Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2002 (13/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2002

nes Publicas, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones Directas de Menor Cuantia, que se realizaran en el Ano Fiscal 2002; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 300-Educacion - Huancavelica, del Pliego 447 del Consejo Transitorio de Administracion Regional (CTAR) Huancavelica, en funcion a los objetivos y metas trazados para el Ano Fiscal 2002; De conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Asimismo, por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y su modificatoria, Decreto Supremo Nº 002-96-ED; Estando a lo MORDAZA expuesto y con la visacion de la Direccion de Gestion Administrativa, Direccion de Gestion Institucional y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2002 de la Unidad Ejecutora 300-Educacion - Huancavelica, Pliego 447 del Consejo Transitorio de Administracion Regional (CTAR) Huancavelica, el mismo que en anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion de Administracion queda encargada de remitir un ejemplar del Plan Anual a que se refiere la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE, y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Educacion Huancavelica 12429

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan contratacion de empresa de radiodifusion para la difusion del Regimen Especial Temporal, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 01-04-00000012 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios personalisimos se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º de dicha Ley; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son servicios personalisimos, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particula-

res o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, se preciso con relacion al articulo precitado que, se encuentran expresamente incluidos en dicha clasificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, los Articulos 105º y 116º del mencionado Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA aludidos precisando que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion exonerada; Que, habiendose publicado el dia 5 de MORDAZA del presente ano la Ordenanza Nº 386 aprobada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que establece el Regimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, RESTE, mediante el cual se establecen facilidades para el pago de deudas administradas por esta Institucion estableciendose como el plazo para el acogimiento a este Regimen el 29 de agosto del presente ano; Que, resulta necesario difundir los alcances de esta MORDAZA a la mayor cantidad de personas posibles para lo cual se requiere contratar a una empresa especializada en radiodifusion masiva a efectos de realizar la difusion del referido Regimen Especial Temporal, a fin de informar adecuadamente sobre la vigencia y alcance del mismo desde el 15 de MORDAZA al 29 de agosto del presente ano; Que, de los Informes Nºs. 47-82-00000002 del Departamento de Comunicaciones de la Gerencia de Administracion y 04-82-00000110 de la Gerencia de Asuntos Legales, se opina que los servicios de Radio Programas del Peru S.A., califican como servicios personalisimos, teniendo en consideracion su amplia experiencia en radiodifusion, sus altos indices de audiencia a nivel local y su amplia credibilidad; Que, lo expresado en los citados Informes, justifican tecnica y legalmente la contratacion de los servicios especializados mediante la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, cumpliendose asi con lo estipulado en el Articulo 113º del Reglamento MORDAZA mencionado; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los Articulos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 128-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE y contando con los Informes Nºs. 47-8200000002 y 04-82-00000110; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar por servicios personalisimos al Servicio de Administracion Tributaria - SAT, del MORDAZA de concurso publico para la contratacion de Radioprogramas del Peru S.A., referida en la parte considerativa de la presente resolucion, y autorizar a la Gerencia de Administracion la contratacion desde el 15 de MORDAZA al 29 de agosto del presente ano del mencionado servicio mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia. Articulo 2º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 61,454.40 (sesenta y un mil cuatrocientos cincuenticuatro y 40/100 Dolares Americanos) que incluye todo concepto, gastos y tributos a que hubiere lugar. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 12501

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