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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (19/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 87

Pág. 231681 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de octubre de 2002 inscripción de d ominio del terreno antes descrito, de con- formidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie- dad Estatal", y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio de pre- dios a favor del Estado aprobada por Resolución Nº 011- 2002/SBN; Que, conforme al Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 21 de agosto del 2002, el Registro Predial Urba- no señala que según el Informe Técnico Nº 5063-2002- GR-OC-LIMA de fecha 9 de agosto del 2002 emitido por la Oficina de Catastro del citado registro, el área de terre- no de 86 190,71 m2, que comprende el área de 86 155,91 m2 antes descrita no se encuentra dentro de su jurisdic- ción ni se superpone con algún perimétrico registrado en el RPU; Que, según Certificado Catastral de fecha 10 de se- tiembre del 2002, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Zona Registral IX - Lima señala, que de conformi- dad con el Informe Técnico Nº 4324-2002-ORLC-GPI- SCAT de fecha 4 de setiembre del 2002 emitido por la Subgerencia de Catastro, el área de terreno de 86 190,71 m2 que comprende el terreno submateria se ubica en ámbito donde gráficamente no se observa ins- cripción; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de setiembre del 2001 que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bie- nes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resolu- ciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0309-2002/SBN-GO-JAR de fecha 3 de octubre del 2002; y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001; Decreto Su- premo Nº 131-2001-EF; Decreto Supremo Nº 154-2001- EF; Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y la Resolución Nº 011-2002/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 86 155,91 m2 ubica- do hacia el lado derecho de la Carretera Central camino a Chosica a la altura del kilómetro 23.5, en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 18427 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 167-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 14 de octubre de 2002 Visto el Expediente Nº 088-2002/SBN-JAR corres- pondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 444 470,37 m2 ubicado a la margen izquierda del río Rímac en el lugar denomi- nado "Quebrada La Cantuta" altura del kilómetro 33,500 de la Carretera Central, colindante a la localidad de Cho- sica, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y,CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, mediante inspección técnica realizada con fecha 11 de julio del 2002, se identificó un terreno eriazo con topografía en pendiente suave y pronunciada de 444 470,37 m2 ubicado a la margen izquierda del río Rímac en el lugar denominado "Quebrada La Cantuta", a la altu- ra del kilómetro 33,500 de la Carretera Central, colindan- te a la localidad de Chosica, distrito de Lurigancho, pro- vincia y departamento de Lima; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que señala que los terrenos eriazos o ribereños son bienes de propiedad estatal, por lo que co- rresponde tramitar la primera inscripción de dominio del terreno de 444 470.37 m2, descrito en el considerando precedente, de conformidad con el Artículo 3º del Decre- to de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN; Que, según Certificado de Búsqueda Catastral, de fe- cha 21 de agosto del año en curso, el Registro Predial Urbano señala que de conformidad con el Informe Técni- co Nº 6006,2002-GR-OC-LIMA, de fecha 9 de agosto del 2002, el área de terreno de 444 470,37 m2, no está inscri- to en el Registro Predial Urbano; Que, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Ofici- na Registral de Lima y Callao, mediante Oficio Nº 2055- 2002-ORLC/GPI, de fecha 6 de setiembre del año en curso, señala que de conformidad con el Informe Técni- co Nº 4157-2002-ORLC-GPI-SCAT emitido por la Sub- gerencia de Catastro, del 22 de agosto del 2002, el te- rreno submateria, se ubica en zona donde no se obser- va inscripción; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de setiembre del 2001 que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bie- nes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como también, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Dispo- sición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, De- creto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Regla- mento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 313-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 14 de octubre del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 444 470,37 m2 ubi- cado a la margen izquierda del río Rímac en el lugar de- nominado "Quebrada La Cantuta", altura del kilómetro 33,500 de la Carretera Central, colindante a la localidad de Chosica, distrito de Lurigancho, provincia y departa- mento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 18426