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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (06/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 224228 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de junio de 2002 Electricidad: La Empresa de Servicios de Energía Eléc- trica (EDELNOR) deberá de otorgar la conformidad de la ejecución de obras de electrificación, iluminación pública y conexiones domiciliarias para la Etapa de Recepción de Obras de Habilitación Urbana. Instalaciones Telefónicas: Para las instalaciones te- lefónicas ductos y cámaras y la reserva de área para cen- trales, los interesados deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de planta externa de la TELEFÓNICA S.A.A. Artículo Tercero.- DISPONER, la inscripción individual de los lotes del cuadro siguiente: MANZANA Nº LOTES NUMERADOS USOS ÁREA G-2A 07 01 al 07 Vivienda 961.61 m2 G-2B 12 01 al 12 Vivienda 1,607.46 m2 G-2C 09 01 al 09 Vivienda 1,155.18 m2 TOTAL ---- -------- -------- 3,724.25 m2 Artículo Cuarto.- Declare la presente Habiltación Ur- bana de tipo progresivo dejándose diferida las obras de pavimentación de calzadas y aceras Ornamentación y sem- brío de Parques, para ser ejecutadas por los adjudicata- rios de lotes en un plazo de Diez (10) años a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Dirección de Desa- rrollo Urbano, incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plano Urbano del distrito y Registrar los Predios resultantes. Artículo Sexto.- REMITIR, copia del expediente apro- bado a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ra- tificación. Artículo Séptimo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la que estará a cargo de los interesados en un plazo máximo de 30 días de notificada la presente. Artículo Octavo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao, al Ministerio de Educación y la Superintendencia de Bienes Nacionales, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 10075 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Establecen fecha de inicio de la Campa- ña de Desagio de Deudas Tributarias aprobada por Ordenanza Nº 102-MSS ORDENANZA Nº 106-MSS Santiago de Surco, 5 de junio de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 102-MSS de fecha 9.MAY.2002 se aprobó la Campaña Especial de Regulari- zación de Deudas Exigibles Pendientes de Pago - Desagio de Deudas Tributarias a desarrollarse del 1 de junio al 31 de julio del presente año; Que, la difusión de esta Campaña es importante a fin de otorgar a los vecinos la opción de acogerse a la misma, por lo que es conveniente postergar su inicio hasta el día 10.JUN.2002;Que, el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, establece que las Municipalidades, como órganos de gobierno local, tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Contando con Dictamen favorable de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto Nº 022-2002-CEPP/ MSS; De conformidad a lo dispuesto por los Artículos 36º in- ciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA PRÓRROGA DEL INICIO DE LA CAMPAÑA DE DESAGIO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Artículo Primero.- PRÓRROGA DEL INICIO DE LA CAMPAÑA Prorróguese al día 10 de junio de 2002, el inicio de la Campaña de Desagio de Deudas Tributarias aprobado por Ordenanza Nº 102-MSS. Artículo Segundo.- INTERPRETACIÓN DEL LITERAL A) DEL ARTÍCULO 2º DE LA ORDENANZA Nº 102-MSS Interprétese el literal a) del Artículo Segundo de la Or- denanza Nº 102-MSS como sigue: En los casos que la deuda esté compuesta únicamente por impuestos, sea pre- dial, alcabala o similares, se aplicará el descuento de 10% de la deuda por pago al contado en todos los casos en que el interés moratorio de los saldos pendientes de pago, lue- go de la actualización de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 102-MSS, cubra el monto a descontar. En ningún caso se afectará el insoluto del impuesto. En los casos que la deuda esté compuesta por tasas, entiéndase arbitrios, licencias u otros, se descontará el 10% de la deuda total, aunque este descuento afecte parte de insoluto del tributo. Artículo Tercero.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- CUMPLIMIENTO Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Rentas. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 10152 Encargan el despacho de la Alcaldía al Teniente Alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 41-2002-ACSS Santiago de Surco, 5 de junio de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, en atención a las cartas remitidas por la Asociación Técnica para la Gestión de Residuos y Medio Ambiente - ATEGRUS; y por URBAL Málaga y el pedido del señor Alcalde para realizar una visita oficial a España del 11 al 24 de junio próximos; CONSIDERANDO: Que, la Asociación Técnica para la Gestión de Resi- duos y Medio Ambiente - ATEGRUS, remite documento comunicando que la Municipalidad de Santiago de Surco ha sido seleccionada como finalista del "Concurso de es- cobas de Plata, Oro y Platino 2002" a realizarse del 11 al