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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2002 (17/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

Pág. 223166 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de mayo de 2002 b) Deberán cumplir con las exigencias técnicas antes mencionadas los propietarios de los inmuebles que no hu- bieren cumplido con dar el acabado respectivo, cuenten o no con Conformidad de Obra o Declaratoria de Fábrica." Artículo Segundo.- Modifíquense los últimos párra- fos de los Artículos Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto de la Ordenanza Nº 14-99-MSS quedan- do redactados con el siguiente texto: "Artículo Décimo Tercero.- (...) (...) La Municipalidad pondrá en conocimiento del propie- tario la obligación del cercado del terreno sin construir en un plazo no mayor de sesenta (60) días contados a partir del día siguiente de su notificación, caso contrario será sancionado conforme a lo establecido en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad. La obtención o existencia de Licencia de Obra que au- toriza la construcción de cercos en terrenos sin construir y/o su vigencia, no libera al propietario de la aplicación de las sanciones pertinentes, si éste no efectúa el cercado respectivo en el plazo indicado en el párrafo precedente." "Artículo Décimo Cuarto.- (...) (...) La Municipalidad pondrá en conocimiento del propie- tario, la obligación del tapiado o cercado de la construc- ción en estado de abandono en un plazo no mayor de sesenta (60) días contados a partir del día siguiente de su notificación, caso contrario será sancionado conforme a lo establecido en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad. La obtención o existencia de Licencia de Obra y/o su vi- gencia, no libera al propietario de la aplicación de las sancio- nes pertinentes, si éste no efectúa el cercado o tapiado res- pectivo en el plazo indicado en el párrafo precedente." "Artículo Décimo Quinto.- (...) (...) La Municipalidad pondrá en conocimiento del propie- tario, la obligación de proceder a concluir con los acaba- dos exteriores de las fachadas laterales y posteriores se- gún lo previsto en el Artículo Sexto, en un plazo no mayor de sesenta (60) días contados a partir del día siguiente de su notificación, caso contrario será sancionado confor- me a lo establecido en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad. La obtención o existencia de Licencia de Obra y/o su vigencia, no libera al propietario de la aplicación de las sanciones pertinentes, si éste no concluye con los acaba- dos exteriores correspondientes, en el plazo indicado en el párrafo precedente." Artículo Tercero.- Los procedimientos relativos al cer- cado de terrenos sin construir, acabados en fachadas la- terales y/o posteriores y las construcciones en abandono que se encuentren en trámite a partir de la vigencia de la presente Ordenanza se adecuarán, bajo responsabilidad a los lineamientos que prevé este dispositivo. Artículo Cuarto.- Encargar a las Direcciones de Desarrollo Urbano y de Fiscalización y Control el cumpli- miento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente norma entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 8770 Modifican artículo de Ordenanza que aprobó procedimiento de canje de deu- das tributarias y no tributarias ORDENANZA Nº 101-MSS Santiago de Surco, 9 de mayo de 2002EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es política de la actual gestión Municipal brindar las mayores facilidades a sus contribuyentes a efectos que cumplan con las obligaciones tributarias que les corres- ponden; Que, mediante Ordenanza Nº 26-MSS la Municipalidad de Santiago de Surco aprobó el procedimiento de canje de deudas tributarias y no tributarias, permitiendo el aco- gimiento al mismo únicamente por las deudas acumula- das hasta el 31.DIC.1999; Que, resulta conveniente ampliar los alcances de la Ordenanza Nº 26-MSS, a fin de permitir a los contribuyentes acogerse al procedimiento de canje por las deudas generadas con posterioridad al ejercicio 1999; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por unanimidad aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese el numeral 2.2 del Ar- tículo 2º de la Ordenanza Nº 26-MSS, el mismo que que- da redactado en los siguientes términos: "2.2 Orientar al solicitante sobre los requisitos que debe presentar para efectivizar el pago de deudas tri- butarias y no tributarias acumuladas hasta el ejercicio anterior a la fecha de presentación de la solicitud y que sean superiores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias vigentes al mes de enero del año de presen- tación de la solicitud." Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento de la presente norma. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 8771 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA Autorizan viaje de alcalde y regidor para participar en Octava Conferencia Internacional de Alcaldes y Autoridades Locales que se realizará en los EE.UU. ACUERDO DE CONCEJO Nº 030-04-2002-MPT Talara, cuatro de abril del dos mil dos. VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo su fecha 4.4.2002, la Carta recepcionada de fecha 2 de febrero del 2002, remitida por el DR. ALLAN ROSENBAUM, Director, y LIC. CRISTINA A. RODRÍGUEZ DE ACOSTA, Vicedi- rectora del Instituto de Administración Pública y Servicios Comunitarios de la Universidad Internacional de la Flori- da, invitando al señor Alcalde, DR. LUIS A. ROMERO AGURTO, a participar en la Octava Conferencia Intera- mericana de Alcaldes y Autoridades Locales que se lleva- rá a cabo del 11 al 13 de junio del 2002 en el Hotel Hyatt Regency del centro de Miami, Florida;