAR SOCIEDADES
Articulo unico.- Objeto de la Ley Las sociedades que adecuen su pacto social y estatuto a las disposiciones de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, despues de vencido el plazo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de dicha Ley, modificado por Leyes Nums. 26977, 27219 y 27388, no requeriran de convocatoria judicial y no seran consideradas irregulares y consecuentemente no les seran aplicables las consecuencias senaladas en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26887 ni la presuncion de extincion por prolongada inactividad a que se refiere la Decima Disposicion Transitoria de la misma Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de enero de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de febrero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 3558

LEY PARA PRORROGAR CONVENIOS DE SUSTITUCION DE DEPOSITARIO DE LA COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
Articulo 1º.- Prorroga de convenios Los convenios individuales de sustitucion de depositario de la compensacion por tiempo de servicios, celebrados en aplicacion del Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios, podran ser prorrogados por unica vez y previo acuerdo de las partes hasta el 31 de diciembre del ano 2002, impostergablemente. Vencida esa fecha, los depositos son trasladados a la institucion financiera elegida por el trabajador. Articulo 2º.- Suspende aplicacion de plazo de cuatro anos Para efectos de la aplicacion del Articulo 1º de la presente Ley, no es aplicable el plazo de cuatro anos a que se refiere el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de enero de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

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