Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2002 (12/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo. En este sentido, la nueva gestion publica tendra que estar orientada al servicio del ciudadano, a la mejora de los servicios prestados, al aumento de la productividad de los recursos del Estado y; a la obtencion de resultados susceptibles de medicion; Que, es un mandato de la Ley Nº 27658 evitar la duplicidad o superposicion de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades; Que, para mejorar los servicios prestados al ciudadano se requiere alcanzar mayores niveles de productividad en el uso de recursos estatales; Que, de acuerdo a sus atribuciones legales, la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS tiene por finalidad administrar, aplicar, fiscalizar, sancionar y recaudar aranceles y tributos del Gobierno Central, fijados por la legislacion aduanera y otros tributos cuya recaudacion se le MORDAZA encomendado; asi como la prevencion y represion de la defraudacion de las Rentas de Aduana y del contrabando, la evasion de tributos aduaneros y el trafico ilicito de mercancias; Que, de acuerdo a sus atribuciones legales, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT tiene por finalidad disenar y proponer medidas de politica tributaria; proponer la reglamentacion de las normas tributarias; administrar, aplicar, fiscalizar, sancionar y recaudar los tributos internos del Gobierno Central y otros tributos cuya administracion se le asigne; Que, existe una concordancia sustancial entre las funciones, atribuciones encomendadas y organizacion de ADUANAS y SUNAT, lo cual hace factible la integracion de sus actividades; Que, el Poder Ejecutivo ha evaluado y considera conveniente la integracion de MORDAZA entidades. En ese sentido, se considera que dicha integracion evitara la duplicidad de funciones y generara una mejora en los servicios y un aumento en la productividad de los recursos que el Estado ha venido destinando a MORDAZA actividades; De conformidad con el Articulo 13º de la Ley Nº 27658; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Fusion por absorcion 1.1 Fusionase la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS y la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT. 1.2 La fusion indicada se realiza bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, la calidad de entidad incorporante. 1.3 Toda referencia normativa a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS o, a las funciones que venia ejerciendo; se entendera hecha a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT. Articulo 2º.- Transferencia de recursos, personal y materiales. 2.1 El MORDAZA de fusion entre la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS y la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT concluira en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la vigencia de la presente norma. En dicho plazo la Superintendencia Nacional de Aduanas ADUANAS, transferira sus recursos, personal, acervo documentario y materiales a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT. 2.2 En tanto culmine el MORDAZA de fusion al que se refiere el presente Decreto Supremo se dictara, mediante Resolucion de Superintendencia, las medidas necesarias, a fin de no alterar los niveles de recaudacion, programas y manejo presupuestal que se vienen desarrollando en ADUANAS. 2.3 Cumplido el plazo senalado en el numeral 2.1, cesaran en sus funciones los integrantes de todos los organos de la Superintendencia Nacional de Aduanas ADUANAS.

Articulo 3º.- MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones. Mediante Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se dictara el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT. Articulo 4º.- Informe al Congreso. El Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas informaran a la Comision de Modernizacion de la Gestion del Estado del Congreso, acerca de los beneficios y fundamentos de la presente fusion. Articulo 5º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 12438

Modifican items de Anexos de los DD.SS. Nºs. 012 y 013-96-PCM, mediante los cuales se aprobaron donaciones a favor de diversas instituciones y organizaciones
DECRETO SUPREMO Nº 062-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, al MORDAZA de lo dispuesto por el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 21146, mediante Decretos Supremos Nºs. 012-96-PCM y 013-96-PCM, de fecha 16 de febrero de 1996, Despacho Presidencial aprobo la donacion de diversos vehiculos usados a favor de Instituciones Publicas, Organizaciones Sociales, Entidades de bienes y poblacion de escasos recursos, de diversos departamentos del pais; unidades cuyos detalles tecnicos y beneficiarios respectivos se indican en los Anexos respectivos que forman parte de dichos Decretos Supremos; Que, durante la ejecucion de las acciones de entrega - recepcion de los citados vehiculos en calidad de donacion, asi como en la formulacion de los dispositivos legales correspondientes, se incurrio en errores materiales, respecto a las caracteristicas tecnicas de las unidades, asi como en el nombre o razon social de los beneficiarios; hechos que dificultan las acciones de control y viene perjudicando a los beneficiarios respectivos, en las acciones de inscripcion que vienen realizando ante la Oficina de Registros Publicos; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26889, Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa, las normas que contengan errores materiales deberan ser rectificadas mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente, una vez transcurrido el plazo de 10 dias desde su publicacion en el Diario Oficial; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 26889 y el Decreto Legislativo Nº 804; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el item 14 del Anexo del Decreto Supremo Nº 012-96-PCM, en lo concerniente al

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