Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2002 (13/07/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 99

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12417

Pag. 226381

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban simplificacion del tramite para obtencion de licencias de obra y regularizacion de obras menores
ORDENANZA Nº 055-MDL Lince, 28 de junio de 2002 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de la fecha contando con dictamen favorable de la Comision de Asuntos Legales, luego del debate correspondiente, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA SIMPLIFICACION DEL TRAMITE PARA OBTENCION DE LICENCIAS DE OBRA Y/O REGULARIZACION DE OBRAS MENORES Articulo Primero.- APROBAR la presente Ordenanza de Simplificacion del tramite de Licencia de Obra y/o Regularizacion de las Obras Menores agilizando su expedicion, otorgandose un plazo de 60 dias para acogerse al beneficio de regularizacion a partir de la vigencia de la presente norma. Articulo Segundo.- Estan comprendidas dentro de este beneficio de Obras Menores las siguientes Obras: - Obras Menores de Ampliacion o Modificacion de area hasta 30.00 m2 siempre y cuando no comprometan la estructura de la edificacion. - Construccion de Cisternas y Cercos Perimetricos. - Apertura de Vanos. - Las Ampliaciones Menores a 30.00 m2 que se realicen en edificios siempre y cuando cuenten con la aprobacion de la Junta de Propietarios. Articulo Tercero.- La Direccion de Desarrollo MORDAZA a traves de la Division de Obras y Planificacion MORDAZA, seran las encargadas de la Evaluacion y Aprobacion de estas solicitudes, siempre y cuando cumplan con la normatividad vigente. Articulo Cuarto.- Los interesados a acogerse al presente tramite deberan presentar los siguientes requisitos: - Hoja de Tramite. - FUO Parte 1 por triplicado debidamente llenado y firmado por el propietario y el profesional responsable de la obra, sea Arquitecto o Ingeniero Civil. - Comprobante de pago por costo de procedimiento cancelado. - Comprobante de pago por derecho de revision. - MORDAZA simple del Titulo de Propiedad. - Planos de Arquitectura (Ubicacion, plantas, cortes, elevaciones), indicando las areas a ampliar y/o regularizar, firmados por el propietario y el profesional responsable. - Memoria Descriptiva y Carta de Seguridad de Obra de ser el caso. Articulo Quinto.- Estan excluidas de esta Simplificacion de tramite: - Las Obras Mayores a 30.00 ml. - Las Obras no consideradas en el Articulo Segundo. - Las Edificaciones sobre el retiro, se ceniran a la Ordenanza Nº 041 de 29 de octubre de 2001. Articulo Sexto.- El monto de la Licencia de Regularizacion se obtiene de la aplicacion del 7.5% del valor de la obra, exonerandosele de la aplicacion de la multa establecida en la Ley Nº 27333. La presente Ordenanza modifica los Items correspondientes del MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Nº 050MDL.

Registrese, comuniquese y cumplase.

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Exoneran de pago de tasa por estacionamiento vehicular a contribuyentes que hayan cancelado sus obligaciones tributarias
ORDENANZA Nº 92-MPL Pueblo Libre, 4 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en sesion de la fecha, aprobo por Unanimidad el Dictamen Nº 073-2002MPL/CPL-CPDH; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitucion Politica del Peru, establece en el inciso 3) del Articulo 192º que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, es politica de esta Municipalidad fomentar conciencia tributaria en los vecinos de este distrito, con la finalidad que cumplan con sus obligaciones tributarias. Es por ello que es necesario reconocer la puntualidad de los contribuyentes en sus obligaciones tributarias que en la actualidad no tengan deudas pendientes con la Municipalidad, por lo que se les otorgaran beneficios a partir del Ejercicio 2002; Que, con el proposito de estimular el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del distrito que no tuvieran obligaciones tributarias con la Municipalidad, se hace necesario reconocer la puntualidad de estos, por lo que en esta oportunidad se les otorgara un beneficio, como es la exoneracion del pago de la tasa por estacionamiento vehicular en nuestra jurisdiccion, establecido en la Ordenanza Nº 10-MPL y su modificatoria la Ordenanza Nº 30-MPL; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y con la aprobacion del Concejo Municipal, se promulga la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Exonerar del Pago de la Tasa por estacionamiento vehicular a los contribuyentes que han cancelado a la fecha sus obligaciones tributarias con la Municipalidad, otorgandose un distintivo para dicho efecto, el cual tendra validez de tres meses, el mismo que sera revalidado por periodo adicional, previa verificacion de no adeudo de la Direccion de Desarrollo Economico. Articulo Segundo.- Podran acceder al beneficio senalado en el articulo precedente, los contribuyentes que teniendo obligaciones tributarias pendientes con la Municipalidad a la fecha, cumplan previamente con abonar las mismas. Posteriormente, podran solicitar el distintivo respectivo. Articulo Tercero.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe el Reglamento que normara los procedimientos administrativos necesarios

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.