NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/09/2002)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 48
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G33/G30/G37/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 30 de setiembre de 2002 OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G71/G75/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G61/G6D/G2D /G70/G61/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G38/G30/G36/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G2D/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G4E/G54/G45/G52/G4E/G45/G54/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4F/G4E/G50 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 147-JEFATURA/ONP Lima, 20 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323 creó la Oficina de Normalización Previsional - ONP- como la entidad encargada de administrar centrali- zadamente el Sistema Nacional de Pensiones, así comootros sistemas de pensiones administrados por el Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 61-95-EF se aprueba el Estatuto de la ONP, el cual fue elevado a ran-go de ley a través del Artículo 17º de la Ley Nº 26504;Que, mediante el Artículo 1º del Estatuto de la ONP, se ha establecido que la ONP es una institución pú- blica descentralizada del Sector Economía y Finan-zas, con personería jurídica de derecho público inter- no, con recursos y patrimonio propios, con plena au- tonomía funcional, administrativa, técnica, económi-ca y financiera dentro de la ley, constituyendo un plie- go presupuestal; Que, el inciso f) del Artículo 7º del Estatuto de la ONP, establece que es facultad del Jefe de la ONP dictar las normas y los procedimientos administrativos necesariospara el funcionamiento de la institución; Que, con fecha 3 de agosto de 2002, se publicó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Ley Nº 27806, con la finalidad de promover la transparenciade los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con los Artículos 3º, 5º y 8º de la Ley Nº 27806, la entidad debe designar a los funciona-rios responsables de brindar la información solicitada en virtud de la Ley, y actualizar el portal de INTERNET de la ONP; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, la Ley Nº 27086 y en uso de las facultades establecidas en el Estatuto y Reglamento de Organización y Funciones de la ONP,OBSERVACIONES (USO ESSALUD) INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO 8008 ¿Cuándo utilizo este formulario? Este formulario lo utilizarán las entidades empleadoras para registrarla cuenta bancaria en la que desean que ESSALUD les abone elpago de sus solicitudes de reembolso de prestaciones económicas. Si la empresa tiene oficinas a nivel nacional, podrá registrar una cuen- ta en cada capital de Departamento o registrar una sola cuenta en laque se abonarán todos los pagos aunque se presenten solicitudesde reembolso en distintos lugares del pais. ¿Cómo lleno el formulario? En el formulario deben registrarse los datos de la entidad empleado-ra, del representante legal y de la cuenta bancaria en la que se efec-tuará el abono por reembolsos según corresponda, teniendo en cuen-ta las siguientes instrucciones : Tipo de Solicitud Marque con un aspa en el recuadro correspondiente, si es una solici-tud de inscripción o modificación en el registro de cuentas bancarias. I. DATOS DE LA ENTIDAD EMPLEADORA -Consigne el nombre o razón social, N° telefónico y N° de RUC. -Consigne la dirección domiciliaria y el código de ubicación geo- gráfica. II. DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL -Consigne los apellidos y nombres, N° telefónico, el tipo de do- cumento de identidad del representante legal de la empresa, según la codificación siguiente : (1) LE (2) DNI (3) Carné de Extranjería (4) NIT (RUC)(5) Pasaporte (6) Carné Fuerzas Armadas(7) Carné Fuerzas Policiales (8) Libreta Militar(9) Partida de Nacimiento (10) Código Autogenerado (11)Otro Consigne el N° de documento de identidad y el cargo que ocupa - Consigne el N° de ficha/partida electrónica, tomo, fojas y asien- to que corresponden al poder de representación, inscrito enlos registros públicos.III.REGISTRO DE CUENTA BANCARIA PARA REEMBOLSO POR PRESTACIONES ECONÓMICAS - Consigne el banco y el código de la cuenta bancaria. Este código deberá ser completo, según el estado de cuenta.Por ejemplo en caso del Banco Continental: Código Banco : 0011 Oficina : 0100 Cuenta : 0202487927 D.C. : 45 -Marque con un aspa el uso de la cuenta bancaria, según lo sgte.: CUENTA ÚNICA: Su área de cobertura para este proce- so es nacional, se usará cuando la entidad empleadora tieneuna sola sede o cuando teniendo más de una decide que, cualquiera sea la que tr amite las solicitudes de reembolso de subsidios, el pago se efectúe mediante abono en una únicacuenta bancaria. Sólo la sede principal de la empresa debe registrar esta cuenta en la oficina de EsSalud que le corres- ponde. CUENTA LOCAL:Su área mínima de cobertura para este pro- ceso es departamental, se usará cuando la entidad emplea-dora tiene más de una sede y decide que el pago de las soli- citudes de reembolso de subsidios se efectúe mediante abo- no en la cuenta bancaria que indique la sede que los tramitó.Cada sede debe registrar su cuenta en la oficina de EsSalud que le corresponde. 17293