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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 230733 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de setiembre de 2002 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 17389 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2002-TR Lima, 27 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 559-PE-ESSALUD-2002 de la Presiden- cia Ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE de la Directora Ejecu- tiva de FONAFE de fecha 19 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Porto Alegre - Brasil, se llevará a cabo la PASANTÍA EN CARDIOCIRUGÍA PEDIÁTRICA, organizada por el Instituto de Cardiología Do Río Grande Do Sul, del 1 de octubre del 2002 al 31 de marzo del 2003; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que el señor ENRIQUE FÉLIX VELARDE REVILLA, Médico Asistente del Servicio de Cirugía de Tórax y Cardiovascular del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins", participe en el menciona- do evento; Que, la participación del Dr. Enrique Félix Velarde Revilla a la pasantía en mención le permitirá adquirir nue- vos conocimientos en métodos y técnicas avanzadas en el tratamiento de cardiopatías congénitas simples y com- plejas, actividad que redundará en la disminución de la morbilidad y mortalidad a los pacientes portadores de cardiopatía congénita así como la disminución de los costos hospitalarios; Que, mediante el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE la Dirección Ejecutiva de FONAFE precisa los alcances de la aplicación de las normas contenidas en la Directiva Nº 001-2002/FONAFE al procedimiento de autorización de viajes al extranjero de los servidores y funcionarios públi- cos de ESSALUD, especificando que toda vez que ESSA- LUD es un organismo público descentralizado, las autori- zaciones para viajes al extranjero de su personal se rigen según el procedimiento establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, no siendo aplicable lo dispuesto en el nu- meral 1.4.3 de la Directiva Nº 001-2002/FONAFE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la mis- ma que establece excepciones a las medidas de austeri- dad y racionalidad en el gasto público; y Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor ENRIQUE FÉLIX VELARDE REVILLA, Médico Asistente del Servi- cio de Cirugía de Tórax y Cardiovascular del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins", del Seguro So- cial de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Porto Alegre - Brasil, del 1 de octubre del 2002 al 31 de marzo del 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 5,578.42 Pasajes : US$ 1,475.00 Tarifa CORP AC : US$ 25.00Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 17390 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 269-2002-TR Lima, 27 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 559-PE-ESSALUD-2002 de la Presiden- cia Ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE de la Directora Ejecu- tiva de FONAFE de fecha 19 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Barcelona, España, se llevará a cabo la PASANTÍA EN TRASPLANTE PULMONAR, or- ganizada por el Hospital Vall d´ Hebron, del 1 de octubre al 31 de diciembre del 2002; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que el señor FÉLIX ANÍBAL AL- CÁNTARA VIRU, Médico Asistente del Servicio de Neu- mología del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Mar- tins", participe en el mencionado evento; Que, el Comité Hospitalario de Trasplante de Órga- nos y Tejidos del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins" ha propuesto el entrenamiento en mención, del Dr. Félix Aníbal Alcántara Viru con la finalidad de desa- rrollar un Programa Multidisciplinario de Trasplante Pul- monar, dirigido a los pacientes con deterioro severo en la función pulmonar, con el objetivo de ofrecer un significa- tivo crecimiento en la tasa de sobrevida de los pacientes con afecciones pulmonares; Que, mediante el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE la Dirección Ejecutiva de FONAFE precisa los alcances de la aplicación de las normas contenidas en la Directiva Nº 001-2002/FONAFE al procedimiento de autorización de viajes al extranjero de los servidores y funcionarios públicos de ESSALUD, especificando que toda vez que ESSALUD es un organismo público descentralizado, las autorizaciones para viajes al extranjero de su personal se rigen según el procedimiento establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, no siendo aplicable lo dis- puesto en el numeral 1.4.3 de la Directiva Nº 001-2002/ FONAFE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la mis- ma que establece excepciones a las medidas de austeri- dad y racionalidad en el gasto público; y Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor FÉLIX ANÍ- BAL ALCÁNTARA VIRU, Médico Asistente del Servicio de Neumología del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins", del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Barcelona - España, del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 3,187.67 Pasajes : US$ 1,585.00 Tarifa CORP AC : US$ 25.00