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Pág. 218496 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de marzo de 2002 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 018-2002-CE-PJ Lima, 20 de febrero del 2002 VISTO: El Proyecto de Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Poder Judicial elevado por la Gerencia Ge- neral; CONSIDERANDO: Que, es de interés del Poder Judicial identificar e in- tegrar los diferentes procedimientos de carácter eminen- temente administrativo, respecto a los servicios que se brinda a los usuarios y que debe ser materia de regula- ción; Que, para ello, ha sido necesario incorporar en un documento normativo todos los procedimientos administrativos que brinda este Poder del Estado a tra- vés de sus diferentes dependencias orgánicas a nivel nacional;El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, en sesión extraordinaria de la fe- cha, por unanimidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Poder Judi- cial, el mismo que como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Para los efectos de los dere- chos de pago establecidos en el TUPA, aprobado por el Artículo 1º de la presente resolución, se aplica la Unidad de Referencia Procesal (URP), la cual es equi- valente al (10%) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente. Artículo Tercero.- Derogar todas las disposiciones que se opongan a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión mayor de tres (3) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette. 4.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL