Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2002 (09/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de marzo de 2002

aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 4692

Disponen contratacion de servicio de asesoria legal especializada mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 114-2002-EF/43 MORDAZA, 8 de marzo del 2002 Vistos, los Informes Nºs. 008-2002-EF/43.01 y 3002002-EF/60 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, que sustentan la configuracion del supuesto de servicios personalisimos previsto en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asi como la consiguiente exoneracion del Concurso Publico para la contratacion de los servicios profesionales del doctor MORDAZA MORDAZA Ugarteche, la misma que debera ser realizada mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia; CONSIDERANDO: Que, el Peru ha suscrito con diversos paises convenios para la promocion y proteccion reciproca de las inversiones con la finalidad de garantizar un tratamiento MORDAZA y equitativo a los inversionistas extranjeros; Que, conforme a lo establecido en dichos Convenios, las controversias que pudieran surgir entre las partes contratantes, podran ser resueltas en el Tribunal de la parte contratante en cuyo territorio se hubiera efectuado la inversion o mediante Arbitraje Internacional del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) creado por el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados, en 1966; Que, teniendo en cuenta las posibles demandas de las que el Estado Peruano pudiera ser objeto ante el CIADI, por supuestas violaciones de los Convenios senalados es necesaria la contratacion, por parte del Ministerio de los servicios de un profesional de calificacion reconocida en el area internacional que pudiera prestar asesoramiento en aspectos relacionados con la aplicacion de las clausulas de solucion de controversias en Convenios de Proteccion y Promocion de Inversiones, y del Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados; Que, segun el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que, los servicios personalisimos son los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, de acuerdo a la evaluacion de las caracteristicas del locador, el doctor MORDAZA MORDAZA Ugarteche es un

jurista con una amplia experiencia en el MORDAZA del derecho y alta especializacion, siendo por tanto viable su contratacion como servicios personalisimos; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administracion, mediante Oficio Nº 382-2002EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la mencionada contratacion; Que, asimismo, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la contratacion del doctor MORDAZA MORDAZA Ugarteche como servicios personalisimos, de conformidad con el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economia y Finanzas del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del doctor MORDAZA MORDAZA Ugarteche, para que brinde asesoria legal especializada en aspectos relacionados con la aplicacion de las clausulas de solucion de controversias en los Convenios de Promocion y Proteccion de Inversiones y del Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados, disponiendo que esta se efectue mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- La contratacion a la que se refiere los articulos precedentes sera realizada por la Oficina General de Administracion, hasta por el importe de S/. 276 220.62 (Doscientos Setenta y Seis Mil Doscientos Veinte y 62/100 Nuevos Soles) y hasta el 30 de MORDAZA de 2002 o cuando se cubra el monto del valor referencial, lo que ocurra primero. Dicha contratacion se MORDAZA con cargo al presupuesto del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2002. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial asi como los Informes Nºs. 008-2002-EF/43.01 y 300-2002EF/60 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, seran de conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 4693

ENERGIA Y MINAS
Establecen disposiciones para pago del derecho de vigencia y/o penalidad y modifican el Reglamento de Diversos Titulos del TUO de la Ley General de Mineria y del Reglamento de Procedimientos Mineros
DECRETO SUPREMO Nº 010-2002-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, los Articulos 39º y 40º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria aprobado por Decreto Supre-

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