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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2002 (11/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 222790 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de mayo de 2002 I. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN - Directorio. - Presidencia Ejecutiva del Directorio. II. ÓRGANO DE CONTROL - Oficina de Auditoría Interna. III. ÓRGANOS DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA - Oficina de Asesores. - Dirección de Control de Oferta. - Dirección de Cooperación Internacional. IV. ÓRGANO DE GERENCIA - Gerencia General. V. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO - Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación. - Gerencia de Asesoría Legal. VI. ÓRGANOS DE APOYO - Gerencia de Administración e Informática. - Gerencia de Relaciones Institucionales y Comunica- ción. - Oficina de Seguridad. VII. ÓRGANOS DE LÍNEA - Gerencia de Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas. - Gerencia de Desarrollo Alternativo. - Gerencia de Conservación del Medio Ambiente y Re- cuperación de Ecosistemas Degradados. TÍTULO VII DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS ÓRGANOS DE DEVIDA CAPÍTULO I DEL DIRECTORIO Artículo 22º.- De la Conformación El Directorio es el órgano de mayor nivel de dirección de DEVIDA, está presidido por su Presidente Ejecutivo y con- formado de acuerdo con la Ley Nº 27629. La designación de sus integrantes se efectúa de acuerdo con la normativi- dad legal vigente. El Presidente Ejecutivo del Directorio designa al funcio- nario que realiza las funciones de Secretario del Directorio. Artículo 23º.- De las Funciones Las funciones y atribuciones del Directorio de DEVIDA, se rigen por lo dispuesto por el presente reglamento y son las siguientes: a) Aprobar las políticas nacionales y la Estrategia Nacio- nal contra las Drogas en concordancia con las políticas del Estado y Gobierno Peruano. En el caso de los programas de interdicción, lavado de dinero y delitos conexos, así como de erradicación, las instituciones que los ejecutan podrán solici- tar, cuando así se justifique, "reserva o confidencialidad" de estrategias específicas e información clasificada y éstas sólo serán de conocimiento del Presidente Ejecutivo del Directo- rio y de los funcionarios que éste designe. b) Tomar conocimiento periódicamente de la evolución del contexto nacional e internacional en el ámbito de las drogas, a fin de revisar las políticas vigentes y su adecua- ción a los cambios de contexto y coyuntura. c) Aprobar los planes operativos anuales que confor- man la Estrategia Nacional contra las Drogas. d) Tomar conocimiento de los reportes de los procesos de monitoreo y evaluación presentados por el Presidente del Directorio y acordar las medidas correctivas necesarias para alcanzar las metas y resultados propuestos en los pla- nes operativos anuales. e) Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores la negociación y firma de tratados internacionales en el ám- bito de las drogas ilícitas. f) Emitir opinión sobre los proyectos de acuerdos o con- venios internacionales en materia de drogas, que otros paí- ses u organismos internacionales propongan a las diferen- tes instituciones del Estado.g) Aprobar la metodología del proceso de selección de ejecutores, tomando en cuenta los requerimientos de los países y agencias cooperantes cuando los proyectos a eje- cutarse se financien con donaciones, canje de deuda y prés- tamos concesionales. h) Aprobar la designación de los ejecutores de los dife- rentes componentes del Programa de Interdicción y Lava- do de Dinero, respetando el marco legal vigente. i) Aprobar el establecimiento de los mecanismos necesa- rios para supervisar el desempeño de los ejecutores a fin de cumplir con el inciso f) del Artículo 2º de la Ley Nº 27629. j) Aprobar las propuestas de proyectos de ley y otros dispositivos legales, que se considere conveniente poner a consideración del Poder Ejecutivo. k) Recomendar a las diferentes instituciones del Esta- do, los proyectos y actividades a fin de asegurar la imple- mentación de la Estrategia Nacional contra las Drogas. l) Coordinar los esfuerzos necesarios para lograr estable- cer un presupuesto nacional antidrogas, de manera de me- jorar la cuantificación del esfuerzo del país en la materia y los procesos de planeamiento y evaluación. m) Evaluar, a propuesta del Presidente Ejecutivo, los proyectos de modificación del reglamento de organización y funciones, así como de los instrumentos de gestión, a fin de proponer su aprobación al Poder Ejecutivo, mediante la emisión de la respectiva norma legal. n) Aprobar, a propuesta del Presidente Ejecutivo, el pre- supuesto anual y los Estados Financieros de DEVIDA. o) Aprobar la Memoria Anual de DEVIDA. p) Aprobar, en coordinación con la Presidencia del Con- sejo de Ministros y a propuesta del Presidente Ejecutivo, la apertura, cierre y funciones de las oficinas desconcentra- das de DEVIDA. q) Designar al Gerente General, a propuesta del Presi- dente Ejecutivo. r) Otras que se le asigne por ley o norma legal expresa. Artículo 24º.- De la Convocatoria El Directorio sesiona como mínimo una vez al mes, pre- via convocatoria del Presidente Ejecutivo. Dicha convoca- toria se realizará con una anticipación no menor de dos días a la fecha de la sesión, indicando el lugar, el día y la hora de la misma, adjuntando la información relativa a los temas de la agenda. Artículo 25º.- Del Quórum Las sesiones se llevarán a cabo contando como mínimo con la presencia de un número de directores equivalente a la mitad más uno del total de los mismos. El Presidente Ejecutivo vota y en caso de empate tiene voto dirimente. Cualquier persona puede ser invitada a realizar exposicio- nes en el Directorio, si existe previo acuerdo de ello en se- sión anterior. Artículo 26º.- De los Acuerdos Los Acuerdos adoptados en sesión del Directorio consta- rán en acta que indicará, el lugar, día y hora de su realiza- ción, nombre de los asistentes y acuerdos adoptados. El acta aprobada será firmada por todos los asistentes. Artículo 27º.- De los Acuerdos en Consulta Todo acuerdo que contravenga a políticas de lucha con- tra las drogas aprobadas por el gobierno será sometido a consideración del Consejo de Ministros a través de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros. Artículo 28º.- De los Impedimentos de los directores Se encuentran impedidos de ser miembros del Directo- rio quienes tengan pleito pendiente con DEVIDA o con la entidad que la precedió. Asimismo no podrán formar parte del Directorio, quienes tengan un proceso o condena judi- cial por tráfico ilícito de drogas y/o delitos conexos. Artículo 29º.- De las dietas de los directores Los miembros del Directorio distintos de los Ministros de Estado que integran DEVIDA, percibirán Dietas por Asistencia a las sesiones, conforme a las disposiciones de la materia. CAPÍTULO II DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA Artículo 30º.- De las funciones del Presidente Ejecutivo El Presidente Ejecutivo preside el Directorio de DEVI- DA, es la primera autoridad de nivel ejecutivo de DEVIDA y mantiene vínculo laboral con dicha entidad. Sus funciones y/o atribuciones son las siguientes: