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Pág. 231698 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de octubre de 2002 actuado bajo responsabilidad del Titular del Pliego de to- dos los actuados al "INAP" (Instituto Nacional de Admi- nistración Pública), cuando esta Institución existía como ente regulador y normativo; no existiendo a la fecha tal Institución; por lo que faculta a las Municipalidades dada la Autonomía la regularización de Nombramiento del per- sonal; conferida en el Artículo 47º inciso13) de la Ley Nº 23853- Ley Orgánica de municipalidades; Que, desde el año presupuestal de 1990 se prohibían los Nombramientos, bajo las Normas de Austeridad; pero en concordancia a la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2002, en su Artículo 12º, Numerales 12.1); 12.2) y 12.6) establece que si bien es cierto, están prohibi- dos los nombramientos en el Sector Público Nacional, esta prohibición se exceptúa cuando las leyes o normas con ran- go de ley, por excepción prevean autorizaciones para Nom- brar, éstas deben de contar, previo al nombramiento, con la asignación presupuestaria aprobada en el grupo Genérico de Gasto 1 Personal y Obligaciones Sociales de la unidad ejecutora y realizarse con sujeción a los Cargos estableci- dos en el "CAP", situación que efectivamente se cumple en la Municipalidad Distrital de Talavera de la Reyna y con la dotación correspondiente tal como se aprecia del Acuerdo de Concejo de fecha 27 de noviembre de 2001, corroborado por la Resolución de Alcaldía Nº 108-2001/MDT/A con fe- cha 13 de diciembre de 2001 que aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de Ta- lavera de la Reyna, y la Estructura Funcional Programática correspondiente al Ejercicio Fiscal del año 2002. Que, los trabajadores contratados permanentes se en- cuentran en consecuencia inmersos dentro de los alcan- ces de la Ley Nº 24041 que señala que los servidores pú- blicos contratados para labores de naturaleza permanen- te, que tengan más de un año ininterrumpido de servicios, no pueden ser cesados ni destituidos sino por causas pre- vistas en el Capítulo V del Decreto Legislativo Nº 276 y con sujeción al procedi miento establecido en él, sin per- juicio de lo dispuesto en el Artículo 15º de la misma ley; Que, el sistema de Gestión Presupuestaria, las leyes anuales de presupuesto para el sector público y las directi- vas para la programación, formulación y aprobación de los presupuestos institucionales de apertura para los Gobier- nos Locales en lo pertinente al sistema de personal, sola- mente contempla personal nombrado y contratado, por ser- vicios personales y no personales, de manera que los servi- dores antes referidos estarían inmersos en el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 276 y de acuerdo a las Planillas de Remuneraciones que o bran en el Área de Recursos Hu- manos y Área de Administración Financiera, los servidores en mención vienen laborando en forma permanente y en plazas presupuestadas, ya que éstos están coberturando una plaza existente en el Cuadro de Asignación de Personal - "CAP" cada uno con nivel remunerativo correspondiente; Que, igualmente se ha cumplido con lo dispuesto en el Artículo 2º de la Ley Nº 24241; los cargos y plazas de la administración pública así como las promociones de ca- tegorías o funciones serán cubiertos por concurso de mé- ritos; es decir, las bases para el presente concurso de pro-visión y promoción fueron publicados y divulgados dentro de la Municipalidad con dos meses de anticipación; igual- mente la Comisión "Ad Hoc" quedó integrado quince días antes de la fecha de ejecución del Concurso tal como se observa de los dispositivos legales emitidos por el Muni- cipio antes referido; Que, mediante Informe Nº 001-2002-MDT-COMIS-AD- HOC, de fecha 11 de setiembre del 2002, la Comisión "AD- HOC" emite su informe para su aprobación del Cuadro de Méritos adjuntando la documentación sustentatoria, así como el puntaje aprobatorio que obtuvieron para cubrir las plaza vacantes, el mismo que se desarrolló siguiendo los Procedimientos respectivos; Estando a la Hoja de Opinión Legal Nº 028-2002-MDT/ AAJ del Área de Asesoría Jurídica y las atribuciones con- feridas por el Artículo 47º Inciso 6to. de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR, como servidores de Carrera de la Municipalidad Distrital de Talavera de la Re- yna a partir de la entrada en vigencia del presente Acto Administrativo en mérito a las consideraciones antes ex- puestas, conservando su Grupo Ocupacional y Categoría Remunerativa correspondiente el personal que a conti- nuación se detalla: Nombres y Apellidos Categ. Rem. Cargo 1. Bethy Rosa, OSCCO VÁSQUEZ STB Registradora Civil 2. Emiliano Angel, BORDA CHIPANA STB Coordinador de Rentas 3. Miguel Arzedio, CABEZAS FLORES STB Coordinador de Abastecimiento 4. Simón, SALCEDO MEDINA STB Policía Municipal 5. Gavino, ALARCÓN RIVAS STC Técnico en Servicios 6. Epifania, ORTEGA GUTIÉRREZ SAA Trabajador de Servicios Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Reso- lución a los interesados para su conocimiento y fines; así como a las instancias pertinentes de acuerdo a Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la pre- sente Resolución a la Oficina de Administración y Finanzas a través del Área de Recursos Humanos, quienes deberán tener en cuenta las normas vigentes para la asignación de los servicios nombrados con este Acto Administrativo. Artículo Cuarto.- El egreso que genere la presente Resolución será con cargo al Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de Talavera de la Reyna, Ru- bro 5. Gastos Corrientes 5.1.11.01. Retrib. y Compl.- Ley de Bases de la Carrera Administrativa, bajo responsabili- dad de las oficinas citadas en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALTER VIVANCO LA TORRE Alcalde (e) 18469 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL