Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2002 (21/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de MORDAZA de 2002

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Fijan monto por concepto de derecho de uso de puestos de propiedad municipal ubicados en el MORDAZA Floristas, Marmoleros y Artesanos
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000016 Callao, 29 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, concordado con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 36º inciso 13) en concordancia con el Articulo 90º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la Municipalidad Provincial del Callao es competente para administrar sus bienes y rentas, entre los cuales se encuentran los bienes inmuebles de propiedad municipal; Que, mediante Edicto Nº 00009 de fecha 27/11/1991, se establece el derecho correspondiente por el uso de los puestos y tiendas de propiedad municipal, facultando su Articulo 6º para que el MORDAZA mediante Decreto dicte las normas necesarias para la aplicacion de lo establecido en el mismo; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Direccion General de Comercializacion, Oficina General de Asesoria Juridica y Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas, y en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Fijese el monto a cobrarse por concepto de derecho de uso de los stands de propiedad municipal ubicados en el MORDAZA Floristas, Marmoleros y Artesanos, el mismo que ascendera a S/. 40.00 (cuarenta nuevos soles) mensuales. Articulo Segundo.- El monto senalado en el articulo anterior sera actualizado segun la variacion del Indice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INEI para MORDAZA Metropolitana, cada tercer mes. Articulo Tercero.- El conductor del stand debera abonar el derecho dentro de los primeros 5 (cinco) dias calendario de cada mes. En caso de incumplimiento se procedera a su cobranza por la via coactiva. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas y a la Direccion General de Comercializacion, el cabal cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 13006

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY
Disponen la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 062-2002-MPH Huarmey, 2 de MORDAZA del 2002 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY VISTO: El Informe Nº 027-2002-MPH-PVL por la encargada de la Oficina del Programa del Vaso de Leche e Informe Legal Nº 164-2002-MPH-AL, en Sesion Ordinaria de Concejo del dia 28 de junio del 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante documento del visto, la encargada del Programa del Vaso de Leche indica que hasta la fecha no se ha cumplido con determinar el producto alimentario a adquirirse para el Programa del Vaso de Leche, debido a que las representantes de los Comites del Vaso de Leche, vienen postergando la determinacion del producto, retrasando por ende al Comite de Administracion; Que, ante tales circunstancias, solicita se DECLARE EN SITUACION DE URGENCIA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, al encontrarse los plazos vencidos para la ADJUDICACION Y ADQUISICION DEL PRODUCTO para el mes de MORDAZA 2002, dado que los 13 de cada mes se recibe la transferencia del Programa del Vaso de Leche para la compra del Insumo, por lo que el retraso del MORDAZA de Seleccion afectaria el Abastecimiento del producto para los beneficiarios en el mes de MORDAZA - 2002; Que, en el Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, prescribe la Exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley; por lo que en estos casos las adquisiciones o contrataciones se realizara mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia segun el Art. 20º del mismo dispositivo; Por lo que de conformidad al Art. 19º Inc. c) y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores presentes; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA por el mes de MORDAZA del 2002, la atencion del PROGRAMA VASO DE LECHE. Articulo Segundo.- PROCEDER a la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia de Insumos, destinados a atender el Programa del Vaso de Leche correspondiente al mes de MORDAZA del ano 2002. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano y de conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13024

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