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Pág. 222750 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de mayo de 2002 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Establecen beneficio de condonación de moras y gastos de multas administrati- vas en proceso de cobranza ordinaria o coactiva ORDENANZA Nº 109-MDMM Magdalena del Mar, 9 de mayo del 2002 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Extraordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de lec- tura y aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia para adminis- trar sus bienes así como crear, modificar, suprimir contri- buciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipa- les dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; Que, el último párrafo del Artículo 41º del Código Tribu- tario señala que excepcionalmente los Gobiernos Locales pueden condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que teniendo en cuenta la recesión económica por la que atraviesa nuestro país y por ende los vecinos y contri- buyentes de la Municipalidad de Magdalena del Mar, es necesario adoptar una decisión de alto contenido social por parte de las autoridades municipales en resguardo de los intereses de la población; Que, a pesar de que la Municipalidad se encuentra tam- bién en una situación crítica, se deben otorgar facilidades para que los contribuyentes puedan pagar sus deudas tri- butarias y administrativas; Estando a lo dispuesto en los Artículos 10º, 36º y 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Con- cejo, aprobó por MAYORÍA, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REDUCCIÓN EN EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Artículo Primero.- Establecer la condonación del 100% de moras, factores de actualización y gastos administrati- vos que generen las multas administrativas en proceso de cobranza ordinaria y/o coactiva, así como el 80% del inso- luto de dichas multas. Este beneficio incluye los convenios de fraccionamiento, siempre y cuando el contribuyente pa- gue al contado el saldo del insoluto de la multa. Artículo Segundo.- No están comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la presente Ordenanza las multas impuestas por construcción de obras, y todas aquellas que correspondan a la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- El plazo para acogerse a la amnistía vence el 22 de mayo del 2002. El acogimiento es automáti- co. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día de su publicación. Artículo Quinto.- Encárguese a la Dirección de Ren- tas y Oficina de Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NÚÑEZ STOLAR Alcalde 8425MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Municipali- dad Distrital de Chorrillos ORDENANZA Nº 038 -MDCH EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos en Sesión Ordinaria de fecha 27 de abril del 2002, de acuerdo con el Dictamen de la Comisión de Administración, Planificación, Presupues- to e Informática y la Comisión de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, la “Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444”, publicada el 11 de abril del 2001 en el Diario Oficial El Peruano, ha establecido un nuevo régimen jurídi- co para que la actuación de la Administración Publica sirva a la protección del interés general garantizando los dere- chos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general; Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444, preceptúa la obligatoriedad para todas las entidades de la Administra- ción Pública de elaborar y aprobar su Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos – TUPA; Que, el Artículo 36º de la Ley Nº 27444, establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos se cons- truye compendiando y sistematizando los procedimientos, requisitos y costos administrativos establecidos exclusiva- mente mediante Decreto Supremo o norma de mayor je- rarquía u Ordenanza Municipal; Que, la Cuarta Disposición Complementaria y final de la Ley Nº 27444, preceptúa que ella entrará en vigencia a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial El Pe- ruano; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27444, establece que el “Texto Único de Procesos Administrativos – TUPA” de las Municipalidades se aprueba por Ordenanza Municipal; Que, el Art. 70º de la Ley de Tributación Municipal, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 776, establece que: “Las Tasas que se cobre por la tramitación de procedimien- tos administrativos, sólo serán exigibles al contribuyente cuando consten en el correspondiente Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos”; Con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Administración, Planificación, Presupuesto e Informática y de conformidad con el Art. 74º de la Constitución Política del Perú, Art. 70º del Decreto Legislativo Nº 776, Arts. 36º, 37º y 38º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y en el ejer- cicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto en MAYORÍA de los señores Miembros del Concejo Municipal se expide la siguiente: ORDENANZA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 2002 Artículo 1º.- Apruébese el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, para el año 2002, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Déjese sin Efecto lo dispuesto por la Or- denanza Nº 027-MDCH, que aprobó el TUPA para el año 2001. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaria General del Con- cejo el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde