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Pág. 218509 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de marzo de 2002 Nombran fiscales adjuntos provinciales provisionales del Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 357-2002-MP-FN Lima, 27 de febrero de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dis- puesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Rocío Cas- tañeda Layseca, como Fiscal Adjunta Provincial Provi- sional de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del Distrito Judicial de Lima. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Gastón Ro- ger Remy Llacsa, como Fiscal Adjunto Provincial Provi- sional del Pool de Fiscales del Distrito Judicial de Lima. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Ju- dicial de Lima, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 4150 Rotan magistrados titulares de Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 358-2002-MP-FN Lima, 27 de febrero de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dis- puesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rotar a los Fiscales Provinciales Titulares de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios que a continua- ción se detallan a los siguientes Despachos: - Cortez Pineda, Jorge Luis al Despacho de la Prime- ra Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrup- ción de Funcionarios. - Magallánez Cortez, Ana Cecilia al Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. - Sotomayor Jara, César Augusto al Despacho de la Cuarta Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Dis- trito Judicial de Lima, Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Especializadas, Gerencia de Re- gistro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 4151S B S Prorrogan plazo para que el Banco Internacional del Perú S.A.A. proceda a enajenar bien inmueble adjudicado en pago de deuda RESOLUCIÓN SBS Nº 161-2002 Lima, 20 de febrero de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajena- ción de un bien, que forma parte del Anexo de la presen- te resolución, adjudicado en cobro de acreencias, presentada por el Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de Superintenden- cia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda con- traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique, en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máxi- mo de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075- 2000 señalan que las solicitudes para prórroga del pla- zo establecido en el Artículo 215º de la Ley General, deberán ser presentadas con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso contrario será rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular estable- ce adicionalmente que, para el caso de bienes inmue- bles, deberá adjuntarse a la solicitud de prórroga una valuación del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario será rechazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular es- tablecen la constitución de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicación o recuperación de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requeri- mientos diferentes para bienes muebles e inmuebles; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-022-OT-2002 y a lo opinado por la Superin- tendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 034-2002; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank proceda a la enajenación del bien adjudicado señalado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las co- rrespondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.)