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Pág. 222188 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de mayo de 2002 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de abril del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 7834 EDUCACIÓN Otorgan la condecoración Palmas Artísticas a persona natural RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2002-ED Lima, 30 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Condecoración Palmas Artísticas, creada mediante Resolución Ministerial Nº 755-98-ED, se otor- ga para reconocer y estimular los valores artísticos y a sus cultores en las diversas manifestaciones del arte; Que, el señor Juan Diego Flórez ha venido difundiendo su arte con gran éxito en los principales teatros del mundo como la Scala de Milán, Covent Garden de Londres, Metropolitan de Nueva York, Ope- ra de París, Opera de Viena, Festival de Salzburgo, Gran Liceo de Barcelona, Chatelet de París, Musikve- rein de Viena, Festival de Opera de Rossini de Pésa- ro, Regio de Turín, Filarmónico de Verona, San Fran- cisco Symphony, Bayerische Staatsoper de Munich, Carlo Felice de Génova, La Maestranza de Sevilla, Ca- pitole de Toulouse, Opera de Roma, Opera de Nice, Bilbao, Las Palmas, Academia de Santa Cecilia de Roma y Massimo de Palermo; Que, asimismo, el señor Juan Diego Flórez a través de su obra mantiene viva en la conciencia colectiva, la tradi- ción artística del arte lírico levantando de este modo la ima- gen de nuestro país; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supre- mos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- OTORGAR la condecoración Pal- mas Artísticas al señor Juan Diego Flórez, en recono- cimiento a la labor cumplida en bien del Arte Lírico, así como por su aporte extraordinario a la Cultura del Perú. Regístrese y comuníquese. NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 7825 ENERGÍA Y MINAS Autorizan cesión de posición contrac- tual del Contrato de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2002-EM Lima, 29 de abril de 2002CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 103-2000-EM, publicada el 9 de diciembre del 2000 se aprobó la suscrip- ción del Contrato de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao entre el Minis- terio de Energía y Minas y Transportadora de Gas del Perú S.A., de conformidad con lo establecido en el Concurso Público para seleccionar a un Adjudicatario de las Conce- siones de Transporte de Gas Natural por Ductos de Cami- sea al City Gate en Lima, de Transporte de Líquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa y de Distri- bución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Ca- llao; Que, de conformidad con lo establecido en las Bases del Concurso Público y en la Cláusula Décimo Novena del Contrato de Concesión, Transportadora de Gas del Perú S.A. presentó al Concedente para su calificación a un Ope- rador Estratégico de Distribución; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 107-2002-EM/ VME de fecha 20 de febrero del 2002, el Concedente de- claró a la empresa Tractebel S.A. como Operador Estraté- gico de Distribución, la misma que, de acuerdo con lo esta- blecido en la referida Cláusula Décimo Novena, ha consti- tuido en el Perú la Nueva Sociedad Concesionaria denomi- nada Gas Natural de Lima y Callao S.R.Ltda.; Que, de conformidad con lo establecido en las Bases del Concurso Público y en la Cláusula Décimo Novena del Contrato de Concesión, Transportadora de Gas del Perú S.A. debe efectuar la cesión del referido Contrato a favor de la Nueva Sociedad Concesionaria; Que, en concordancia con lo estipulado en la Segunda Cláusula Adicional del Contrato de Concesión de Distri- bución de Gas Natural por Red de Ductos, se ha acordado realizar algunas modificaciones al mismo; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 33º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, de haber una revisión o renegociación del Contrato de Distribución de Gas Natu- ral por Red de Ductos, éste debe emitir opinión previa, cosa que ha hecho mediante Oficio Nº 106-2002-OSINERG de fecha 15 de marzo de 2002; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 41º del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM; Con la opinión favorable del Director General de Hidro- carburos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la cesión de posición contrac- tual del Contrato de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao. Entre Trans- portadora de Gas del Perú S.A., en calidad de cedente y Gas Natural de Lima y Callao S.R.Ltda., en calidad de ce- sionaria. Artículo 2º.- Aprobar el Convenio de Cesión de Posi- ción Contractual del Contrato de Concesión de Distribu- ción de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao a favor de la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.R.Ltda. en su calidad de Nueva Sociedad Concesionaria. Artículo 3º.- Aprobar las modificaciones al Contrato de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Duc- tos en Lima y Callao. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Hidro- carburos del Ministerio de Energía y Minas a suscribir a nombre del Estado el Convenio de Cesión de Posición Contractual a que se refiere el Artículo 2º de la presente Resolución. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Supre- ma deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé ori- gen el Convenio de Cesión de Posición Contractual a que se refiere el Artículo 2º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 7750