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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2002 (10/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 59

Pág. 222745 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de mayo de 2002 Lima calificó de naturaleza eriaza el terreno de 254 070,00 m2, ubicado en la zona denominada cerro "La Molina Alta", lado oeste, entre las cotas 260 y 350 metros sobre el nivel del mar, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; Que, el Instituto Nacional del Cultura por Resolución Directoral Nacional Nº 324 del 8 de noviembre de 1994, declara como zona arqueológica intangible un área de 47 914,37 m2, colindante al terreno antes descrito; Que, realizada la inspección técnica a los terrenos de 254 070,00 m2 y 47 914,37 m2, con fecha 1 de abril del 2002 y considerando los informes expedidos por la Oficina Registral de Lima y Callao mediante Certificado Registral de fecha 16 de enero del 2002 y Registro Predial Urbano mediante Oficio Nº 2248-2001-RPU/GOD.1 de fecha 11 de octubre del 2001, se ha realizado un replanteo eliminándo- se las áreas superpuestas con predios inscritos en ambos registros, determinándose que corresponde inscribir en primera de dominio el área de 275 605,39 m2, por encon- trarse libre de inscripción; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribere- ños son bienes de propiedad estatal; por lo que correspon- de tramitar la primera inscripción de dominio del terreno submateria de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiem- bre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recupera- ciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 095-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 29 de abril del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 275 605,39 m2, ubica- do en el cerro "La Molina Alta", al lado oeste entre las cotas 260 y 350 m.s.n.m., en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima de acuerdo al plano y memoria des- criptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno des- crito en el artículo precedente en el Registro de la Propie- dad Inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 8320 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 069-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 29 de abril del 2002 Visto el Expediente Nº 094-2001/SBN-JAR, correspon- diente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 34 937 500,00 m2 ubicado a la altura de los kilómetros 345 y 351 de la Carretera Pa- namericana Norte, en la margen derecha con dirección a la ciudad de Casma, sobre la denominada "Pampa Los Medanos", en el distrito y provincia de Casma del departa- mento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Admi- nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; la Super- intendencia de Bienes Nacionales, tiene como finalidad in- centivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo suintercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para el registro, inscripción y fiscalización de los bienes de propiedad estatal; Que, según el Oficio Nº 2934-2001/RPU-GOD.1 de fe- cha 6 de diciembre del 2001, emitido por el Registro Pre- dial Urbano el terreno de 34 937 500,00 m2, ubicado a la altura de los kilómetros 345 y 351 de la Carretera Paname- ricana Norte, en la margen derecha con dirección a la ciu- dad de Casma, sobre la denominada "Pampa Los Meda- nos", en el distrito y provincia de Casma del departamento de Ancash, no presenta antecedentes en dicho registro; Que, la Oficina Registral de Casma, mediante Certifi- cado Compendioso Nº 01-677-01 de fecha 13 de diciem- bre del 2001, señala que el terreno antes descrito, no apare- ce inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de Cas- ma; Que, realizada la inspección técnica el 19 de setiem- bre del 2001, se ha verificado que el terreno submateria es eriazo, de topografía accidentada, constituido por la llanura y ladera de los cerros "Los Medanos" y "La Ra- mada", que se encuentra desocupado y libre de edifica- ciones; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, señala que los terre- nos eriazos o ribereños se consideran como bienes de propiedad estatal; por lo que corresponde tramitar la pri- mera inscripción de dominio del terreno submateria de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF - "Reglamento General de Procedimientos Ad- ministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Superintendencia de Bienes Na- cionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recupe- raciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 094-2002/SBN-JAR de fecha 29 de abril del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 34 937 500,00 m2 que se ubica a la altura de los kilómetros 345 y 351 de la Carretera Panamericana Norte, en la margen de- recha con dirección a la ciudad de Casma, sobre la de- nominada "Pampa Los Medanos", en el distrito y pro- vincia de Casma del departamento de Ancash, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Casma de la Supe- rintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la primera ins- cripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 8321 Disponen primera inscripción de domi- nio a favor del Estado de terrenos ubi- cados en la provincia de Casma, depar- tamento de Ancash JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 070-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 30 de abril de 2002 Visto el Expediente Nº 091-2001/SBN-JAR, correspon- diente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 17 788 145,40 m², ubicado a la altura de los kilómetros 335 y 339 de la Carretera Pa-