Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2002 (16/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 16 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, en el cargo de Director de la Oficina de Epidemiologia de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte del Ministerio de Salud, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARBONELL. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 4975

SA "Adquisicion de Vestuario", retrotrayendolo a la etapa de preparacion de las Bases, las cuales deberan ser elaboradas por el respectivo Comite Especial con estricta sujecion a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion, con conocimiento del Comite Especial y demas organos de la Entidad que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 5130

Declaran de oficio nulidad de MORDAZA de seleccion para la adquisicion de vestuario
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 516-2002-SA/DM MORDAZA, 15 de marzo del 2002 VISTOS: Las Bases de la Licitacion Publica Nacional Nº 00012002-MINSA para la Adquisicion de Vestuario, las Absoluciones a las de Consultas formuladas por los postores, y el Oficio Nº 729-2002-OGAJ del 11 de marzo del 2002. CONSIDERANDO: Que la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, consagran en sus Articulos Tercero, que los procesos de seleccion se deben regir por los principios de imparcialidad y transparencia, vigencia tecnologica y trato MORDAZA e igualitario a todos los postores; Que no obstante se aprecia de la tabla de calificacion de propuestas tecnicas de las Bases, que estas no han disgregado el puntaje de los factores de "maquinarias y equipos de trabajo" y de "inspeccion de local"; ni han establecido el procedimiento de determinacion para llegar a los puntajes asignados aun cuando entre ambos conceptos se acumula el 36% de la calificacion tecnica y el 18% de la calificacion total; exigencias que por su importancia, son ineludibles para una correcta evaluacion y calificacion, conforme a los principios precitados; los cuales a su vez tienen como finalidad garantizar que las entidades del Sector Publico obtengan bienes y servicios de la calidad requerida en forma oportuna y a precios o costos adecuados como lo refiere el Art. 3º de la Ley Nº 26850 (TUO); en otros terminos, las Bases no contienen en forma precisa el metodo de evaluacion y calificacion de propuestas como lo exige el Art. 25º Inc. "g" de la MORDAZA acotada; Que a mayor abundamiento, reiterada jurisprudencia del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado es MORDAZA en remarcar la esencialidad de la claridad de los metodos de evaluacion, asi como los factores, criterios, modalidades o formas que determinan la calificacion de las propuestas, ya que es necesario que la calificacion otorgada evite hasta el limite, la discrecionalidad y subjetividad del calificador; Que, de acuerdo al Articulo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y al Articulo 26º de su Reglamento, el Titular del Pliego podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por contravencion a las normas legales, hasta MORDAZA de la celebracion del contrato a traves de una resolucion que debera expresar la etapa a la que se retrotraera el proceso; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con el Articulo 8º literal l de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2002-MIN-

Autorizan viaje de representante del INMETRA a Bolivia para participar en el "Primer Congreso Mundial de Medicos Tradicionales Naturistas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 517-2002-SA/DM MORDAZA, 15 de marzo del 2002 Visto el Oficio Nº RE(DGO) Nº 2-7-B/22, cursado por el Director General de Coordinacion del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Referencia: PER/HED/010/85/03/ 0438/2002, cursado por el Representante en Peru de la OPS; Carta de fecha La Paz 01/2002, cursada por el Presidente de la Comision de Salud del Parlamento Indigena de MORDAZA, el Oficio Nº 099-2002-INMETRA/J, de fecha 20/2/2002; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA MORDAZA, Bolivia, del 11 al 16 de marzo del ano en curso, se llevara a cabo el Primer Congreso Mundial de Medicos Tradicionales Naturistas, organizado por la Camara de Diputados de Bolivia y la Comision de Salud del Parlamento Indigena de America; Que, con Oficio Nº RE(DGO) Nº 2-7-B/22, se invita al referido Congreso y dada la importancia del citado evento, es necesario autorizar el viaje en Comision de Servicios del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Pliego, Nivel Remunerativo F-6, del Instituto Nacional de Medicina Tradicional - INMETRA; Que, de acuerdo a lo informado por la Organizacion Panamericana de la Salud - OPS, en su Oficio REFERENCIA: PER/HED/010/85/03/0438/2002, se le proporcionara los pasajes, y los gastos de viaticos seran asumidos por el Pliego 132 - Instituto Nacional de Medicina Tradicional - INMETRA; De conformidad con lo previsto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en Comision Oficial de Servicios, del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Pliego del Instituto Nacional de Medicina Tradicional, Nivel Remunerativo F-6, a participar en el Evento "PRIMER CONGRESO MUNDIAL DE MEDICOS TRADICIONALES NATURISTAS", en la MORDAZA MORDAZA, Bolivia, durante los dias del 11 al 16 de marzo del ano en curso. Articulo Segundo.- Los gastos que origine la participacion del citado funcionario, seran cubiertos segun el siguiente detalle: Viaticos S/. Corpac Gastos de Inst. y Traslado Inscripcion Total: S/. 4,165.20 86.78 694.20 350.00 5,296.18

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