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Pág. 224221 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de junio de 2002 Exoneran a la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle de proceso de selección de adjudicación directa selectiva para contratación de servicio de la Red Wan UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 1055-2002-R-UNE Chosica, 23 de mayo de 2002 VISTO, el Oficio Nº 440-2002-VR-ADM, de fecha 20 de mayo del 2002, del Vicerrector Administrativo de la Univer- sidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, so- bre exoneración del proceso de selección a la Contrata- ción del Servicio denominado: "Implementación de la Red Wan en la UNE"; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del exordio, el Vicerrector Ad- ministrativo de la UNE, solicita la emisión de Resolución Rectoral, a fin de que se exonere del proceso de selección a la Contratación del Servicio denominado: "Implementa- ción de la Red Wan en la UNE"; Que, de conformidad con lo previsto por el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordado con los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las contratacio- nes que se realicen cuando los bienes o servicios no ad- miten sustitutos, procediendo su contratación mediante una adjudicación de menor cuantía, conforme lo establece el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado; Que, con el Oficio Nº 045-2002-DIS/UNE, de fecha 18 de febrero del 2002, ampliado mediante Oficio Nº 081-2002- DIS/UNE, de fecha 8 de marzo del 2002, el Director de Informática y Sistemas, señala que el servicio de Red Wan hasta Chosica, sólo lo presta la Compañía Telefónica del Perú, señalando que otras empresas que brindan el servi- cio no tienen alcance hasta esa localidad; resaltando asi- mismo las ventajas económicas y técnicas de la implemen- tación de dicha Red Wan en la Universidad; Que, mediante Opinión Legal Nº 550-2002-OAL/UNE, de fecha 31 de mayo del 2002, la Oficina de Asesoría Le- gal de esa Casa Superior de Estudios, señala que es pro- cedente la exoneración del proceso de selección para la instalación de la Red Wan en la UNE, al no existir en el ámbito, otra empresa que preste los servicios requeridos por la Universidad; Que, de conformidad con el inciso a) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones del proceso de selección deben ser aprobados mediante Resolución del Titular del Pliego; De conformidad con las normas legales citadas y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso b) del Artí- culo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria concordan- te con el inciso b) del Artículo 37º del Reglamento General de la UNE y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2º de la Resolución Nº 0535-2001-R-UNE de fecha 29 de mayo del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- EXONERAR a la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, del Proceso de Selec- ción de Adjudicación Directa Selectiva, para la Contrata- ción del Servicio denominado: "IMPLEMENTACIÓN DE LA RED WAN EN LA UNE", cuyo valor referencial asciende a la suma de S/. 69,618.17 (Sesenta y nueve mil seiscientosdieciocho con 00/17 Nuevos Soles) financiado con recur- sos provenientes de la fuente de financiamiento de Recur- sos Ordinarios del Presupuesto Institucional de la Univer- sidad. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Dirección de Adquisi- ciones y Contrataciones, para que en coordinación con la Dirección de Informática y Sistemas y la Dirección de Fi- nanzas de esta Casa Superior de Estudios, procedan a tomar las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Resolución, en el ámbito de su competencia. Artículo 3º.- PONER la presente Resolución Rectoral en conocimiento de la Contraloría General de la República, conjuntamente con los Informes Técnicos y Legal susten- tatorios, disponiendo la publicación de la referida Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez días calendario siguientes de su emisión. Artículo 4.- EL EGRESO que genere la presente Re- solución se afectará al mnemónico de la Estructura Fun- cional Programática y a la Cadena de Gasto corres- pondiente al Presupuesto Institucional de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle del Ejerci- cio Presupuestal 2002. Regístrese, comuníquese y archívese. LIDIA L. CRUZ NEYRA Rectora 10142 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD Aprueban inclusión de diversos proce- sos de selección en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ES- SALUD para el año 2002 RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE LOGÍSTICA E INFRAESTRUCTURA Nº 000263-GCLI-ESSALUD-2002 Lima, 24 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entró en vigencia el Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 081- GG-ESSALUD-2002, se aprobó el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones (PAAC) de ESSALUD correspon- diente al año 2002; Que, el Artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las li- citaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser apro- badas por la máxima autoridad administrativa de la Enti- dad, para su inclusión en el mismo; Que, con la Resolución de Gerencia General Nº 323- GG-ESSALUD-2002, se ha delegado en el Gerente Cen- tral de Logística e Infraestructura la función de aprobar la inclusión de los procesos de selección – adjudicaciones directas – no contenidos en el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de ESSALUD para el año 2002; Que, el retraso en las adjudicaciones de procesos de selección centralizados y de la atención urgente al ase- guardo; han dado origen a procesos de selección no inclui- dos en el PAAC 2002; Que, en tal sentido son necesarias las inclusiones de procesos al PAAC 2002, de acuerdo al detalle de la rela- ción del anexo adjunto; En uso de las atribuciones conferidas;