Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2002 (01/03/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 218505

b) El nombre, cargo y distrito judicial del magistrado sometido a ratificacion. c) La descripcion de los hechos y los fundamentos de derecho en que se apoya; d) La relacion de medios probatorios; e) Lugar, fecha y firma o huella digital del presentante, en caso de no saber firmar o estar impedido; f) Rubrica en cada una de las hojas del escrito, si son varias; g) Firma de letrado habil; Al escrito deben acompanarse los siguientes anexos: a) MORDAZA legalizada del documento de identidad del presentante y, en su caso, del representante; b) Los medios probatorios documentales; c) Indicacion del lugar, expediente u oficina donde se encuentran los medios probatorios que no esten en poder del presentante, precisandose su contenido y acreditando su preexistencia; d) Copias del escrito y sus anexos en numero suficiente para la notificacion del magistrado sujeto a ratificacion; e) Recibo de pago de derechos administrativos. Tambien los ciudadanos y las instituciones privadas pueden remitir informacion sobre cualquier aspecto que permita apreciar la ejecutoria de MORDAZA, la real posicion economica y financiera del juez o fiscal u otro aspecto relativo a su conducta funcional. Esta informacion y documentacion tendra caracter reservado." Articulo 3º.- Modificar el Articulo 12º del Reglamento de Procesos Disciplinarios, aprobado por Resolucion Nº 042-2000/CNM, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Articulo 12º.- El contenido de la investigacion preliminar, del MORDAZA disciplinario y la informacion archivada tienen caracter reservado. Solamente tienen acceso al expediente, los Consejeros, el investigado o procesado sometido a investigacion preliminar o a MORDAZA, su Abogado defensor y el Secretario General. Esta prohibido retirar o sustituir escritos ingresados y cualquier medio probatorio. El Consejo puede autorizar que se expidan copias certificadas por el Secretario General, previo pago de la tasa correspondiente. En el caso de denegatoria, procede el recurso de reconsideracion. La reconsideracion se presentara por escrito y contendra los requisitos siguientes: a) Nombres y apellidos completos del impugnante; b) Numero de documento de identidad; c) Domicilio donde se le notificara; d) El acto que se recurre y las razones que sustenta el recurso; e) Lugar, fecha y firma del impugnante; f) Firma de letrado habil." Articulo 4º.- En el caso de la denegatoria de entrega de informacion que posea o produzca el Consejo Nacional de la Magistratura, procede el recurso de reconsideracion. La reconsideracion se presenta por escrito y contendra los requisitos siguientes: a) Nombres y apellidos completos del impugnante; b) Numero de documento de identidad; c) Domicilio donde se le notificara; d) El acto que se recurre y las razones que sustenta el recurso; e) Lugar, fecha y firma del impugnante; f) Firma de letrado habil. Articulo 5º.- Contra las decisiones del Comite Especial en materia de contrataciones y adquisiciones, procede el recurso de apelacion. La apelacion se MORDAZA por escrito, dirigido al Presidente del Comite Especial, conteniendo los siguientes requisitos: a) Identificacion del impugnante, debiendo consignar su nombre y numero de documento oficial de identidad,

o su denominacion o razon social. En caso de actuacion mediante representante, se acompanara la documentacion que acredite tal representacion; b) Domicilio procesal y numero de facsimil o direccion electronica propia, si los tuviere; c) El petitorio, que comprende la determinacion MORDAZA y concreta de la pretension; d) La descripcion de los hechos y los fundamentos de derecho; e) Los medios probatorios instrumentales en caso de haberlos; f) Firma del impugnante o de su representante; g) Copias simples del escrito y sus recaudos para la otra parte, si la hubiera; h) Firma de letrado habil; i) El recibo de pago de derechos administrativos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 4097

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 026-2002-CG

MORDAZA, 22 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 0152002-CG, publicada con fecha 10 de febrero de 2002, se aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica, disponiendose en su Articulo Tercero, entre otros, la formulacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP); Que, el literal a) del Articulo 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, establecio como atribucion y deber del Contralor General de la Republica determinar el Cuadro de Asignacion de Personal; Que, en ese mismo sentido, el Articulo 31º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, senalo que los MORDAZA para Asignacion de Personal (CAP) de los Organismos Constitucionalmente Autonomos, entre los que se encuentra la Contraloria General de la Republica, se aprueban mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y el Cuadro Institucional de Cargos Clasificados de la Contraloria General de la Republica, acorde con la nueva estructura organizativa institucional; En uso de las facultades conferidas por los Articulos 24º y 40º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; y, de conformidad con la Ley Nº 27573 y la Resolucion de Contraloria Nº 015-2002-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Contraloria General de la Republica, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA R. Subcontralor General de la Republica Contralor General (e) 4137

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.