Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2003 (02/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

nal FAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidad de que participen en el "Curso de Capacitacion en el Ambito del Tratamiento de las Quemaduras" a llevarse a cabo en el Hospital Militar de MORDAZA, en la MORDAZA de MORDAZA, del 5 de MORDAZA al 6 de MORDAZA de 2003, por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Fuerza Aerea del Peru; Que, los gastos de pasajes de ida y retorno, el alojamiento y la alimentacion del Personal que se indica, seran sufragados por la institucion anfitriona, no incluyendo movilidad ni viaticos; Que, con la finalidad de facilitar la solucion de imprevistos que pudiesen suceder en el cumplimiento de la indicada comision y de solventar los pasajes que acarreen el desplazamiento del indicado personal al interior de la MORDAZA de MORDAZA, se abonara dos dias de viaticos al inicio y al retorno del mencionado viaje; Que, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 5 de junio de 2002, regulan la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y, Estando a lo recomendado por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Comision del Servicio a la Republica Francesa, al Personal que se indica a continuacion, con la finalidad de que participen en el "Curso de Capacitacion en el Ambito del Tratamiento de las Quemaduras" a llevarse a cabo en el Hospital Militar de MORDAZA, en la MORDAZA de MORDAZA, del 5 de MORDAZA al 6 de MORDAZA de 2003: Comandante Empleado Civil FAP FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa-Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan , de acuerdo a disposiciones vigentes: Viaticos: US$ 260.00 x 2 Personas x 4 dias Impuesto de Aeropuerto: US$ 25.00 x 2 Personas Articulo 3º.- Los gastos de pasajes de ida y retorno, el alojamiento y la alimentacion del Personal que se indica seran sufragados por la institucion anfitriona, no incluyendo movilidad ni viaticos. Articulo 4º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del nombramiento, asi como efectuar el reemplazo de los miembros integrantes a que se refiere el articulo anterior dentro del plazo senalado. Articulo 5º.- El citado personal, debera cumplir con sustentar lo senalado en los Articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Articulo 6º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 06288

Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 17º del TITULO II MONTOS MAXIMOS AUTORIZADOS DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO de la precitada Ley, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto de DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 2,200'000,000.00), de los cuales a lo indicado en el inciso c) del articulo en mencion, se le destina a la Defensa Nacional la cantidad de VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 25'000,000.00); Que, con Resolucion Legislativa Nº 27922 de fecha 14 enero 2003 el Congreso de la Republica aprobo el Memorandum de Entendimiento entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para la Cooperacion en el MORDAZA de la Defensa de los Materiales para la Defensa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2003-RE de fecha 20 enero 2003, se ratifica el "Memorandum de Entendimiento entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para la Cooperacion en el MORDAZA de la Defensa y de los Materiales para la Defensa"; Que, mediante el MORDAZA legal MORDAZA citado, el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru ha considerado conveniente llevar a cabo la adquisicion de DOS (2) Fragatas Misileras MORDAZA "Lupo" usadas y excedentes de la MORDAZA Militar Italiana, mediante un MORDAZA de transferencia de Gobierno a Gobierno a traves del Astillero Estatal del Gobierno de Italia, a un precio de QUINCE MILLONES Y 00/ 100 DOLARES AMERICANOS (US$ 15'000,000.00) por unidad, monto que incluye la adquisicion de bienes y su alistamiento operativo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-DE/MGP de fecha 25 de marzo 2003, se autoriza al Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru a iniciar las gestiones y efectuar las acciones administrativas correspondientes para la transferencia en propiedad de DOS (2) Fragatas Misileras MORDAZA "Lupo", usadas y excedentes de la MORDAZA Militar Italiana, en la modalidad de bienes que no admiten sustitutos; Que, de acuerdo al requerimiento remitido por la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se ha considerado el monto asignado para concertar Operaciones de Endeudamiento Externo del Pliego 026: Ministerio de Defensa para el ano Fiscal 2003; Que, es necesario aprobar por Resolucion del Titular del Pliego, la asignacion para el Programa Anual de Concertaciones Externas del Ministerio de Defensa correspondiente al AF-2003, con el fin de concertar Operaciones de Endeudamiento Externo; Estando a lo informado por la Direccion de Economia del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la asignacion de VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 25'000,000.00) para el Pliego 026: Ministerio de Defensa, con cargo al monto asignado para la Defensa Nacional, autorizado mediante Ley Nº 27881 - Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003. Articulo 2º.- Asignar a la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru la suma de VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 25'000,000.00) del monto asignado a la Defensa Nacional, con cargo al Programa Anual de Concertaciones Externas del Pliego 026: Ministerio de Defensa para el Ano Fiscal 2003 para la adquisicion de DOS (2) Fragatas Misileras MORDAZA "Lupo", usadas y excedentes de la MORDAZA Militar Italiana, en la modalidad de bienes que no admiten sustitutos. Articulo 3º.- La concertacion de las Operaciones de Endeudamiento Externo por las demandas comprendidas en el Programa Anual de Concertaciones Externas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, se aprueban mediante Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Sector Defensa. Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion se remitira a la Contraloria General de la Republica, Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, asi como a la Oficina General de Administracion, Oficina de Inspectoria General, Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y Unidad Eje-

Asignan suma de dinero a la MORDAZA de MORDAZA del Peru para la adquisicion de dos fragatas misileras de la MORDAZA Militar Italiana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 582 DE/SG
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27881 de fecha 30 noviembre del 2002 se aprobo la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003;

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