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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2002 (21/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

Pág. 226804 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de julio de 2002 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Fijan monto por concepto de derecho de uso de puestos de propiedad muni- cipal ubicados en el Mercado Floristas, Marmoleros y Artesanos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000016 Callao, 29 de mayo de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto por el Artícu- lo 191º de la Constitución Política del Estado, concor- dado con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 36º inciso 13) en concordancia con el Artículo 90º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, la Municipalidad Provincial del Callao es competente para administrar sus bienes y rentas, entre los cuales se encuentran los bienes inmuebles de propiedad municipal; Que, mediante Edicto Nº 00009 de fecha 27/11/1991, se establece el derecho correspondiente por el uso de los puestos y tiendas de propiedad municipal, facultando su Artículo 6º para que el Alcalde mediante Decreto dicte las normas necesarias para la aplicación de lo estableci- do en el mismo; Estando a lo expuesto, con la visación de la Direc- ción General de Comercialización, Oficina General de Asesoría Jurídica y Dirección General de Administra- ción Tributaria y Rentas, y en ejercicio de las faculta- des conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Fíjese el monto a cobrarse por con- cepto de derecho de uso de los stands de propiedad mu- nicipal ubicados en el Mercado Floristas, Marmoleros y Artesanos, el mismo que ascenderá a S/. 40.00 (cua- renta nuevos soles) mensuales. Artículo Segundo.- El monto señalado en el artículo anterior será actualizado según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INEI para Lima Metropolitana, cada tercer mes. Artículo Tercero.- El conductor del stand deberá abo- nar el derecho dentro de los primeros 5 (cinco) días ca- lendario de cada mes. En caso de incumplimiento se procederá a su cobran- za por la vía coactiva. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración Tributaria y Rentas y a la Dirección Gene- ral de Comercialización, el cabal cumplimiento del pre- sente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 13006MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY Disponen la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante proceso de adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 062-2002-MPH Huarmey, 2 de julio del 2002 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY VISTO: El Informe Nº 027-2002-MPH-PVL por la encargada de la Oficina del Programa del Vaso de Leche e Informe Legal Nº 164-2002-MPH-AL, en Sesión Ordinaria de Con- cejo del día 28 de junio del 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante documento del visto, la encargada del Programa del Vaso de Leche indica que hasta la fecha no se ha cumplido con determinar el producto alimentario a adquirirse para el Programa del Vaso de Leche, debido a que las representantes de los Comités del Vaso de Le- che, vienen postergando la determinación del producto, retrasando por ende al Comité de Administración; Que, ante tales circunstancias, solicita se DECLARE EN SITUACIÓN DE URGENCIA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, al encontrarse los plazos vencidos para la ADJUDICACIÓN Y ADQUISICIÓN DEL PRODUCTO para el mes de julio 2002, dado que los 13 de cada mes se recibe la transferencia del Programa del Vaso de Le- che para la compra del Insumo, por lo que el retraso del proceso de Selección afectaría el Abastecimiento del pro- ducto para los beneficiarios en el mes de julio - 2002; Que, en el Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se- gún Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, prescribe la Exoneración de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, en situación de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley; por lo que en estos casos las adquisiciones o contrata- ciones se realizará mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía según el Art. 20º del mismo dispositi- vo; Por lo que de conformidad al Art. 19º Inc. c) y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado y, con el voto unánime de los se- ñores Regidores presentes; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA por el mes de julio del 2002, la atención del PROGRAMA VASO DE LECHE. Artículo Segundo.- PROCEDER a la Adjudicación Directa de Menor Cuantía de Insumos, destinados a aten- der el Programa del Vaso de Leche correspondiente al mes de julio del año 2002. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre- sente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano y de cono- cimiento de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN PACÍFICO ALEGRE Alcalde 13024