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Pág. 218507 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de marzo de 2002 El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el pedido atí- pico de nulidad de la Resolución Nº 031-2002-JNE for- mulado por don Benigno Zuasnábar Vargas. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA DE TABOADA BUSTAMANTE, Secretario General 4157 Convocan a candidato no proclamado para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Huallaga, departa- mento de San Martín RESOLUCIÓN Nº 071-2002-JNE Lima, 28 de febrero de 2002 VISTO, el Expediente Nº 100-2002 presentado el 11 de febrero del 2002, presentado por don Anderson Luis Vásquez Saldaña, Alcalde del Concejo Distrital de Hua- llaga, provincia de Bellavista, departamento de San Mar- tín, mediante el cual comunica el fallecimiento de la Re- gidora Betty Cachique Rodríguez; y, solicita se convo- que al candidato correspondiente para completar el nú- mero legal de miembros del concejo; CONSIDERANDO: Que, con el Acta de Defunción Nº 00526308 certifi- cada por la Jefa del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de la Banda de Shilcayo, corriente a fojas 2, se acredita que la ciudadana Betty Cachique Rodríguez fa- lleció el 26 de diciembre del año 2001; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 61º del Código Civil, la muerte pone fin a la persona; Que, conforme lo dispone el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzcan en los Concejos Municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, esto es, del Movi- miento Independiente Vamos Vecino, a la que pertene- cía la Regidora fallecida; De conformidad con lo dispuesto en el literal u) del Artículo 5º de la Ley Nº 26486; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Regidora de doña Betty Cachique Rodríguez, del Conce- jo Distrital de Huallaga, provincia de Bellavista, departa- mento de San Martín, por fallecimiento. Artículo Segundo.- Convocar a don Deomar Gonza- les Aguirre, candidato no proclamado del Movimiento In- dependiente Vamos Vecino, para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Huallaga, provincia de Bellavista, departamento de San Martín, para comple- tar el período de gobierno municipal 1999 - 2002; de- biéndosele otorgar la respectiva credencial. Artículo Tercero.- Disponer que el representante le- gal de la Municipalidad Distrital de Huallaga, cumpla con presentar el comprobante de pago por derecho del trá- mite solicitado, según el Item 4 del Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos, aprobado por Resolución Nº 011-2001-JNE.Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli- miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA DE TABOADA BUSTAMANTE, Subsecretario General 4158 Declaran improcedente pedido de nuli- dad de resolución que convocó a candi- dato no proclamado para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Supe Puerto RESOLUCIÓN Nº 072-2002-JNE Lima, 28 de febrero de 2002 VISTO, el pedido atípico de nulidad formulado por doña Juliana Yanac Torre de Fajardo, presentado con fe- cha 9 de enero de 2001 contra la Resolución Nº 821- 2001-JNE, que resolvió convocar a don Julio Félix Fa- rias Guerrero para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima, al haberse declarado la vacan- cia de su cargo de Regidora en el citado Concejo; CONSIDERANDO: Que la recurrente manifiesta que al expedirse la Resolución Nº 821-2001, este Supremo Órgano Electo- ral no se pronunció sobre el recurso de revisión inter- puesto contra el Acuerdo de Concejo de fecha 14 de marzo de 2001; Que en la citada Resolución se analizaron todos los argumentos que sustentan el pedido de revisión pero, en la parte resolutiva, se omitió el pronunciamiento ex- preso sobre dicho recurso; En consecuencia; integrando la Resolución Nº 821- 2001-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE Artículo Único.- Declarar infundado el recurso de re- visión presentado a fojas 26 por doña Juliana Yanac To- rre de Fajardo e improcedente el pedido atípico de nuli- dad contra la Resolución Nº 821-2001-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA DE TABOADA BUSTAMANTE, Subsecretario General 4159 Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Cochorco, departa- mento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 073-2002-JNE Exp. Nº 1099-2001V Cochorco Lima, 28 de febrero de 2002