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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (19/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 224912 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de junio de 2002 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Disponen considerar cumplidas obras de habilitación urbana para uso resi- dencial de terreno ubicado en el dis- trito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 821 San Juan de Lurigancho, 14 de junio de 2002 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Anexo 01 al Expediente Nº 3234-2000, seguido por don Francisco Palacios Moreyra, por el que solicita la Re- cepción Parcial de Obras de Habilitación Urbana del te- rreno de 2,990.79 m2 que es parte del área de 19,382.78 m2, que a su vez es integrante del área mayor de 98,540.00 m2 que constituye el Lote Nº 6 del ex Fundo Azcarrunz, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provin- cia y departamento de Lima, denominada urbanización “Los Jardines de San Juan”, que han ejecutado de acuer- do con los proyectos aprobados por Resolución MLM/AM- SMDU Nº 341 de fecha 7 de julio de 1986, Resolución MLM/AM-SMDU Nº 92 de fecha 20 de febrero de 1987 y Resolución Nº163-95-MLM/SMDU-DMDU de fecha 8 de agosto de 1995, expedidas a nombre de don Francisco Palacios Moreyra; CONSIDERANDO: Que, por Resolución MLM/AM-SMDU Nº 341 de fecha 7 de julio de 1986 se consideró a la mencionada Habilita- ción de Tipo Progresivo, dejándose diferida la ejecución de las aceras, calzadas para ser asumidas en su ejecu- ción por los adquirentes de las viviendas en el plazo máxi- mo de 10 años y se estableció el plan de ejecución de obras en sus seis sectores; Que, los trámites de Habilitación se han otorgado a nombre de don Francisco Palacios Moreyra, y a la vez, mediante certificados de gravámenes y dominio está acre- ditando ser el nuevo propietario de las manzanas que con- forman la habilitación; Que, se ha verificado por el Personal Técnico de la División de Catastro, Planificación y Habilitación Urbana que el recurrente ha cumplido con ejecutar las obras de habilitación obligatorias; Que, teniendo como base el esquema urbano origi- nalmente aprobado y su lotización convencional se acon- dicionarán Conjuntos Residenciales Multifamiliares, por lo que dichas edificaciones se adecuarán a la Ley de Pro- piedad Exclusiva y Propiedad Común y su Reglamento; Que, mediante Ley Nº 26912, Ley de Promoción del Acceso de la Población a la Propiedad Privada de Vivien- da y Fomento del Ahorro, mediante mecanismos de finan- ciamiento con participación del Sector Privado, el gobier- no creó el Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivien- da - MIVIVIENDA, con el objeto de facilitar la construcción y adquisición de viviendas, especialmente las de interés social, señalando el Reglamento de la citada ley que se financiará con recursos de dicho Fondo las que se cons- truyan como consecuencia de la independización de las unidades inmobiliarias, subdivisión de terreno, o la culmi- nación de proyectos de habilitación urbana en ejecución y establece que los formularios registrales aprobados por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos constituye título suficiente para la inscripción registral de los actos que contengan; Que, habiendo sido tramitado y aprobado el Antepro- yecto Arquitectónico de Conjunto Residencial Multifami- liar sobre el área de 2,990.79 m2 indicada, mediante el expediente Nº 5500-02 con dictámen de la Comisión Téc- nica Calificadora de Arquitectura con fecha 4 de abril del 2002, en la División de Obras Privadas de la Municipali- dad Distrital de San Juan de Lurigancho, del que se ela-borará los Proyectos respectivos para la obtención de la Licencia de Obra; Que, el recurrente ha cumplido con presentar la si- guiente documentación: a) Carta Nº 098-2000/ET-C de fecha 1 febrero del 2000 de SEDAPAL otorgando la recepción de las obras de re- des de agua potable y alcantarillado; b) Carta Nº SCRP-271-97 de fecha 27 de noviembre de 1997 y Carta Nº DC-ST-P y O-22556-98 de fecha 18 de setiembre de 1998 otorgando la recepción de las obras de redes eléctricas del subsistema de distribución secun- daria e instalaciones de alumbrado público; c) Certificación de fecha 21 de julio de 1986 de la Re- gión Agraria VI - Lima del Ministerio de Agricultura indi- cando que en el lote 6 del ex Fundo Azcarrunz no existen canales de regadío ni servidumbre a terceros; d) Plano de Replanteo de Lotización y Memoria Des- criptiva, los mismos que se encuentran conformes; e) Recibos Nº 26305 y Nº 26306 de fecha 27 de mayo del 2002 expedidos por la Tesorería de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, acreditan la cancela- ción de los derechos de Trámite e Inspección ocular res- pectivamente; f) Carta Compromiso de fecha 25 de enero del 2002 por la que don Francisco Palacios Moreyra se comprome- te a ejecutar las aceras faltantes y retiro de muros de ado- be; Que, los aportes reglamentarios están establecidos en el área restante de los 19,382.78 m2 y serán tomados en cuenta en recepciones de obra futuras; Que, en concordancia con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, en su Art. 20º, el Plano de Re- planteo Nº 002-2002-DCPHU-DDU/MDSJL de la Recep- ción Parcial de Obras NO PRESENTA modificaciones de las obras en la Habilitación del terreno de 2,290.79 m2 (Dos Mil Doscientos Noventa metros cuadrados con Setenta y Nueve decímetros cuadrados), que es parte del área de 19,382.78 m2 que a su vez es integrante del área mayor de 98,540.00 m2 que constituye el Lote Nº 6 del ex Fundo Azcarrunz, que impliquen una revisión de los Planos de Desarrollo Urbano NO REQUIRIÉNDO- SE por lo tanto la verificación por parte de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima; Que, con Informe Técnico Nº 044-02-GPO-DCPHU- DDU/ MSJL de la División de Catastro, Planificación y Ha- bilitación Urbana e Informe Nº 1197-2002-OAJ/MSJL de la Oficina de Asesoría Jurídica se da cuenta de la PRO- CEDENCIA de lo solicitado; POR LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL AR- TÍCULO 47º NUMERAL 6 DE LA LEY ORGÁNICA DE MU- NICIPALIDADES Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Considérese cumplida por don Francisco Palacios Moreyra, de conformidad con el Plano de Replanteo signado con el Nº 002-2002-DCPHU-DDU/ MDSJL, las Obras de Habilitación Urbana para Uso Resi- dencial de Densidad Media R-4 (Conjunto Residencial) del terreno de DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA ME- TROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE DECIME- TROS CUADRADOS (2,990.79 m2), que es parte del área de 19,382.78 m2 que a su vez es integrante del área ma- yor de 98,540.00 m2 que constituye el Lote Nº 6 del ex Fundo Azcarrunz, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, denomi- nada urbanización “Los Jardines de San Juan” y que han ejecutado de conformidad con los proyectos aprobados por Resolución MLM/AM-SMDU Nº 341 de fecha 7 de ju- lio de 1986, Resolución MLM/AM -SMDU Nº 92 de fecha 20 de febrero de 1987 y Resolución Nº163-95-MLM/ SMDU-DMDU de fecha 8 de agosto de 1995, y en conse- cuencia autorizase la libre venta de los lotes y edificacio- nes que los ocupen. Artículo Segundo.- Del área total que se recepciona de DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA METROS CUA- DRADOS CON SETENTA Y NUEVE DECIMETROS CUA- DRADOS (2,990.79 m2), corresponden a área útil de Con- junto Residencial 2,303.95 m2 distribuidos de la siguiente manera.