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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2002 (25/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 227045 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de julio de 2002 Despacho Presidencial, debiendo rendir cuenta documen- tada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 13320 SALUD Designan Director Ejecutivo de la UTES Recuay - Carhuaz de la Dirección Regio- nal de Salud Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1205-2002-SA/DM Lima, 19 de julio del 2002 Visto el Oficio Nº 1406-CTAR-A/DIRES/DIPER, cur- sado por el Director General de la Dirección Regional de Salud Ancash; De conformidad con lo previsto en el Artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, en el cargo de Director Ejecutivo de la UTES Recuay - Carhuaz de la Dirección Regional de Salud Ancash, Nivel F-4, a la doctora TANIA MARI- SOL MARTÍNEZ LOZANO. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 13152 Autorizan al Programa de Administra- ción de Acuerdos de Gestión - PAAG adquirir medicamentos, insumos y equipamiento mediante procesos de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1231-2002-SA/DM Lima, 23 de julio del 2002 VISTOS: El Informe Técnico Nº 1575-07-2002-DGSP, el Memo- rándum PAAG Nº 730/CG-2002 y el Informe Nº 1109-2002- OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, desde inicios del mes de julio del presente año se vienen produciendo bajas temperaturas y nevadas (fria- jes) en los departamentos de Ayacucho, Tacna, Apurí- mac, Huancavelica, Moquegua, Cusco, Arequipa y Puno, los cuales han causado daños personales a la salud de las personas y pérdidas de vidas humanas, así como de ganado y áreas de sembrío; Que, por Decreto Supremo Nº 069-2002-PCM se de- claró en estado de emergencia, por desastre natural a los departamentos mencionados en el considerando pre- cedente, por el plazo de 30 días, exonerándose al Minis- terio de Salud del requisito de Licitación Pública y Con- curso Público de Precios, autorizándolo para la adquisi-ción de bienes y servicios que se destinen exclusivamente para la atención de la población damnificada y zonas de emergencia de acuerdo a las normas de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, el inciso c) del Artículo 19º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando se produzca una situación de emergen- cia; Que, el Artículo 22º del referido cuerpo normativo, define como situación de emergencia a aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a cau- sa de eventos catastróficos, de situaciones que supon- gan grave peligro o de necesidades que afecten la defen- sa nacional, exonerándola de la tramitación del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecución de lo es- trictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, mediante Informe Técnico Nº 1575-07-2002- DGSP, la Dirección General de Salud de las Personas señala que debido a la situación de variaciones climato- lógicas extremas que vienen ocurriendo en el país con disminuciones bruscas de temperatura y vientos fríos se ha ocasionado el incremento de enfermedades respirato- rias agudas, entre éstas las neumonías con el consecuen- te incremento de muertes que afecta a los grupos más vulnerables, los niños y ancianos, por lo que es necesa- rio disponer de los medicamentos, insumos y equipamien- to que permitan a los servicios de salud contrarrestar los efectos y prevenir los daños en la población más vulnera- ble; Que, en este sentido, el Informe Técnico sustenta la exoneración a través del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía de las adquisiciones de medicamentos (atención de IRA por S/. 5,500,000.00, atención de EDA por S/. 8,120,000.00, atención por lesiones dérmicas por S/. 300,000.00 y atención por afecciones oftalmológicas por S/. 80,000.00), Insumos (atención de IRA por S/. 3,000,000.00 y atención de EDA por S/. 2,500,000.00) y Equipamiento (S/. 500,000.00), que se describen en el mismo, ascendiendo a un valor referencial total de S/. 20,000,000.00; Con la visación del Coordinador General de Acuer- dos de Gestión, la Directora General de la Dirección Ge- neral de Salud de las Personas y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud y de conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 069-2002-PCM, los Artículos 19º literal c), 20º y 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y Artículo 108º de su Regla- mento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar en el marco del Decreto Supre- mo Nº 069-2002-PCM, la exoneración de los procesos de Licitación Pública, por situación de emergencia, para la adquisición de Medicamentos, Insumos y Equipamien- to detallados en el Informe Técnico Nº 1575-07-2002- DGSP, cuyos valores referenciales respectivos se deta- llan en la parte considerativa, con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del presupuesto del PAAG. Artículo 2º.- Autorizar al Programa de Administración de Acuerdos de Gestión - PAAG, realizar las adquisiciones antes señaladas a través de procesos de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de su emisión, así como la remisión a la Contraloría General de la República de copia de la mis- ma y de los informes que la sustentan, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 13261