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Pág. 219383 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de marzo de 2002 ticos serán cubiertos por el Banco Interamericano de De- sarrollo - BID, en tanto que los gastos por concepto de ta- rifas aeroportuarias serán cubiertos con recursos del Pre- supuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración de impuesto o derechos aduaneros, cuales- quiera fuesen su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción Social 5017 Autorizan viaje de profesional de ESSA- LUD a EE.UU. para realizar pasantía en cirugía de páncreas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 061-2002-TR Lima, 12 de marzo de 2002 VISTO: El Oficio Nº 131-SG-ESSALUD-2002 del Secretario General del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Boston - EE.UU., se llevará a cabo la PASANTÍA EN CIRUGÍA DE PÁNCREAS, organizado por el Hospital General de Massachusetts, del 1 de marzo al 31 de agosto del 2002; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) median- te Acuerdo de Consejo Directivo Nº 33-4-ESSALUD- 2002, ha determinado la conveniencia que el señor JA- VIER TARGARONA MODENA, Médico Asistente del Servicio de Cirugía General del Hospital Nacional Ed- gardo Rebagliati Martins, participe en el mencionado evento; Que, el Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins tiene una gran demanda de pacientes con enfermedades pancreáticas, convirtiéndose en un centro referencial de esa patología, por lo que es necesario capacitar al men- cionado profesional en el evento en mención, que le permi- tirá actualizarse en las diferentes técnicas operatorias y las nuevas terapias y procedimientos que se emplean en el tratamiento de enfermedades del páncreas, contribuyen- do a una reducción de costos y beneficios concretos de la Institución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 "Ley que regula la autorización de Viajes al Exterior de Ser- vidores y Funcionarios Públicos"; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el viaje del señor JAVIER TARGARONA MODENA, Médi- co Asistente del Servicio de Cirugía General del Hos- pital Nacional Edgardo Rebagliati Martins, del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Boston - EE.UU., del 1 de marzo al 31 de agosto del 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$2,353.94 Viáticos :US$6,728.32 Tarifa CORPAC :US$25.00Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cua- lesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción Social 5020 M T C Otorgan a empresa y persona natural autorización y permiso de instalación para operar estaciones del servicio de radiodifusión sonora comercial en el departamento de Junín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 109-2002-MTC/15.03 Lima, 11 de marzo de 2002 VISTA, la solicitud formulada por la EMPRESA RADIO- DlFUSORA "RADIO Y TELEVISIÓN EL MOVER DE DIOS" E.I.R.L., para que se le otorgue autorización para instalar y operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otor- gados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servi- cio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para ins- talar en un lugar determinado equipos de radiocomunica- ción; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, señalan que para obtener autoriza- ción para prestar servicio de radiodifusión se requiere pre- sentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros paráme- tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 563-2001-MTC/15.19.03.2 y 854-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectivamen- te, señalan que la solicitud formulada por la EMPRESA RADIODIFUSORA "RADIO Y TELEVISIÓN EL MOVER DE DIOS" EI.R.L cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo