Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2002 (25/11/2002)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de noviembre de 2002

Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes en forma individual contra las siguientes personas: 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3. MORDAZA MORDAZA MOLLEAPAZA 4. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5. Glodohualdo MORDAZA MORDAZA BILLODAS 6. MORDAZA MORDAZA BROUSSET MORDAZA 7. MORDAZA del MORDAZA VALDIVIESO MORDAZA 8. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9. MORDAZA Biviana LACMA MORDAZA 10. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11. Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y los demas que resulten responsables por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 20730

dido, contra el Ing. MORDAZA MORDAZA Doria de la MORDAZA Ugarte, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Uchofen, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acuna, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA Yanez, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con independencia de las acciones administrativas que la autoridad competente adopte contra el personal administrativo de la Oficina Registral Regional Nor Oriental del Maranon; Que, estando a los hechos expuestos es procedente la autorizacion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra el Ing. MORDAZA MORDAZA Doria de la MORDAZA Ugarte, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Uchofen, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acuna, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA Yanez, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 20731

Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales contra diversas personas por perjuicio economico y presunta comision de delitos en agravio de la Oficina Registral Regional Nor Oriental del Maranon
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 444-2002-JUS MORDAZA, 22 de noviembre de 2002 Vistos los Oficios Nº 1531-2002-JUS/PPMJ, de fecha 02 de octubre de 2002, y Nº 1672-2002-JUS/PPMJ, de fecha 23 de octubre de 2002, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos y el Informe Especial de Auditoria al 31 de diciembre de 2001, realizado por Auditores y Consultores "Vera & Asociados S.C.", se concluye la conveniencia de incoar accion civil contra el Ing. MORDAZA MORDAZA Doria de la MORDAZA Ugarte, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Uchofen, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acuna, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA Yanez, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, responsables solidarios del dano ocasionado a la Oficina Registral Regional Nor Oriental del Maranon, sobre responsabilidad contractual e indemnizacion de danos y perjuicios ya que de conformidad con lo expuesto en el citado Informe, se puede determinar que no han cumplido con lo estipulado en los contratos celebrados, causando enorme perjuicio economico a la Oficina Registral Nor Oriental del Maranon, que es necesario resarcir; Que, ante las graves deficiencias encontradas en la elaboracion del expediente tecnico, asi como en la construccion de la sede Registral de la MORDAZA de Chota, se ha determinado su inhabilitacion, ocasionando un perjuicio economico para la entidad contratante; Que, asimismo debe instaurarse la accion penal por los hechos que evidencian indicios razonables de comision del delito de Concusion, previsto y penado, en el articulo 382 del Codigo Penal vigente y el delito de Estafa y otras defraudaciones, tipificadas en el articulo 196 del Codigo alu-

Autorizan cierre de centros de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 265-2002-JUS MORDAZA, 19 de noviembre de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 16510, de fecha 20 de junio de 2002, de la asociacion civil denominada CENTRO DE CONCILIACION MEJOR ALTERNATIVA; CONSIDERANDO: Que, la asociacion civil denominada CENTRO DE CONCILIACION MEJOR ALTERNATIVA, fue autorizada mediante Resolucion Viceministerial Nº 271-2001-JUS a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "MEJOR ALTERNATIVA" con sede en la MORDAZA de Lima; Que, la asociacion civil denominada CENTRO DE CONCILIACION MEJOR ALTERNATIVA, mediante acta de asociados de fecha 11 de junio de 2002 acordo el cierre definitivo del Centro de Conciliacion; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1845-2002JUS/STC, de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion civil denominada CENTRO DE CONCILIACION MEJOR ALTERNATIVA; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 0392001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS;

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