Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2002 (27/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 27 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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tarios y demas personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, asi como el de promover el apoyo mutuo en los programas de post-grado que organice la citada MORDAZA de estudios; Que, los conocimientos que adquieran especialmente los Magistrados y personal jurisdiccional y administrativo, en virtud del referido convenio, coadyuvara al perfeccionamiento de sus labores jurisdiccionales, y por tanto a una mejor y mas eficiente administracion de justicia; Que, el Articulo 90º inciso 3) de la Ley Organica del Poder Judicial, establece que es atribucion y obligacion del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la aplicacion de la politica del Poder Judicial en su Distrito, en coordinacion con el Consejo Ejecutivo; en tal sentido, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA es responsable de aplicar dicho Convenio dentro de los limites de la normatividad administrativa vigente; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a suscribir el Convenio Interinstitucional de Cooperacion Academica entre esa Corte Superior de Justicia y la Universidad Catolica de MORDAZA Maria. Articulo Segundo.- La suscripcion y ejecucion del Convenio materia de la presente Resolucion, no irrogara gasto alguno al Poder Judicial. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las instancias correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 5738

cultades conferidas por la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad en parte con el informe emitido por el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el MORDAZA de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Ordonez MORDAZA, ACORDO: Imponer la medida disciplinaria de destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretaria del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Rimac. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 5739

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Nombran integrantes de la Comision encargada de elaboracion de la Revista de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 119-2002-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 25 de marzo del 2002 CONSIDERANDO: Que uno de los objetivos propuestos por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, es de lograr el mejoramiento de la administracion de justicia, a traves, entre otros factores, de un adecuado sistema de difusion y comunicacion de las resoluciones judiciales, analisis juridicos de diferentes temas por parte de nuestros magistrados, informacion administrativa de este distrito judicial, que se constituiria en un instrumento de reflexion y aprendizaje sobre temas de interes social; Por lo expuesto, este despacho ESTABLECE la elaboracion de la Revista de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, siendo necesario la formacion de una Comision de Magistrados de distintas especialidades que trabaje en el diseno y ejecucion de los distintos planes de accion que permita su concrecion y que impliquen la MORDAZA participacion activa de esta Corte Superior, en garantizar la publicidad y el derecho a critica a las resoluciones y a los procesos judiciales en general, contando ademas con la colaboracion de la Oficina de Imagen Institucional; Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo y como tal le corresponde cautelar la pronta y eficiente administracion de justicia en su jurisdiccion; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- NOMBRAR a los senores doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Presidente de la Comision; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MAC RAE THAYS, MORDAZA LAMA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA TALAVERA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como magistrados integrantes de la Comision encargada de la elaboracion de la Revista de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- La Comision nombrada, tendra por objeto elaborar los planes de accion a ser desarrollados, para la eficaz publicacion de la Revista de la Corte Superior de Lima. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi-

Imponen medida disciplinaria de destitucion a servidora por su actuacion como Secretaria del Tercer Juzgado de Paz Letrado del MORDAZA
Investigacion Nº 161-2001-Lima MORDAZA, quince de marzo del dos mil dos Visto; el expediente que contiene la Investigacion numero ciento sesentiuno guion dos mil uno guion MORDAZA, instaurada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretaria del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Rimac; de conformidad con la propuesta de destitucion formulada por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolucion del veintiuno de setiembre del dos mil uno, obrante a fojas ciento sesentiuno, y siguientes; oido el informe oral, y Considerando; Primero.- Que, de los medios probatorios actuados en la presente investigacion se logra acreditar el cargo atribuido a la Auxiliar de Justicia procesada, quien abusando del cargo procedio a patrocinar a diversos justiciables, habiendose incluso presentado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Brena, a efectos de participar como Apoderada de una de las partes en una diligencia senalada por esa Judicatura, y que no se realizo por el abandono intempestivo de esta del recinto judicial; Segundo.- Que, los descargos efectuados por la investigada deben entenderse como simples argumentos de defensa que pretenden eximirla de responsabilidad, por lo que estando a la gravedad de la irregularidad cometida corresponde aplicar la Medida Disciplinaria prevista en el Articulo doscientos once de la Ley Organica del Poder Judicial; por tales motivos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de las fa-

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