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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2002 (13/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 98

Pág. 226380 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de julio de 2002 nes Públicas, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones Directas de Menor Cuantía, que se realizarán en el Año Fiscal 2002; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 300-Educación - Huancavelica, del Pliego 447 del Consejo Transitorio de Administración Regional (CTAR) Huancavelica, en función a los objetivos y metas trazados para el Año Fiscal 2002; De conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2002, Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Asimismo, por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y su modificato- ria, Decreto Supremo Nº 002-96-ED; Estando a lo antes expuesto y con la visación de la Dirección de Gestión Administrativa, Dirección de Ges- tión Institucional y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2002 de la Uni- dad Ejecutora 300-Educación - Huancavelica, Pliego 447 del Consejo Transitorio de Administración Regional (CTAR) Huancavelica, el mismo que en anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Administración queda encargada de remitir un ejemplar del Plan Anual a que se refiere la presente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCO- DE, y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABEL GONZALES CASTRO Director Regional de Educación Huancavelica 12429 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan contratación de empresa de radiodifusión para la difusión del Régi- men Especial Temporal, mediante proce- so de adjudicación de menor cuantía SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01-04-00000012 Lima, 12 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del Artí- culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios personalísimos se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adju- dicación Directa, procediendo su contratación mediante una Adjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo esta- blecido por el Artículo 20º de dicha Ley; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son servicios personalísimos, los contratos de loca- ción de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del loca- dor, ya sea por sus características inherentes, particula-res o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, se precisó con relación al artículo precitado que, se en- cuentran expresamente incluidos en dicha clasificación los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cual- quier otro medio de comunicación, en atención a las ca- racterísticas particulares que los distinguen; Que, los Artículos 105º y 116º del mencionado Regla- mento establecen los procedimientos a que deben so- meterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de selección antes aludidos precisando que, una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación exonerada; Que, habiéndose publicado el día 5 de julio del pre- sente año la Ordenanza Nº 386 aprobada por la Munici- palidad Metropolitana de Lima que establece el Régimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tri- butarias y No Tributarias, RESTE, mediante el cual se establecen facilidades para el pago de deudas adminis- tradas por esta Institución estableciéndose como el pla- zo para el acogimiento a este Régimen el 29 de agosto del presente año; Que, resulta necesario difundir los alcances de esta norma a la mayor cantidad de personas posibles para lo cual se requiere contratar a una empresa especializada en radiodifusión masiva a efectos de realizar la difusión del referido Régimen Especial Temporal, a fin de infor- mar adecuadamente sobre la vigencia y alcance del mis- mo desde el 15 de julio al 29 de agosto del presente año; Que, de los Informes Nºs. 47-82-00000002 del De- partamento de Comunicaciones de la Gerencia de Admi- nistración y 04-82-00000110 de la Gerencia de Asuntos Legales, se opina que los servicios de Radio Programas del Perú S.A., califican como servicios personalísimos, teniendo en consideración su amplia experiencia en ra- diodifusión, sus altos índices de audiencia a nivel local y su amplia credibilidad; Que, lo expresado en los citados Informes, justifican técnica y legalmente la contratación de los servicios es- pecializados mediante la exoneración del respectivo pro- ceso de selección, cumpliéndose así con lo estipulado en el Artículo 113º del Reglamento antes mencionado; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dis- puesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los Artículos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, el Decreto Supre- mo Nº 128-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSU- CODE/PRE y contando con los Informes Nºs. 47-82- 00000002 y 04-82-00000110; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar por servicios personalísimos al Servicio de Administración Tributaria - SAT, del proce- so de concurso público para la contratación de Radiopro- gramas del Perú S.A., referida en la parte considerativa de la presente resolución, y autorizar a la Gerencia de Administración la contratación desde el 15 de julio al 29 de agosto del presente año del mencionado servicio mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía. Artículo 2º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 61,454.40 (sesenta y un mil cuatrocientos cincuenticuatro y 40/100 Dólares Americanos) que incluye todo concepto, gastos y tributos a que hubiere lugar. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración remita copia de la presente resolución y de los informes que sustentan esta exoneración a la Contralo- ría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ARISTA ARBILDO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 12501