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Pág. 232523 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de noviembre de 2002 Mora Toledo en el cargo de Director de Sistema Adminis- trativo II de la Oficina de Información Agraria - Dirección Subregional Agraria Madre de Dios - Dirección Regional Agraria Inka; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida tal designación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del Sr. Hermógenes Mora Toledo en el cargo de Director Programa Sectorial II - Dirección de Información Agraria de la Dirección Regional Agraria Madre de Dios; dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la Eco. Yovana Polo Álvarez, en el cargo de Director Programa Sectorial II - Dirección de Información Agraria de la Direc- ción Regional Agraria Madre de Dios. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 19324 Conforman Comisión Ad Hoc que verifi- cará capacidad de respuesta del PER- PEC - Plan Mínimo de Prevención Fenó- meno El Niño 2002-03 de las Direccio- nes Regionales de Agricultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1014-2002-AG Lima, 30 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM, de fecha 5 de setiembre del 2002, se declaró en Estado de Emergencia diversos departamentos del país ante la inmi- nencia del Fenómeno El Niño 2002-03; Que, ante los problemas de inundaciones y colapso de infraestructura hídrica principal, el Ministerio de Agricultu- ra ejecuta las acciones regulares a través del "Programa de Encauzamiento de Ríos y Protección de Estructuras de Captación (PERPEC), para disminuir los riesgos de des- bordes e inundaciones de las áreas agrícolas y poblados amenazados; Que, en tal sentido, resulta necesario conformar una Comisión Ad-Hoc integrada por funcionarios del Ministe- rio de Agricultura y del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, con la finalidad de verificar la ca- pacidad de respuesta de las Direcciones Regionales de Agricultura involucradas en la ejecución del Progra- ma PERPEC - Plan Mínimo de Prevención Fenómeno El Niño 2002-03, en calidad de organismos de ejecu- ción locales; Estando a las atribuciones conferidas por el Decre- to Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 017- 2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión Ad-Hoc, encargada de verificar la capacidad de respuesta del Programa PERPEC - Plan Mínimo de Prevención Fe- nómeno El Niño 2002-03 de las Direcciones Regiona- les de Agricultura responsables de la ejecución de ac- ciones locales. Artículo 2º.- Designar a los siguientes funcionarios:a) Ing. Jorge Ferreyros Flores, Asesor de Asuntos del Sistema de Defensa Nacional, en representación del Mi- nisterio de Agricultura; b) Lic. José Eduardo Callirgos Pucce, Evaluador y Ana- lista Financiero, en representación del Ministerio de Agri- cultura; c) Ing. Oscar Darío Vargas Cerrón, Supervisor de la Dirección General de Aguas y Suelos, en representación del INRENA; d) Ing. Roberto Alarcón Díaz, Supervisor del Área de Mantenimiento, en representación del Programa de Maqui- naria Agrícola, Agroindustrial y Pesada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 19330 DEFENSA Aprueban el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del SENAMHI DECRETO SUPREMO Nº 017-DE/OPD EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General", establece entre otras disposiciones, las normas para que las entidades de la Administra- ción Pública elaboren, actualicen y aprueben sus res- pectivos Texto Único de Procedimientos Administrativo - TUPA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 066 DE/SG del 27 de setiembre de 1993, se aprobó el Texto Único de Proce- dimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, el mismo que fue actualizado y modificado por Decreto Supremo Nº 043 DE/ SG del 6 de setiembre de 1999; y, mediante Decreto Su- premo Nº 019 DE/SG del 10 de abril de 2001, se incluyó un nuevo procedimiento "Accesos de las Personas naturales o jurídicas a la información que posee o produce el SENA- MHI"; Que, es necesario adecuar el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Servicio Nacional de Meteoro- logía e Hidrología - SENAMHI, a las disposiciones estable- cidas en la mencionada Ley; y, De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, concor- dante con el numeral 38.1 del artículo 38º de la Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo 1º. - Aprobar el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Me- teorología e Hidrología - SENAMHI, que forma parte inte- grante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Derogar el Decreto Supremo Nº 066 DE/ SG del 27 de setiembre de 1993, el Decreto Supremo Nº 043 DE/SG del 6 de setiembre 1999 y el Decreto Supremo Nº 019 DE/SG del 10 de abril 2001. Artículo 3º. - El presente Decreto Supremo será re- frendado por el señor Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa