NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (13/09/2002)
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Pág. 229925 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de setiembre de 2002 Artículo Cuarto.- DÉJESE sin efecto las Resolucio- nes de Determinación, Órdenes de Pago u otros docu- mentos que contengan la deuda emitida por la Entidad de acuerdo a Ley. Si contra éstas se hubieran interpues- to recursos impugnatorios y se encuentren en trámite, se procederá a declarar su procedencia de oficio. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza alcanza tam- bién las deudas que se encuentren fraccionamiento de pago y/o en cobranza coactiva. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, Oficina de Administración, Oficina de Planificación y Presupuesto, Oficina de Rentas, Unidad de Informática y Estadística y Unidad de Imagen Institucional y Comunica- ción, el cumplimiento de la presente Ordenanza, dejándo- se sin efecto toda Disposición que se oponga a la presen- te. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 16406 Prorrogan plazos para pago de impues- to predial y arbitrios y del beneficio de regularización de deudas pendientes de pago - BERP 2002 ORDENANZA Nº 079 Villa María del Triunfo, 29 de agosto del 2002 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 29 de agosto del 2002, bajo la presidencia del señor Alcal- de Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores Regidores Sr. Wilfredo Enríquez Palo- mino, Sra. Aurora Heredia Condemarín, Sra. Ana Sin- che Rosales, Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escajadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Adrián Tarazo- na Fernández y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre prórroga de beneficios tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, los Arts. 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, concede a las Municipalidades autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia, otorgando potestad tributaria para crear, modifi- car, suspender o suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 063 de fecha 23.FEBRE- RO.2002 se establecen las fechas para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2002, cuya fe- cha de vencimiento de la 3ra. Cuota es el 31.AGOS- TO.2002; Que, con Ordenanza Nº 073 de fecha 28.JUNIO.2002 se establece el Beneficio de Regularización de Deudas Pendientes de Pago - BERP 2002; prorrogándose hasta el 31.AGOSTO.2002 mediante Ordenanza Nº 075 de fecha 31.JULIO.2002; Que, es política de esta Gestión Municipal, brindar las mayores facilidades de pago de deudas tributarias a sus contribuyentes; De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 36º, Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Munici- palidades; Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributación Mu- nicipal, concordante con la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario; con el Dictamen favorable de la Co- misión de Economía, Planificación y Presupuesto; con elvoto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la si- guiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30.SE- TIEMBRE.2002 la fecha de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, 3er. Trimestre del Ejercicio Fiscal 2002. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30.SE- TIEMBRE.2002 el Beneficio de Regularización de Deudas Pendientes de Pago - BERP 2002, con las modificaciones del acápite 4) de la Ordenanza Nº 073 - considerándose las sanciones pecuniarias (multas) generadas hasta el 31.AGOSTO.2002. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, Oficina de Rentas, Unidad de Informática y Estadísti- ca, Unidad de Imagen Institucional y Comunicación, así como Agencias Municipales de Desarrollo, el cumplimien- to de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 16408 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE NASCA Disponen saneamiento físico legal de bienes inmuebles sobre los que la Mu- nicipalidad Provincial de Nasca ejerce derecho de posesión ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2002-AMPN Nasca, 6 de setiembre del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE NASCA POR CUANTO: La Municipalidad Provincial de Nasca, en Sesión Ordi- naria de Concejo de fecha 3 de setiembre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco general de la Ley Orgánica Nº 23858, señala en su Art. 84º que el Patrimonio Munici- pal está constituido por los bienes y rentas de cada Municipalidad. Que, cuando una Entidad Pública no cuenta con títulos comprobatorios de Dominio de Predios sobre los cuales se encuentren ejerciendo actos posesorios o contando con ellos; es aplicable el D.S. Nº 154-2001-EF, que dispone en el Art. 31º la regularización de títulos y Primera de Domi- nio. Que, por D.S. Nº 130-2001-EF, se dictan medidas Re- glamentarias para que cualquier entidad pública pueda rea- lizar acciones de Saneamiento Técnico Legal y Contables de bienes de propiedad estatal. Estando a lo dispuesto por el Art. 191º de la Consti- tución Política del Estado y los Arts. 2º, 10º y 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, D.S. Nº 030- 2001-EF, concordante con el D.S. Nº 054-2001-EF, con las facultades y atribuciones que está investido el Con- cejo Municipal y con el voto aprobatorio de los miem- bros del Concejo.