Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2002 (25/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de noviembre de 2002

De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y los demas que resulten responsables por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 20696 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 439-2002-JUS MORDAZA, 20 de noviembre de 2002 Visto el Oficio Nº 1636-2002-JUS/PPMJ de fecha 18 de octubre de 2002, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 200-2002-SUNARP-RPU/ GAL de fecha 18 de setiembre de 2002, la Oficina de Asesoria Legal del Registro Predial MORDAZA manifiesta que sobre la base del Informe Nº 176-2002/RPU-GAL, de la Oficina de Auditoria de dicha entidad se desprende la existencia del presunto delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos, cometidos presumiblemente por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ormeno quien se habria beneficiado con la suma de S/. 1,378.50 (Mil Trescientos Setentiocho y 50/100 Nuevos Soles), y don MORDAZA MORDAZA Cordoba MORDAZA, quien se habria beneficiado con la suma S/. 3,374.50 (Tres Mil Trescientos Setenticuatro y 50/100 Nuevos Soles), incurriendo en conducta punible prevista y penada en los articulos 427º, 428º y 387º del Codigo Penal en agravio del Estado y Registro Predial MORDAZA, por lo que es procedente la autorizacion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ormeno y don MORDAZA MORDAZA Cordoba MORDAZA y los que resulten responsables de la comision del delito de Peculado y contra la Fe Publica, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 20697 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 440-2002-JUS MORDAZA, 20 de noviembre de 2002 Visto el Oficio Nº 1713-2002-JUS/PPMJ de fecha 4 de noviembre de 2002, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 68-2002-SUNARP-Z.R. Nº IX/OL, de fecha 18 de octubre de 2002, el Jefe de la Oficina Legal de la Zonal Registral Nº IX - Sede MORDAZA, informa que la Partida de Matrimonio Nº 43 del 12 de diciembre de 1985, presentada por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA San MORDAZA con la solicitud bajo el Nº 3947 de fecha 25 de MORDAZA de 2002, de reconstruccion de antecedentes del vehiculo de Placa de Rodaje PO-7692, ante el Registro de Bienes Muebles de la MORDAZA Registral Nº IX sede MORDAZA, es presuntamente falsa, toda vez que conforme a lo senalado por el MORDAZA de la Municipalidad de Paracas, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su Oficio Nº 225-02-MDP/ALC, de fecha 19 de agosto de 2002, manifiesta que dicha Partida no fue expedida por su Municipalidad que los sellos, firmas y formato no corresponden a los que se utilizan en dicha entidad, razon por la cual es procedente la autorizacion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA San MORDAZA, y los demas que resulten responsables por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 20698 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 441-2002-JUS MORDAZA, 20 de noviembre de 2002 Visto el Oficio Nº 1595-2002-JUS/PPMJ de fecha 15 de octubre de 2002, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 1174-2002-SUNARPZ.R Nº IX-GBM, de fecha 13 de setiembre de 2002, la Ge-

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