Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2002 (26/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de octubre de 2002

Articulo 4º.- El egreso se afectara al Presupuesto del Proyecto Especial PROTRANSPORTE DE MORDAZA del ano 2002, de acuerdo al siguiente detalle:
Clasificacion Institucional: Jefatura de Gestion Unidad Ejecutora Centro de Costo 1 1 1110 Gobierno y Gerencia Municipal Secretaria General Proyecto Espeical "Proyecto de Preparacion del Plan de Inversiones para el Transporte Metropolitano de Lima" PROTRANSPORTE MORDAZA Proyecto Protransporte de MORDAZA Proyecto Protransporte de MORDAZA

Proyecto Tarea

1069 01

Clasificacion Funcional Programatica: Funcion Programa Subprograma 2 03 011 Gerencia Municipal Planeamiento del Desarrollo Local Estudios e Investigaciones

Clasificacion Especifica del Gasto: 5.3.11.32 Pasajes y Gastos de Transporte US$ 6,404.40

Fuente de Financiamiento: 13 Donaciones y Transferencias

Articulo 5º.- Encargar al Proyecto Especial PROTRANSPORTE DE MORDAZA el cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo 6º.- La presente Resolucion de Alcaldia no da derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 18877

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban proyectos de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION N°802-2002-RASS Expediente N°009493-2002 M-2
MORDAZA de MORDAZA, 22 de octubre de 2002 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El petitorio de MORDAZA Pinillos Ashton sobre aprobacion de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, del terreno de su propiedad con 4,769.94 m2., constituido por el Lote N° 2, Mz. "C" de la Parcelacion Semi MORDAZA "El MORDAZA de Monterrico", ubicado con frente a la MORDAZA Tres Marias N° 231, distrito de MORDAZA de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Subdireccion de Obras Privadas emite el Informe N° 412-2002-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 37 a 39) detallando los documentos presentados por el administrado, cumpliendo con lo previsto en el MORDAZA y efectuada la inspeccion ocular al terreno se ha verificado que es un predio de topografia plana, en la parte del frente del lote y en la parte posterior empiezan las estribaciones del Cerro La MORDAZA, en cuanto a la vialidad el predio tiene su frente principal a la MORDAZA Tres Marias que cuenta con seccion transversal restringida de 10.00 m., motivo por el cual es necesaria su ampliacion a 14.40 m. como consta en el Certificado de Zonificacion y Vias, senala que debe retirarse 2.20 m. en todo el frente de la parcela a fin de alcanzar los 7.20 m. medidos desde el eje de la calzada actual y debera ejecutar la vereda de 1.80 m. y acondicionar la berma de estacionamiento; en cuanto a los Aportes Reglamentarios

las areas de aportes estan por debajo de las areas normativas minimas correspondientes a tales equipamientos, debiendo solicitar el administrado su redencion en dinero; Que, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable de fecha 17.09.2002 (fs. 40 a 42), con la indicacion expresa de redimir en dinero los Aportes Reglamentarios; Que, con escrito de fecha 21.10.02 (fs. 51) MORDAZA Benvenuto Novelli formula oposicion al presente procedimiento de habilitacion MORDAZA, indicando que desde el 29.12.88 es propietario del terreno MORDAZA denominado "Cerrito Libre", con 44,390 m2, ubicado en la Parcela 2-A de la urbanizacion Los MORDAZA, Lotizacion El MORDAZA, debidamente inscrito en la Ficha N° 360821 del Registro de la Propiedad de Inmueble de MORDAZA y que al haberse apersonado al Registro de la Propiedad de Inmueble de MORDAZA a fin de dar lectura a los Titulos de su propiedad tomo conocimiento que los planos originales de su terreno habian sido sustraidos, formulando la queja pertinente y el 25.09.2002 ha solicitado a la Gerencia de Propiedad de Inmueble la reconstruccion de dichos planos, de la descripcion literal de areas, linderos y medidas perimetricas del denominado "Cerrito Libre" contenidas en el antecedente registral, Titulo archivado N° 23988 del 18.03.83, Tomo N° 268 del Diario se desprende que el area del terreno MORDAZA materia de habilitacion se superpone con el area de terreno de su propiedad, por lo cual solicita se respete los linderos de su propiedad, inscritos en la ya mencionada Ficha. Acompana MORDAZA literal de la Ficha N° 360821 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA (fs. 53 a 56), MORDAZA literal de la Partida N° 49079398 del citado Registro (fs.57) y MORDAZA de su petitorio efectuado al Gerente de la Propiedad de Inmueble para que proceda a la reconstruccion de los planos sustraidos (fs.58); Que, mediante Informe N° 816-2002-ALPFL (fs. 60 y 61), del area legal de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, efectua que el analisis de la oposicion formulada por MORDAZA Benvenuto Novelli, senalando que el administrado MORDAZA MORDAZA Pinillos Ashton presento en el tramite de su Expediente N° 009493.2002 M-2 Titulo de Propiedad del Inmueble materia de autos, inscrito en el Asiento de Dominio de la Partida N° 47171016 del Registro de la Propiedad de Inmueble, obrante a fs. 3 a 7, en el que aparece area, linderos y medidas perimetricas, habiendo cumplido con la MORDAZA de los demas requisitos exigidos en el MORDAZA y por la ley de la materia; consecuentemente la documentacion presentada en el presente tramite de habilitacion MORDAZA goza de la presuncion establecida en el articulo 2013° del Codigo Civil: "el contenido de la inscripcion se presume MORDAZA y produce todos sus efectos mientras no se rectifique o declare judicialmente su invalidez", concordante con el MORDAZA de presuncion de veracidad consagrado en el Titulo Preliminar (articulo IV, inciso 1.7) de la Ley N° 27444, admitiendo dicha presuncion prueba en contrario. Senala que MORDAZA Benvenuto Novelli no ha presentado elemento probatorio y sustentatorio respecto a la superposicion de lotes a que alude en su oposicion y no constituye competencia de esta Corporacion la determinacion de areas o linderos de propiedad privada, ni el mejor derecho de propiedad relativo a los mismos, competencia exclusiva del organo jurisdiccional; incluso no cabe la abstencion o inhibicion prevista en el articulo 64° de la Ley N° 27444, en razon de no existir MORDAZA judicial sobre cuestion litigiosa que previamente debe ser esclarecida en un MORDAZA judicial y siempre que exista estricta identidad de sujetos hechos y fundamentos, situacion que no se acredita en autos; consecuentemente deviene en infundada la oposicion en mencion; De conformidad con la normatividad prevista en la Ordenanza N° 09-99-MSS, Ley N° 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-98-MTC y facultad expresa prevista en el articulo 47°, numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades N° 23853; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el N° 101.01-2002-SDOPRIV-DDU-MSS al 101.02-2002-SDOPRIV-DDU-MSS los Proyectos referentes a Trazado, Lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras correspondiente a la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico para Uso Residencial de Baja Densidad R-1, en el terreno de 4,769.94 m2. de propiedad de MORDAZA Pinillos Ashton, constituido por el Lote 2 Mz. "C" de la Parcelacion Semi MORDAZA "El MORDAZA de Monterrico", ubicado con frente a la MORDAZA Tres Marias N° 231, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a MORDAZA Pinillos Ashton para ejecutar, en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de

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