Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2002 (01/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, miercoles 1 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Ordenanza Nº 092.- Modifican ordenanza que regula el Regimen de Aplicacion de Sanciones 222225 Acuerdo Nº 009-2002/MJM.- Disponen distinguir con medalla del distrito al centro educativo que destaque durante el ano en su participacion en la Ceremonia de Izamiento del Pabellon Nacional 222226 MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA Acuerdo Nº 056-2002/CDLO.- Autorizan adquirir productos para el Programa del Vaso de Leche mediante procedimiento de adjudicacion de menor cuantia 222226 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA Res. Nº 09-2002/CDL-CH.- Declaran en situacion de urgencia adquisicion de electrobombas sumergibles para el servicio de agua potable que esta bajo administracion de la municipalidad 222227 MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA Ordenanza Nº 017-MPH.- Establecen tasa de arbitrios por servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos, Serenazgo, Agua y Desague para el periodo 2002 222227 Ordenanza Nº 018-MPH.- Fijan montos que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores del Impuesto Predial y Arbitrios 222228

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Ordenanza Nº 0134-MDSL.- Autorizan la realizacion de MORDAZA de Inscripcion Extraordinaria de Nacimientos con ocasion del aniversario de la creacion politica del distrito 222228 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Acuerdo Nº 000021.- Disponen la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante adjudicacion directa de menor cuantia 222229 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO Acuerdo Nº 044-2002-MPH/CM.- Declaran en situacion de urgencia la provision de alimentos para el Programa del Vaso de Leche correspondiente a enero y febrero de 2002 222229 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Res. Nº 15-2002-MPI.- Autorizan viaje de representantes de la Municipalidad que participaran en la Mision Protocolar Empresarial que se realizara en Bolivia 222230 forme al procedimiento que establezca el Reglamento. Los integrantes del Comite del Programa del Vaso de Leche ejercen sus funciones MORDAZA hasta por un periodo de 2 (dos) anos consecutivos, no pudiendo ser reelectos en forma inmediata." Articulo 2º.- Modificacion del numeral 4.1 del Articulo 4º de la Ley Nº 27470 Modificase el numeral 4.1 del Articulo 4 de la Ley Nº 27470, el mismo que quedara redactado con el texto siguiente: "4.1 Los recursos del Programa del Vaso de Leche financian la racion alimenticia diaria, la que debe estar compuesta por productos de origen nacional al 100% en aquellas zonas en la que la oferta de productos cubre la demanda. Dicha racion debe estar constituida por alimentos nacionales pudiendo ser prioritariamente leche en cualquiera de sus formas u otro producto, los cuales a fin de alcanzar el valor nutricional minimo, seran complementados con alimentos que contengan un minimo de 90% de insumos de la localidad, tales como harina de quinua, quiwicha, haba, maca, cebada, MORDAZA, arroz, soya y otros productos nacionales. Se debera adquirir aquellos alimentos de mayor valor nutricional adecuadamente balanceado y que tengan el menor costo. Sera el Ministerio de Salud, especificamente el Instituto Nacional de Salud, el que determine el valor nutricional minimo. El Programa del Vaso de Leche debera cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio los siete dias de la semana a los ninos. Excepcionalmente, podra autorizarse mediante Resolucion de Alcaldia la entrega de la racion alimenticia en una sola oportunidad en forma semanal equivalente a la misma, en el caso de los lugares que se encuentren alejados del Centro de Distribucion. Para tal efecto, en los procesos de seleccion de proveedores, el Comite Especial debera tener en cuenta los siguientes criterios de evaluacion minimo: valores nutricionales, condiciones de procesamiento, porcentajes de componentes nacio-

PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27712
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 27470, LEY QUE ESTABLECE NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
Articulo 1º.- Modificacion del numeral 2.2. del Articulo 2º de la Ley Nº 27470 Modificase el numeral 2.2 del Articulo 2 de la Ley Nº 27470, el mismo que quedara redactado con el texto siguiente: "2.2 Las Municipalidades como responsables de la ejecucion del Programa del Vaso de Leche, en coordinacion con la Organizacion del Vaso de Leche, organizan programas, coordinan y ejecutan la implementacion de dicho Programa en sus fases de seleccion de beneficiarios, programacion, distribucion, supervision y evaluacion. El Comite de Administracion de Programa del Vaso de Leche reconocido por la Municipalidad correspondiente es el responsable de la seleccion de los insumos alimenticios de acuerdo a los criterios establecidos en numeral 4.1 de la presente ley. Las representantes de las Organizaciones de Base, alcanzaran sus propuestas de insumos, previa consulta a las beneficiarias, con-

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