Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2003 (02/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

PODER EJECUTIVO PCM
Aprueban Cronograma de Transferencia para el Ano 2003 a Gobiernos Regionales y Locales de fondos, proyectos y programas sociales
DECRETO SUPREMO Nº 036-2003-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el presente ano 2003, en cumplimiento de la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, y de la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por el articulo 7º de la Ley Nº 27902, se inicia el MORDAZA de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, de los fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y proyectos de inversion de infraestructura productiva de alcance regional, en funcion de las capacidades de gestion de cada Gobierno Regional o Local; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion, en coordinacion con los Sectores del Gobierno Nacional, inicia la transferencia segun las funciones y atribuciones que les corresponda a los Gobiernos Regionales y Locales, de los fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza, y proyectos de inversion de infraestructura productiva de alcance regional; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion, en coordinacion con los Sectores, establece los proyectos y programas a ser transferidos a los Gobiernos Regionales y Locales para su incorporacion en el presupuesto del ano 2003; Que, segun la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por el articulo 7º de la Ley Nº 27902, el cronograma para el cumplimiento del MORDAZA de transferencia sera aprobado por Decreto Supremo MORDAZA del 31 de marzo del ano 2003, el mismo que contara con el informe favorable del Consejo Nacional de Descentralizacion; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion, de conformidad con el articulo 81º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, es el responsable de normar y monitorear las acciones y transferencias senaladas en cada una de las etapas del proceso; Con el Informe Favorable del Consejo Nacional de Descentralizacion remitido a la Presidencia del Consejo de Ministros a traves del Oficio Nº 260-CND-P-2003; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, y la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de Cronograma de Transferencia Aprobar, en cumplimiento de la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley de Bases de la Descentraliza-

cion, Ley Nº 27783, y de la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por el articulo 7º de la Ley Nº 27902, el "Cronograma de Transferencia para el ano 2003, a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de alcance Regional", el que en Anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Transferencia en funcion a capacidades de gestion El Consejo Nacional de Descentralizacion, en coordinacion con los Sectores del Gobierno Nacional, tiene a su cargo la transferencia a que se refiere el articulo anterior, segun las funciones y atribuciones que les corresponda, en funcion a las capacidades de gestion de los Gobiernos Regionales y Locales respectivos, para cuyos efectos dicho Consejo establecera los mecanismos de verificacion en coordinacion con los Sectores. Articulo 3º.- Regulacion del MORDAZA de transferencia Sin perjuicio de lo senalado en el articulo anterior, el Consejo Nacional de Descentralizacion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 81º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, dictara las normas pertinentes que garanticen, en el MORDAZA del Cronograma aprobado por el articulo 1º, un progresivo y ordenado MORDAZA de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Energia y Minas, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas y encargado de la cartera de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe

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