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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (19/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 92

Pág. 231686 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de octubre de 2002 a la Municipalidad de los inmuebles donde se desarrolla- rá el "Proyecto del Gran Mercado Mayorista de Lima" a efecto de consolidar la propiedad del mismo, a mérito de lo dispuesto por el Acuerdo de Concejo Nº 177 de 4 de julio del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Metropolitano de Lima en su Sesión de fecha 4 de julio de 2002, a través del Acuerdo de Con- cejo Nº 177, autorizó la transferencia a favor de la Munici- palidad Metropolitana de Lima de inmuebles de propie- dad del Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET, señalando que el valor de los mismos, es el establecido en las escrituras públicas de adquisición; Que, a mérito de lo dispuesto en el precitado Acuerdo de Concejo, la Dirección Municipal Administrativa, mediante Oficio Nº 490-2002-DMA/MML, comunica que se han rea- lizado las negociaciones correspondientes con los funcio- narios responsables del INVERMET, acordando realizar la transferencia mediante la modalidad de compraventa, de los siguientes inmuebles: 1. El inmueble Mercado Mayorista de Santa Anita, ubi- cado a la altura del Km. 3.376 y 4 de la Carretera Central - distrito de Santa Anita, cuyo dominio corre inscrito en el asiento 3-2 del rubro C-E de la Ficha 1673796 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, por un monto de S/. 68'667,510.39 Nuevos Soles. 2. El inmueble del Mercado Mayorista de La Victoria Nº 1, ubicado en el sector denominado La Parada, ubicado entre la cuadra 3 de la Av. Aviación, las cuadras 17 y 18 del Jr. Unanue y la Av. San Pablo y el Jr. Humboldt; cuyo domi- nio corre inscrito en el asiento 3-2 del rubro C-E de la Fi- cha 1673795 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, por un monto de S/. 19'328,038.86 Nuevos Soles. 3. El inmueble del Mercado Minorista de La Victoria, ubicado entre la Av. Aviación, el Jr. Unanue, Jr. Humboldt y Av. San Pablo, cuyo dominio corre inscrito en el asiento 3- 2 del rubro C-E de la Ficha 373120 del Registro de Pro- piedad Inmueble de Lima, por un monto de S/. 24'241,713.82 Nuevos Soles. Que, la modalidad de pago del precio pactado ha sido acordada en los siguientes términos: 1. El plazo para el pago del valor pactado será de 30 años, contados a partir de la entrega en Concesión del Proyecto Gran Mercado Mayorista de Lima - GMML. En caso que al vencimiento de dicho plazo, no se haya cum- plido con cancelar el íntegro del precio, la Municipalidad deberá cancelar el saldo existente revirtiendo para ello todo o parte del GMML. 2. El precio de venta será actualizado en función al Ín- dice de Precios al Consumidor - IPC, en tanto se culmine con su cancelación. Para estos efectos se ha establecido un período de gracia de dos años para el cálculo y pago del reajuste. Que, en cuanto a la cancelación del precio pactado, éste será efectuado con los recursos provenientes de: 1. La totalidad de los ingresos derivados de la explota- ción bajo cualquier concepto de los inmuebles donde se encuentran ubicados los Mercados Mayorista Nº 1 y Mino- rista Nº 1, menos los gastos de administración de los in- muebles. 2. El íntegro de la contribución que deba aportar el con- cesionario por concepto de obras viales de acceso al GMML. 3. Los derechos provenientes de los ingresos por conce- sión, del GMML, deduciéndose únicamente las siguientes cargas: Los gastos de administración en que se incurrirá para la entrega en concesión (COPRI-CEPRI); el costo fijo para el mantenimiento de la Oficina de Administración que la Municipalidad mantendrá en el GMML; y, los pagos que se realizarán a las firmas COSAPI S.A. y ALPHA CON- SULT S.A. - CESEL S.A. - BUSTAMANTE WILLIANS, por las obras realizadas en el predio. Que, en el Oficio de la Dirección Municipal Adminis- trativa también se señala lo manifestado por la Oficina General de Finanzas en su Informe Nº 009-2002-MML/ DMA-OGF, respecto a que la operación en cuestión no generará cargo alguno para la Municipalidad por tratarse de una operación autofinanciada con los propios recur-sos que generen los predios a adquirirse, resultando con- veniente para la Corporación; Que, de acuerdo a lo manifestado en los Informes Nº 2021-2002-OGAJ/MML de la Oficina General de Asuntos Jurídicos y Nº 012-2002-OASA-DMA/MML de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Generales, respectivamen- te, al haber aceptado el INVERMET, por Acuerdos de Comité Directivo Nºs. 625/3.1 y 630/3.7, la transferencia mediante la modalidad de compraventa de los inmuebles bajo las condiciones señaladas en los considerandos an- teriores, la operación propuesta resulta ventajosa tanto técnica como económicamente para la Municipalidad, no sólo en razón de los costos y condiciones de pago en que han sido ofertados los referidos inmuebles, sino por la na- turaleza de insustituibles, ya que han sido destinados para el funcionamiento de los Mercados Mayoristas de Lima; siendo procedente para su adquisición la aplicación del procedimiento de adjudicación de Menor Cuantía, al es- tar enmarcado dentro de los alcances de las disposicio- nes del Artículo 106º del Decreto Supremo Nº 0013-2001- PCM, que establece la exoneración del procedimiento de selección para los casos de adquisición o contratación entre Entidades del Estado; Que, el Artículo 5º del Reglamento de INVERMET aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 083 de 3 de sep- tiembre de 1996, faculta a INVERMET a ceder sus bienes a la Municipalidad Metropolitana de Lima, si ello fuera ne- cesario o se requiriese para llevar adelante un Programa o Plan Municipal, que se encuadre dentro de las funcio- nes y competencias de la Municipalidad; Que, en el presente caso, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 70º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, constituyen atribuciones de las muni- cipalidades provinciales, entre otras, formular, aprobar, eje- cutar y supervisar el plan integral de desarrollo provincial, asimismo de conformidad con lo dispuesto por el inciso 3° del mismo artículo, entre sus atribuciones se encuentra el derecho de utilizar los terrenos de su propiedad y los que le fueran cedidos por el Estado para la vigencia de su programa de desarrollo, ya sea por cuenta propia, o me- diante adjudicación o arrendamiento en pública subasta, a favor de personas naturales o jurídicas que se compro- metan a realizarlos; Que, en concordancia con el Artículo 26º inciso c) de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2002, Nº 27573, las adquisiciones se realizan mediante el procedimiento de Licitación Pública cuando el valor re- ferencial es superior a S/. 350,000.00 (Trescientos Cin- cuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, teniendo en cuenta la normatividad precitada y al ascender la presente adquisición a S/. 112'237,263.07 (Ciento doce millones, doscientos treinta y siete mil dos- cientos sesenta y tres y 07/100 Nuevos Soles), estaría enmarcada en el procedimiento de selección bajo la moda- lidad de Licitación Pública; por lo que la autorización de exoneración del proceso de selección, a aprobarse me- diante Acuerdo de Concejo permitirá, para este caso, el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, debien- do cumplirse para ello con las formalidades establecidas en el Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar los términos de com- praventa propuestos para la formalización de la transfe- rencia a la Municipalidad Metropolitana de Lima de los in- muebles donde se desarrollará "El Proyecto del Gran Mer- cado Mayorista de Lima" de propiedad del Fondo Metropo- litano de Inversiones - INVERMET, a efectos de consolidar la propiedad de los mismos, en ejecución de lo dispuesto mediante Acuerdo de Concejo Nº 177 del 4 de julio de 2002. Artículo Segundo.- En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 19º e inciso c) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y demás normas legales aplicables, DECLARAR que se encuentra exonerada del proceso de licitación pública, autorizando se realice mediante el pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, la adquisición por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante la com- praventa de los inmuebles del Mercado Mayorista de Santa Anita, el Mercado Mayorista de La Victoria Nº 1 y el Mer- cado Minorista de La Victoria, cuyos dominios corren ins- critos en los asientos 3-2 del rubro C.E. de las Fichas