Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2002 (01/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 1 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º. - La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Turismo 7700 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0524 -2002-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2002 Vistos, los Expedientes Nºs. 010341 y 010342-2002MITINCI presentados por la empresa GOLDEN GAMING S.A., en los que solicita la modificacion de la autorizacion expresa para la explotacion de juegos de casino en la Sala de Juegos ubicada en la Av. 28 de MORDAZA Nº 511, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, y el Informe Legal Nº 148-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DARAPD; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 149º de la Ley Nº 27444, corresponde acumular las solicitudes de modificacion de la autorizacion expresa para la explotacion de juegos de casino presentadas por la empresa Golden Gaming S.A., al encontrarse directamente relacionadas; Que, mediante el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 094-2000-MITINCI/VMT/DNT, se autorizo a la referida empresa la explotacion de juegos de casino en el establecimiento MORDAZA mencionado, indicandose en dicho articulo las modalidades y numero de mesas de juego de casino autorizadas para su explotacion; Que, las solicitudes presentadas por el retiro de mesas y modalidades de juego e incremento de mesas de juego presentadas mediante los Expedientes Nºs. 010341 y 010342-2002-MITINCI, conllevan a la modificacion del Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 094-2000-MITINCI/ VMT/DNT; Que, la documentacion e informacion requerida para efectuar el incremento de mesas de juego autorizadas se encuentra establecida en el Articulo 25º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento Nº 20 del MORDAZA del MITINCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-ITINCI; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa, se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para aprobar su solicitud; De conformidad con las Leyes Nºs. 27153 y 27444 y con los Decretos Supremos Nºs. 001-2000-ITINCI y 0092002-ITINCI; SE RESUELVE:

Articulo 2º. - La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Turismo 7701

JUSTICIA
Autorizan funcionamiento de Centros de Conciliacion y de Formacion y Capacitacion de Conciliadores en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 114-2002-JUS MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 28079-2001, de fecha 12 de noviembre de 2001, del COLEGIO NACIONAL DE CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES DEL PERU; CONSIDERANDO: Que el COLEGIO NACIONAL DE CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES DEL PERU es una asociacion civil sin fines de lucro que entre sus objetivos esta el ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado "CONCILIARE AD LIBITUM AETERNAM" SEDE CENTRAL MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 22 de febrero de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 700-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del COLEGIO NACIONAL DE CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES DEL PERU; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE:

Articulo 1º- Modifiquese el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 094-2000-MITINCI/VMT/DNT, en los terminos siguientes: "Articulo 2º. - La presente autorizacion faculta a la Empresa GOLDEN GAMING S.A. a explotar once (11) mesas de juego de casino en la Sala de Juegos: "La Hacienda", segun el siguiente detalle: Nº de Registro
JC0001 JC0002 JC0006 JC0008

Nombre del Juego de Casino
Black MORDAZA Ruleta (Tipo francesa) Midi Punto y Banca Poker Caribeno Total de Mesas Autorizadas

Nº de Mesas Autorizadas
05 03 02 01 11

Articulo 1º.- Autorizar al COLEGIO NACIONAL DE CONCILIADORES DEL PERU el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado "CONCILIARE AD LIBITUM AETERNAM" SEDE CENTRAL MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 7695

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