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Pág. 232051 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de octubre de 2002 sejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do – CONSUCODE - y del Instituto Nacional de Desarrollo. Regístrese y Comuníquese. EDUARDO E. ARIAS NIETO Director Ejecutivo (e) 18966 INDECOPI Modifican Norma Técnica sobre Bebi- das Alcohólicas. Extracción de Muestras RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0101-2002/INDECOPI-CRT Lima, 2 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 26º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adop- ción, Elaboración y Aprobación de Normas comprendido en el Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, incorporado a la le- gislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407; Que, la elaboración y aprobación de normas técnicas dentro del Sistema Peruano de Normalización, se rige por el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas, aprobado mediante Resolución Nº 0072-2000-INDECOPI-CRT, sobre la base de los princi- pios del Código de Buena Conducta para la Adopción, Ela- boración y Aprobación de Normas antes citado; Que, el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas, establece en su artículo 15º que las Normas Técnicas Peruanas serán revisadas pe- riódicamente para lograr su actualización; Que, en el marco de la reglamentación citada, el 13 de setiembre de 2002, el Comité Técnico de Normalización de Bebidas Alcohólicas informó a la Secretaría Técnica que la NTP 210.001:1966 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Extracción de muestras1, no er a aplicab le a la f echa debido a que presen- taba contradicciones respecto a la cantidad de muestra a extraer, solicitando su derogación sin perjuicio de la aproba- ción de una nueva Norma Técnica Peruana que la sustituya; Que, de acuerdo a lo señalado por el Comité Técnico de Normalización de Bebidas Alcohólicas se ha observado que los numerales 5.3.2.2. y 5.3.2.3. de la NTP 210.001:1966 com- prenden distintos valores sobre la cantidad de muestra a ex- traer, siendo necesario uniformizar dicho aspecto a efecto de mantener la vigencia de esta NTP tomando que cuenta que a la fecha ésta es de observancia obligatoria por estar compren- dida dentro de la NTP 211.001:1995 BEBIDAS ALCOHÓLI- CAS. Pisco. Requisitos, cuya obligatoriedad fue establecida mediante Resolución Ministerial Nº 316-91-ICTI/IND; Que, si bien actualmente la NTP 211.001:1995 BEBI- DAS ALCOHÓLICAS. Pisco. Requisitos, se encuentra so- metida a un proceso de revisión, que incluye la NTP 210.001:1966 bajo análisis, en tanto dicho procedimiento culmine es necesario mantener la vigencia de ambas Nor- mas Técnicas a efecto no generar vacíos en la regulación técnica del Pisco, que afecten indebidamente la produc- ción y comercialización de este producto; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Inde- copi y el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miem- bros, reunidos en su sesión de fecha 2 de octubre de 2002; RESUELVE: Primero.- MODIFICAR la Norma Técnica Peruana 210.001:1966 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Extracción de muestras, unificando sus numerales 5.3.2.2 y 5.3.2.3 en los siguientes términos: “5.3.2.2. La primera extracción se destinará a enjuagar el frasco y deberá ser desechada; luego se repetirá la ope- ración indicada en 5.3.2, recogiendo el producto hasta com- pletar 4 litros. En el caso de que los vagones o camiones tanque tengan subdivisiones internas, se deberá tomar unamuestra de cada división, en este caso el volumen total ex- traído por cada tanque, vagón, camión tanque o depósito, se homogenizará por agitación en un recipiente de material in- atacable, se separarán las fracciones destinadas a las par- tes interesadas y luego se envasará como se indica en 5.5.1”. Segundo.- La presente modificación entrará en vigen- cia al día siguiente de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encárgase a la Secretaría Técnica la difu- sión de la presente modificatoria mediante la página web del Indecopi, así como la inclusión de ademdun corres- pondiente en cada uno de los ejemplares de la NTP 210.001:1966, que obra en el Centro de Información y Do- cumentación del INDECOPI. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 1Aprobada mediante Resolución Directoral Nº DGI-0130. 18894 Aprueban Normas Técnicas sobre ges- tión ambiental, código de barras, ins- talaciones eléctricas en edificios, cue- ro, productos de cacao y otras RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0103-2002/INDECOPI-CRT Lima, 10 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 26º del Decre- to Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDE- COPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, correspon- de a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse so- bre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolu- ción Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo imple- mentado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Nor- malización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Reso- lución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración y ac- tualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión confor- mó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Per- manentes: a) Métodos Estadísticos, b) Gestión Ambiental, c) Codificación e Intercambio Electrónico de Datos - EDI, d) Seguridad Eléctrica - Subcomité de Instalaciones Eléctricas Interiores, e) Cuero, Calzado y Derivados y f) Cacao y Cho- colate, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Co- mités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización indicados, presentaron a la Secretaría Técnica de esta Comisión, Pro- yectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fe- chas siguientes: a. Métodos Estadísticos, 1 PNTP, el 16 de mayo del 2002. b. Gestión Ambiental, 2 PNTP, el 18 de mayo del 2002. c. Codificación e Intercambio Electrónico de Datos - EDI, 4 PNTP, el 26 de mayo del 2002. d. Seguridad Eléctrica - Subcomité de Instalaciones Eléctricas Interiores, 1 PNTP, el 27 de junio del 2002. e. Cuero, Calzado y Derivados, 1 PNTP, el 28 de junio del 2002. f. Cacao y Chocolate, 4 PNTP, el 28 de junio del 2002. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron ela- borados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Apro-