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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2002 (17/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 223159 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de mayo de 2002 vicio a que se refiere el artículo precedente, hasta por un monto de S/. 30,726.37 (Treinta mil setecientos veintiséis y 37/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas, por un plazo máximo de hasta 45 días natura- les o hasta la conclusión de la impugnación presentada, lo que ocurra primero. Consecuentemente, autorizar la contratación de la empresa FORZA S.A. para la presta- ción del servicio de Seguridad y Vigilancia de los locales de CONASEV ubicados en los distritos de Miraflores y San Borja, mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, encargándose a la Gerencia de Administración y Finanzas cumpla con verificar todas las formalidades in- herentes a la contratación con la referida empresa dentro del marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimis- mo, que la Gerencia de Administración y Finanzas re- mita copia de la misma y de los informes que la susten- tan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su apro- bación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS EYZAGUIRRE GUERRERO Presidente 8731 INDECOPI Establecen que la representación y de- fensa judicial del Indecopi correspon- de a la Gerencia Legal sin perjuicio de la intervención coadyuvante de la Procuraduría Pública del MITINCI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 034-2002-INDECOPI/DIR Lima, 16 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el inciso d) del Artí- culo 15º de la Ley Nº 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, la representación y defensa de las entidades administrativas estará a cargo de la Pro- curaduría Pública competente o, cuando lo señale la nor- ma correspondiente, por el representante judicial de la entidad debidamente autorizado; Que según lo dispuesto por el Artículo 44º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Ley Nº 25868, corresponde a la Gerencia Legal de la institución prestar el apoyo legal requerido por todas las áreas de la institución, para lo cual ejerce, entre otras funciones, la representación procesal del Indecopi; Que en el marco de lo dispuesto en el Artículo 15º de la Ley Nº 27584, que regula el proceso contencioso admi- nistrativo, resulta conveniente ratificar que la representa- ción y defensa judicial del Indecopi, se ejerce a través de la Gerencia Legal de la institución, sin perjuicio de la in- tervención coadyuvante de la Procuraduría Pública del Sector al cual se encuentra adscrito el Indecopi, en virtud de la Ley Nº 27111; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio de la institución; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Establecer que, para efectos de la representación y defensa a que se refiere el Artículo 15º de la Ley Nº 27584, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual -INDECOPI- actúa a través de la Gerencia Legal de la institución, sin perjuicio de la intervención coadyuvante de la Procuraduría Pública del Ministerio de Industria, Tu-rismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 8825 Designan miembros de la Comisión de Protección al Consumidor RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 035-2002-INDECOPI/DIR Lima, 16 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creó la Comi- sión de Protección al Consumidor; Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º del Decreto Ley Nº 25868, las Comisiones que integran la es- tructura orgánico funcional del Indecopi, están integradas por seis miembros; Que resulta pertinente efectuar la designación de miembros en la citada Comisión; Estando a lo acordado por el Directorio de la institu- ción; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Fernando Cillóniz Benavides en el cargo de miembro de la Comisión de Pro- tección al Consumidor del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 8826 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 036-2002-INDECOPI/DIR Lima, 16 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creó la Comi- sión de Protección al Consumidor; Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º del Decreto Ley Nº 25868, las Comisiones que integran la es- tructura orgánico funcional del Indecopi, están integradas por seis miembros; Que resulta pertinente efectuar la designación de miembros en la citada Comisión; Estando a lo acordado por el Directorio de la institu- ción; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Carlos Hamann Pastorino en el cargo de miembro de la Comisión de Pro- tección al Consumidor del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 8827