Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2002 (30/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de noviembre de 2002

de Relaciones Exteriores ni da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 21152

virtud a lo dispuesto por el articulo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y el articulo 108º, numeral 2) del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, la contratacion de los servicios de alimentacion y conexos para la realizacion de los actos de protocolo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en la XV Reunion Regional Americana de la Organizacion Internacional del Trabajo. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo la contratacion de los servicios referidos en el articulo anterior. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial, asi como los informes tecnicos correspondientes deben remitirse a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias (10) calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 21036

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Exoneran de MORDAZA de seleccion contratacion de servicios de alimentacion y conexos para realizacion de actos de protocolo en la XV Reunion Regional Americana de la OIT
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 326-2002-TR MORDAZA, 20 de noviembre de 2002 Vistos: El Oficio Nº 1543-2002-TR/OA, el Informe Nº 146-2002-OA/OASA y el Informe Nº 209-2002-TR/ OAJ; CONSIDERANDO: Que, del 10 al 13 de diciembre proximo se realizara en MORDAZA la XV Reunion Regional Americana de la Organizacion Internacional del Trabajo - OIT, la misma que constituye el evento hemisferico mas importante de esta organizacion a la que asisten delegaciones de Estados, empleadores, trabajadores y consejeros tecnicos; Que, de acuerdo al articulo 33º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR, la institucion tiene la atribucion atender los aspectos vinculados a las relaciones binacionales o multinacionales con los organismos internacionales y dependencias publicas, privadas y regionales en materia de trabajo y promocion del Empleo; Que, lo senalado origina la necesidad de realizar actos de protocolo acordes con la importancia del evento y sus participantes a fin de consolidar la imagen del Peru en el contexto internacional; Que, de los informes de vistos se aprecia que la institucion realizo reuniones de coordinacion con la OIT y el Ministerio de Relaciones Exteriores a fin de determinar las acciones de protocolo a realizar. Con fecha, 13 de noviembre de los corrientes se determino que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo realizaria dos reuniones protocolares para aproximadamente 450 personas, asistentes que habran de ser confirmados por la OIT a partir del 25 de noviembre; Que, el Informe Tecnico emitido por la Oficina de Abastecimientos de la entidad establece que la cuantia aproximada para la realizacion de tales actos corresponderia a un MORDAZA de adjudicacion directa selectiva, lo cual imposibilitaria contar con los servicios de alimentacion y conexos en la oportunidad del evento; Que, la situacion descrita tipifica como un caso de urgencia que amerita una accion inmediata en materia de contrataciones y adquisiciones a fin de cumplir con las obligaciones de protocolo de la institucion a fin de desarrollar de manera eficiente las relaciones internacionales vinculadas con el trabajo y la promocion del empleo; verificandose de lo senalado un supuesto de exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva; Que la exoneracion debe formalizarse mediante Resolucion Ministerial y debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de su emision en

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Amplian plazo para la adecuacion de documentos de gestion, a que se refiere disposicion final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio
DECRETO SUPREMO Nº 045-2002-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, publicado el 24 de agosto de 2002, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones debera adecuarse a lo dispuesto en dicho Decreto, lo que incluye la adecuacion de sus documentos de gestion, en un plazo que no excedera de noventa (90) dias calendario contados desde la fecha de su publicacion; Que, resulta necesario ampliar el plazo senalado por el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC a fin que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones se adecue a lo establecido en la mencionada norma; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27791; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliese en sesenta (60) dias calendario el plazo senalado por la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

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