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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/11/2002)

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Pág. 234244 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de noviembre de 2002 de Relaciones Exteriores ni da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o de- nominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21152 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Exoneran de proceso de selección con- tratación de servicios de alimentación y conexos para realización de actos de protocolo en la XV Reunión Regional Americana de la OIT RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 326-2002-TR Lima, 20 de noviembre de 2002 Vistos: El Oficio Nº 1543-2002-TR/OA, el Informe Nº 146-2002-OA/OASA y el Informe Nº 209-2002-TR/ OAJ; CONSIDERANDO: Que, del 10 al 13 de diciembre próximo se realizará en Lima la XV Reunión Regional Americana de la Or- ganización Internacional del Trabajo - OIT, la misma que constituye el evento hemisférico más importante de esta organización a la que asisten delegaciones de Esta- dos, empleadores, trabajadores y consejeros técnicos; Que, de acuerdo al artículo 33º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR, la institución tiene la atri- bución atender los aspectos vinculados a las relacio- nes binacionales o multinacionales con los organismos internacionales y dependencias públicas, privadas y regionales en materia de trabajo y promoción del Em- pleo; Que, lo señalado origina la necesidad de realizar actos de protocolo acordes con la importancia del evento y sus participantes a fin de consolidar la imagen del Perú en el contexto internacional; Que, de los informes de vistos se aprecia que la institu- ción realizó reuniones de coordinación con la OIT y el Mi- nisterio de Relaciones Exteriores a fin de determinar las acciones de protocolo a realizar. Con fecha, 13 de noviem- bre de los corrientes se determinó que el Ministerio de Tra- bajo y Promoción del Empleo realizaría dos reuniones pro- tocolares para aproximadamente 450 personas, asisten- tes que habrán de ser confirmados por la OIT a partir del 25 de noviembre; Que, el Informe Técnico emitido por la Oficina de Abastecimientos de la entidad establece que la cuantía aproximada para la realización de tales actos correspon- dería a un proceso de adjudicación directa selectiva, lo cual imposibilitaría contar con los servicios de alimenta- ción y conexos en la oportunidad del evento; Que, la situación descrita tipifica como un caso de urgencia que amerita una acción inmediata en materia de contrataciones y adquisiciones a fin de cumplir con las obligaciones de protocolo de la institución a fin de desarrollar de manera eficiente las relaciones interna- cionales vinculadas con el trabajo y la promoción del empleo; verificándose de lo señalado un supuesto de exoneración del proceso de adjudicación directa selecti- va; Que la exoneración debe formalizarse mediante Reso- lución Ministerial y debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 días hábiles de su emisión envirtud a lo dispuesto por el artículo 115º del Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones y el artículo 108º, numeral 2) del Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente, la contratación de los servicios de alimentación y conexos para la realización de los actos de protocolo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en la XV Reunión Regional Americana de la Organización Internacional del Trabajo. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Adminis- tración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la contratación de los servicios referidos en el artículo ante- rior. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, así como los informes técnicos correspondientes deben remi- tirse a la Contraloría General de la República dentro de los diez días (10) calendario siguientes a la fecha de su apro- bación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 21036 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Amplían plazo para la adecuación de documentos de gestión, a que se re- fiere disposición final del Reglamento de Organización y Funciones del Mi- nisterio DECRETO SUPREMO Nº 045-2002-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, publica- do el 24 de agosto de 2002, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Segunda Disposición Final del Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones deberá adecuarse a lo dispuesto en dicho Decreto, lo que incluye la adecuación de sus documentos de gestión, en un plazo que no excederá de noventa (90) días calendario contados desde la fecha de su publicación; Que, resulta necesario ampliar el plazo señalado por el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC a fin que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones se adecue a lo estable- cido en la mencionada norma; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27791; DECRETA: Artículo 1º.- Amplíese en sesenta (60) días calendario el plazo señalado por la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.