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Pág. 227030 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de julio de 2002 chos aduaneros, cualesquiera fuese su denominación o clase a favor de la persona cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 13282 Autorizan viaje a funcionaria del IPD a Brasil para participar en reunión convo- cada por el Consejo Sudamericano del Deporte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 513-2002-ED Lima, 24 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Peruano del Deporte es un Organis- mo Público Descentralizado del Ministerio de Educación; Que, mediante el Oficio Nº 618/2002/ GABIN/SNE/ MET, el Consejo Sudamericano del Deporte - CONSU- DE, convocó a sus miembros integrantes al Congreso Ordinario que se realizó el día 4 de mayo del 2002, en la ciudad de Belém - Pará, Brasil, a fin de tratar sobre la Aprobación del Tratado de Creación del Consejo Sudame- ricano del Deporte, reconociendo a este Consejo como el organismo oficial de intercambio internacional e inter- gubernamental, la representación de la Asociación Mun- dial Anti-Doping, los Juegos Escolares Sudamericanos y las Elecciones del CONSUDE; Que, con Oficio Nº 643/2002-GABIN/SNE/MET del 17 de abril de 2002, la Secretaría Nacional de Deportes del Ministerio de Deportes y Turismo de la República Federativa del Brasil formuló invitación a la doctora Daisy Zereceda Monge, encargada de la Oficina de Coopera- ción del IPD, para que asista al Congreso Ordinario del CONSUDE; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el via- je de la doctora Daisy Zereceda Monge, encargada de la Oficina de Cooperación del IPD, a la ciudad de Belém, Pará, Brasil, realizado del 3 al 6 de mayo de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al presupuesto del Instituto Peruano del Deporte, de acuerdo al siguien- te detalle: - Pasajes :US$ 649,00 - Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La citada funcionaria, cuyo viaje se au- toriza, dentro de los quince (15) días calendario siguien- tes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas durante el viaje, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 5º de la Ley Nº 27619. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga de- recho de exoneración o liberación de impuestos y/o de- rechos aduaneros, cualesquiera fuese su denomina- ción o clase a favor de la funcionaria cuyo viaje se au- toriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 13283P R E S Autorizan a procuradora interponer ac- ciones legales pertinentes contra ex servidores de la Dirección Subregional de Educación Mariscal Cáceres - Juan- juí por presunto acto de nepotismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 256-2002-PRES Lima, 11 de julio de 2002 Visto, el Oficio Nº 780-2002-CTAR-SM/PE, de fecha 10 de junio de 2002, de la Presidencia Ejecutiva del Con- sejo Transitorio de Administración Regional - CTAR San Martín, el Informe Legal Nº 064-2002-CTAR-SM/GRAJ, de fecha 7 de junio de 2002, de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del CTAR - San Martín y el Informe Especial Nº 001-2001-2-4700-CTAR-SM/GRAI, de fecha diciembre de 2001, denominado Acto de Nepotismo en Contrato de Personal Ocurrido en la Dirección Subregional de Educación Mariscal Cáceres - Juanjuí, elaborado por la Gerencia Regional de Auditoría Interna del CTAR San Martín; y, CONSIDERANDO: Que, del referido Informe Especial fluye la existencia de indicios razonables de presunta responsabilidad de parte de los mencionados ex servidores al haber incurri- do la ex Directora en Acto de Nepotismo, comprobándo- se que haciendo uso de su facultad de contratación de personal ordenó la contratación del Ing. Romel Vela Saavedra, con quien tiene parentesco en segundo grado de consanguinidad, al ser hermano de su cónyuge y el cual había presentado una Declaración Jurada falsa don- de afirmaba que no tenía ningún vínculo familiar ni de afinidad con ella, documento que a su vez fue presen- tado como prueba de descargo en la investigación por parte de la ex funcionaria; Que, el Inc. f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, se- ñala que los informes y/o dictámenes emitidos por cualquier órgano del Sistema constituye prueba pre- constituida para el inicio de las acciones administrati- vas y/o legales a que hubiere lugar; por lo que en mérito a ello se hace necesario autorizar a la Procu- radora Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las ac- ciones legales correspondientes contra los presuntos responsables; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presiden- cia, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones legales a que hubiere lugar con- tra los ex servidores comprendidos en el Informe Espe- cial Nº 001-2001-2-4700-CTAR-SM/GRAI, por los funda- mentos esgrimidos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública del Sector, para los fines dispues- tos por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 13245