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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2002 (25/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 227047 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públi- cos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que los viajes de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, se otorgarán mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-MTC se exceptuó de los alcances del numeral 3.1 del Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectúen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del actual Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aero- náutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, mediante Orden de Inspección Nº 0601-2002- SDO la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil ha dispuesto que el Inspec- tor Pedro Chung Bartra, efectúe en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 25 al 27 de julio de 2002, un chequeo en simulador de vuelo a un tripulante de la empresa Aerocóndor S.A.C. como parte del chequeo de proeficiencia en la aeronave Fokker-27; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del actual Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del mencio- nado inspector por cuanto el chequeo en el simulador de vuelo permitirá conocer la capacidad del tripulante en la operatividad de aeronaves en el servicio que presta la empresa Aerocóndor S.A.C.; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27779, Decreto de Urgencia Nº 036-2002, Decre- to Supremo Nº 047-2002-PCM y Resolución Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Pedro Chung Bartra, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 25 al 27 de julio de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 13312 Otorgan a personas naturales y jurídi- cas autorización y permiso de instala- ción para operar estaciones del servi- cio de radiodifusión comercial por te- levisión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 483-2002-MTC/15.03 Lima, 17 de julio de 2002 VISTA, la solicitud formulada por doña DORALIZA VÍLCHEZ DÍAZ, para que se le otorgue autorización para establecer una estación del servicio de radiodifusión co-mercial por Televisión en UHF, en el distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Esta- do a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facul- tad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radio- comunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifu- sión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación au- torizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la corres- pondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 1127-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 1244-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud for- mulada por doña DORALIZA VÍLCHEZ DÍAZ, cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta pro- cedente otorgar a la referida persona la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Teleco- municaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 93-TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a doña DORALIZA VÍLCHEZ DÍAZ, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en UHF, en el distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, de acuerdo a las siguien- tes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda IV Vídeo: 513.25 MHz. Audio: 517.75 MHz. Canal :21 Indicativo :OBU-2T Potencia :Vídeo: 0.1 Kw. Audio: 0.01 Kw. Emisión :Vídeo: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Calle Mariscal Castilla Nº 439, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca.