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Pág. 222434 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de mayo de 2002 Estando a la normatividad prevista en la Ordenanza Nº 09-99-MS, Ley Nº 27444, Ley Nº 26878, su modificatoria Ley Nº 27135 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC y facultad contenida en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 Artículo 47º, numeral 6; RESUELVE: Artículo Primero.- CONSIDERAR, de Tipo Progresivo a la presente Habilitación Urbana, dejándose diferida la ejecu- ción de las Obras de pavimentación correspondiente s a la vereda de la calle Cascajal, para ser ejecutadas por don CAR- LOS NICOLÁS SANTA GADEA RAMÍREZ y doña YRMA DANILA PASCO DE SANTA GADEA en el plazo máximo de diez (10) años, según lo establecido en el numeral II-XXII-4.2 del Reglamento Nacional de Construcciones. Artículo Segundo.- DECLARAR, cumplidas por don Carlos Nicolás Santa Gadea Ramírez y doña Yrma Danila Pasco de Santa Gadea, de conformidad con los Planos de Replanteo de Lotización signado con el Nº 024.01-2002- SDOPRIV-DDU-MSS al Nº 024.03-2002-SDOPRIV-DDU- MSS, las Obras de Habilitación Urbana Ejecutada en Vías de Regularización para Uso Residencial de Baja Densidad R1-S del terreno de Un mil sesenta y un metros cuadra- dos, setenta y dos decímetros cuadrados (1,061.72), ubi- cado en la calle Cascajal, Sección "A", manzana "E", Lote 1 de la Lotización Semirrústica "Panedia", distrito de San- tiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de con- formidad con el cuadro de áreas siguiente: ÁREA BRUTA 1,061.72 m² ÁREA PARA VÍAS 0.00m² ÁREA ÚTIL DE LOTE ÚNICO 1,061.72 m² Artículo Tercero.- Las características de las obras de pavimentación que quedan pendientes de ejecutar se ajus- tarán a las características siguientes: Aceras.- Serán de Concreto de calidad de f ' c=175 kg/ cm² de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terra- plén de material seleccionado de buena calidad y debida- mente nivelado y compactado. El acabado será con mezcla cemento y arena fina, pre- parado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada termi- nada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concre- to de dimensiones 0.15 m. x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad del concreto será de f 'c=175 kg/cm². Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra de chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00 m. en pozas de concreto. Artículo Cuarto.- APROBAR, la Valorización ascendente a la suma de SEIS MIL SEISCIENTOS DIECISÉIS Y 68/100 NUEVOS SOLES (S/. 6,616.68), equivalente al área de 42.47 m² para Recreación Pública, de 63.70 m² para Parques Zona- les, de 21.23 m² para Ministerio de Educación y de 10.62 m² para Otros Fines correspondiente a los aportes reglamenta- rios del terreno de 1,061.72 m² que han sido cancelados al 100% de su valor en la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, de Lote Único, de Tipo Progresivo, para Uso Resi- dencial R1-S del terreno de su propiedad de 1,061.72 m² ubi- cado frente a la calle Cascajal, Sección "A" manzana "E" Lote 1, de la Lotización Semirrústica "Panedia", distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Las características de la valorización que se aprueba figu- ran en el Informe Técnico Nº 116-2002-SDOP-DDU-MSS de fecha 14.3.2002 elaborado por Habilitaciones Urbanas de la Subdirección de Obras Privadas, monto calculado basándose en la Certificación de Valores Arancelarios emitido por el Con- sejo Nacional de Tasaciones - CONATA de fecha 25.2.2002 y actualizado para el año 2002 de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 024-2000-EF de fecha 16.2.2002, obran- te a fojas 36 del expediente de la referencia. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a don Carlos Nicolás Santa Gadea Ramírez y doña Yrma Danila Pasco de San- ta Gadea, a inscribir la presente Resolución en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima.Artículo Sexto.- TENER por cancelada la valorización aprobada en el Artículo Cuarto, de conformidad con el Re- cibo Único de Caja Nº 1176358. Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de la presen- te Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de don CARLOS NICOLÁS SANTA GADEA RAMÍREZ y cónyuge Yrma Danila Pasco de Santa Gadea, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado, sufra- gando los gastos que irrogue la mencionada publicación. Artículo Octavo.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia certificada a la Dirección Munici- pal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolita- na de Lima, para su evaluación de acuerdo a Ley. Artículo Noveno.- ENCARGAR el cumplimiento de los artículos precedentes a la Dirección de Desarrollo Urba- no, a través de la Subdirección de Obras Privadas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 8057 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO GRANDE Designan Comité Electoral para la Con- sulta Vecinal DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2002-MDT-A Tambo Grande, 24 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2001-MDT- C, del 11 de octubre de 2001, se creó la consulta vecinal como mecanismo de participación ciudadana en el ámbito del distrito de Tambo Grande; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 020-2000-MDT-CM, del 11 de octubre de 2001, se aprobó la realización de una consulta vecinal en el distrito de Tambo Grande para que la población exprese su opinión respecto al desarrollo de la actividad minera en las áreas urbana, de expansión urba- na, agrícola y de expansión agrícola del distrito; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 020-2002- J/ONPE, del 17 de enero de 2002, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, resolvió brindar asesoría electoral a la Municipalidad Distrital de Tambo Grande para el desa- rrollo de la consulta popular; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2002-MDT- A, del 20 de abril de 2002, se ha convocado a Consulta Vecinal en el distrito de Tambo Grande para el día domingo 2 de junio de 2002, por lo que es necesario designar a los integrantes del Comité Electoral; Que, en mérito a lo expuesto, y en uso de las atribu- ciones conferidas por el Artículo 47º, inciso 6) la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- Designar el Comité Electoral, para la Consulta Vecinal, el mismo que está integrado por los siguientes ciudadanos: - Doña Marilda Angélica Valladolid Azearate. - Doña Ruth Margot del Carmen Martino. - Doña Adelfa Alvarado León. - Don Luis Isais Florián Arévalo. Artículo Segundo.- Comuníquese a la Dirección Mu- nicipal, a la Unidad de Secretaría General, al Asesor Téc- nico don Freddy Martín Giraldo Rivera, al Comité Electoral y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para su conocimiento y fines legales consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y ar- chívese. ALFREDO RENGIFO NAVARRETE Alcalde 7971