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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2002 (06/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 222436 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de mayo de 2002 PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Mari- na de Guerra para integrar delegación que participará en la Tercera Reunión Técnica de Trabajo Río Amazonas, Sec- tor Atacuari - Leticia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 800-DE/SG Lima, 3 de mayo de 2002 Visto el OF. RE (DSL-LIM) Nº 2-20 A/51, del 30 de abril del 2002 del señor Embajador Manuel RODRÍGUEZ Cua- dros, Viceministro y Secretario General de Relaciones Ex- teriores, mediante el cual hace de conocimiento de este Despacho que en el marco de las actividades de la Comi- sión Mixta Permanente para la Inspección de la Frontera Peruano - Colombiana (COMPERIF), se realizará la Terce- ra Reunión Técnica de Trabajo Río Amazonas, Sector Ata- cuari - Leticia en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 6 al 8 de mayo, solicitando la designación de representantes del Sector Defensa; CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje de Oficiales Almi- rante y Superiores del Ministerio de Defensa y de la Marina de Guerra del Perú, para participar en representación del Sector Defensa para formar parte de la Delegación Perua- na que, en conjunto con la representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, asistirá a la Tercera Reunión Técni- ca de Trabajo Río Amazonas, Sector Atacuari - Leticia en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 6 al 8 de mayo, con el propósito de consolidar la posición peruana en el marco de dichos eventos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM del 27 de abril del 2001 y su modifi- catoria el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM del 8 de mayo del 2001; y, Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurí- dica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión del Ser- vicio a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 5 al 9 de mayo del año en curso, con el fin de formar parte de la delega- ción peruana que, en conjunto con la representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, presentará la posi- ción del Estado Peruano en la Tercera Reunión Técnica de Trabajo Río Amazonas, Sector Atacuari - Leticia, a los siguientes Oficiales Almirante y Superiores que se indica: -Contralmirante Carlos Enrique GAMARRA ELÍAS Director de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú. -Capitán de Navío Fernando Miguel ZAVALA CLAUX Representante de la Secretaría de Asuntos Inter- sectoriales e Internacionales del Ministerio de De- fensa. -Capitán de Corbeta Hugo Dante MONTORO CÁCERES Representante de la Dirección de Hidrografía y Na- vegación de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Re- solución, de acuerdo a las disposiciones vigentes, serán sufragados por el Despacho del Ministerio de Defensa y la Marina de Guerra del Perú respectivamente, y ascien- de a la suma de tres mil ochocientos cincuenta y 26/100 Dólares Americanos ($ 3,850. 26), de acuerdo al siguiente detalle:MINISTERIO DE DEFENSA: Pasajes US$ 258.42 x 1 persona US$ 258.42 Viáticos US$ 200.00 x 5 días x 1 persona US$ 1000.00 Impuesto de Aeropuerto US$ 25.00 x 1 persona US$ 25.00 US$ 1283.42 MARINA DE GUERRA DEL PERÚ: (Contralmirante) Pasajes US$ 258.42 x 1 persona US$ 258.42 Viáticos US$ 200.00 x 5 días x 1 persona US$ 1000.00 Impuesto de Aeropuerto US$ 25.00 x 1 persona US$ 25.00 (Capitán de Corbeta) Pasajes US$ 258.42 x 1 persona US$ 258.42 Viáticos US$ 200.00 x 5 días x 1 persona US$ 1000.00 Impuesto de Aeropuerto US$ 25.00 x 1 persona US$ 25.00 ------------------- US$ 2,566.84 =========== Artículo 3º.- Los referidos Oficiales Almirante y Supe- riores deberán presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe es- crito detallando las acciones realizadas, conjuntamente con la entrega de la rendición de cuentas y el saldo resultante de restar el monto recibido de lo entregado, deberá ser devuelto por cada oficial a su Entidad, conforme al Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de fecha 27 de abril del 2001. Artículo 4º.- La presente resolución no genera dere- cho a exoneración de impuestos de ninguna clase o deno- minación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 7977 PESQUERÍA Aprueban el Sistema de Seguimiento y Verificación del atún capturado por bu- ques atuneros de cerco DECRETO SUPREMO Nº 003-2002-PE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Perú es país firmante del Acuerdo sobre el Pro- grama Internacional para la Conservación de los Delfines - APICD, suscrito en marzo de 2000; Que de conformidad con el Artículo V, párrafo 1 (f) del citado Acuerdo, las Partes del mismo están obligadas a establecer un Sistema de Seguimiento y Verificación del Atún capturado por los Buques en el Área de aplicación del Acuerdo; Que de conformidad con los numerales 10.4 y 10.7 del Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, Regla- mento de Ordenamiento Pesquero del Atún, la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministe- rio de Pesquería debe establecer un sistema de control con la finalidad de dar cumplimiento a las disposiciones pres- critas en el marco del APICD, elaborando para tal fin un sistema para el seguimiento y verificación del atún captu- rado;