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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G33/G30/G37/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 30 de setiembre de 2002 dad con lo dispuesto por el Artículo 87º del Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF - Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie- dad Estatal, concordado con el Artículo 3º literal b) delDecreto de Urgencia Nº 071-2001; Que, la afectación en uso se otorga para un fin deter- minado compatible con las funciones del Estado, pudien-do éste desafectar el predio si la entidad afectataria incu- rre en las causales previstas en el artículo 96º del Decre- to Supremo Nº 154-2001-EF; Que, estando a lo expuesto mediante Informe Técnico Legal Nº 0138-2002/SBN-GO-JAD de fecha 9 de setiembre de 2002, resulta procedente aprobar un acto administrativode afectación en uso, en el cual se varíe el titular de la mis- ma, teniendo en cuenta el marco legal vigente; Que, de acuerdo al literal a) y l) del Artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Re- solución Nº 315-2001-SBN, de fecha 3 de setiembre de2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones afectar en uso la propiedad inmobiliaria estatal, así como emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25556 modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Ley Nº 25554 modificado por Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolución Nº 315- 2001/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso el predio de 8 245,40 m², ubicado con frente a la esquina Prolongación avenida Angamos Este, urbanización Chacarilla del Estanque,distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 1634634 del Registro de la Propie- dad Inmueble de Lima, a favor del Ministerio de Comer-cio Exterior y Turismo - MINCETUR, en el cual viene fun- cionando un Centro de Esparcimiento para uso exclusivo de sus trabajadores. Artículo 2º.- Por el mérito de la presente Resolución se suscribirá el Acta de Entrega a favor del afectatario. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, procederá a ins- cribir en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima laafectación en uso indicada en el Artículo 1º. Regístrese, comuníquese y publíquese.YALU PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 17314 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/GE1/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GED/G6D/G61/G63/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 148-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 19 de setiembre de 2002 Visto el Expediente Nº 053-2002/SBN-JAR, corres- pondiente a la rectificación de área del terreno de 19 704,60 m2 ubicado frente a la avenida Caquetá (antes Bolognesi) - cuadra 13, en el distrito del Rímac, provinciay departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene entre sus principales objetivos, el promover el estableci-miento de un sistema eficiente de administración de los bie- nes de propiedad estatal, para lo cual es necesario realizar las acciones que resulten necesarias para el saneamientotécnico y legal de la propiedad inmobiliaria del Estado; Que, el Estado es propietario del terreno de 19 704,60 m2 ubicado frente a la avenida Caquetá (antes Bologne-si) - cuadra 13, en el distrito del Rímac, provincia y de- partamento de Lima, que formó parte del área de mayor extensión constituida por la Porción Uno en la Portadade Guía y se encuentra inscrito en la Ficha Nº 108449 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, realizada la inspección técnica en el predio sub- materia y efectuado el trabajo de gabinete con empleo delas bases gráficas con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se advirtió que el inmueble ha sufrido variaciones por el ensanchamiento de vías, especialmen-te en las colindancias con la avenida Caquetá y los jirones Virrey Amat y Diego Córdova, quedando en consecuencia con una extensión superficial de 13 230,50 m2; existiendouna diferencia respecto al área registrada que no se en- cuentra dentro de la variación admisible establecida por el Artículo 71º del Reglamento de las Inscripciones; Que, en tal sentido, es procedente efectuar la rectifica- ción del área y linderos, con arreglo a lo establecido en la décima disposición complementaria del Decreto SupremoNº 154-2001-EF y a las facultades conferidas a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones mediante Resolución Nº 362-2001/SBN de fecha 11 de diciembre de 2001; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27395, Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decre- to Supremo Nº 154-2001-EF, Resolución Nº 315-2001/SBN, Resolución Nº 362-2001/SBN; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 277-2002/SBN-JAR de fecha 06 de setiembre de 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el área de 19 704,60 m2 ubica- da frente a la avenida Caquetá (antes Bolognesi) - cuadra 13, en el distrito del Rímac, provincia y departamento deLima, inscrita en la Ficha Nº 108449 y Partida Electrónica Nº 43721909 del Registro de la Propiedad Inmueble del Lima, por el área real de 13 230,50 m2, según documenta-ción técnica que sustenta la presente resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la rectifi- cación de área dispuesta en el artículo precedente en el Registro de Propiedad Inmueble del Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 17318 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G79/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 149-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 19 de setiembre de 2002Visto el Expediente Nº 055-2002/SBN-JAR correspon- diente al trámite de inscripción en primera de dominio afavor del Estado del terreno de 66 513 670,34 m2, ubica- do entre los Kilómetros 1230 al 1250 de la Carretera Tac- na Sama Locumba, tramo de la Carretera PanamericanaSur entre Tacna y Moquegua, distrito de Inclán, provincia y departamento de Tacna; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés so- cial, promoviendo su intercambio, maximizando surentabilidad y estableciendo mecanismos para su regis- tro, inscripción y fiscalización; Que, mediante inspección técnica realizada con fe- cha 14 de abril de 2002, se identificó un terreno eriazo de características areno arcillosas con topografía plana y ondulada de 66 513 670,34 m2, ubicado entre los Kiló-metros 1230 al 1250 de la Carretera Tacna Sama Locum- ba, tramo de la Carretera Panamericana Sur entre Tacna y Moquegua, distrito de Inclán, provincia y departamentode Tacna;