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PÆg. 241977 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de abril de 2003 de Gestión de la Dirección Superior de Promoción de la Cultura, presidido por el Director Superior, encargado de proponer y ejecutar las políticas, estrategias y acciones para el cumplimiento de los fines de la Dirección. DIRECCIONES REGIONALES Artículo 38º.- Las Direcciones Regionales de Cultura son los órganos responsables de ejecutar, en sus respectivas juris- dicciones, las acciones que se derivan de los lineamientos depolítica asumidos por el I.N.C. expresados en los objetivos, funciones y fines del Instituto. Las Direcciones Regionales son responsables de planear, dirigir, organizar, ejecutar y evaluarlas actividades que le competen desarrollar al I.N.C. en el ámbito regional. Están a cargo de un funcionario con rango de Director, que depende de la Dirección Nacional. Las Direcciones Regionales tienen sus sedes en las capitales de cada región. Artículo 39º.- Las Direcciones Regionales están con- formadas por las direcciones técnicas de Patrimonio Histó- rico y de Promoción de la Cultura, y los órganos de apoyo y asesoramiento correspondientes. Artículo 40º.- El Director Regional es designado por Resolución Directoral Nacional, elegido dentro de una ter- na propuesta por el Consejo Regional de Cultura corres-pondiente, por un periodo de dos años, renovable. Su revocación, antes de vencido su período de gestión, es posible, con causales, a propuesta del mismo Consejo. TÍTULO lV DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 41º.- El Instituto Nacional de Cultura mantiene relaciones de coordinación con otros organismos de los sectores público y privado, de ámbito nacional e internacio-nal, mediante convenios y acuerdos. Artículo 42º.- El Instituto Nacional de Cultura coordina sus acciones con los diversos organismos del Ministerio deEducación y otros sectores, del mismo modo que con orga- nismos regionales y los gobiernos locales, sin limitar su autonomía técnica, administrativa, económica o financiera. Artículo 43º.- La Cooperación Técnica y las relaciones con organismos Internacionales son conducidas por una instancia operativa que actúa como Secretaría Técnica,dependiente del Sistema Nacional de Promoción y Difu- sión Cultural, en consulta con la Comisión Nacional de Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales. TÍTULO V DEL RÉGIMEN LABORAL DISPOSICIONES LEGALES Artículo 44º.- El personal del Instituto Nacional de Cul- tura está comprendido dentro de los regímenes laboralessiguientes: Decreto Legislativo Nº 728 y Decreto Legislati- vo Nº 276. A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, el personal que ingrese a laborar en el Instituto Nacional de Cultura estará comprendido dentro del régimen de la activi- dad privada. El personal comprendido dentro del régimendel Decreto Legislativo Nº 276, que continúe laborando luego del proceso de evaluación interna, optará en forma voluntaria e irrevocable por continuar en este sistema opertenecer al régimen laboral de la actividad privada con- forme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 728. DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO Artículo 45º.- Los requisitos, las condiciones y las nor- mas específicas que regulan los derechos y obligaciones del personal del I.N.C. son fijados en el Reglamento Inter- no de Trabajo que será aprobado por Resolución DirectoralNacional. TÍTULO Vl DEL RÉGIMEN ECONÓMICO RECURSOS FINANCIEROS Y ECONÓMICOS Artículo 46º.- Son recursos económicos y financieros del I.N.C. los siguientes:a. Las asignaciones presupuestales provenientes del Tesoro Público y de leyes específicas. b. Los ingresos propios generados por las actividades que ejecute. c. Las donaciones y legados recibidos de terceros para los fines institucionales. d. Los que se obtengan por convenios de cooperación nacional e internacional. e. Los intereses que generen sus fondos depositados en entidades financieras. f. Los demás ingresos que se obtengan por cualquier concepto para los fines institucionales. TÍTULO Vll DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera. Queda autorizada la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura para aprobar, a través deResolución del Titular, la estructura y manuales de organi- zación y funciones de las Direcciones Regionales, así como dictar las disposiciones complementarias necesarias parala mejor aplicación del presente Reglamento en armonía con los fines y objetivos institucionales. Segunda. Los Manuales de Organización y Funciones de cada órgano integrante del I.N.C., formulados de acuerdo con las normas del presente Reglamento, especificarán los niveles organizacionales que se requieren para un eficiente funciona-miento y serán aprobados por Resolución del Titular. TÍTULO Vlll DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las Direcciones Regionales de Cultura, den- tro del término de treinta días de publicado el presente Reglamento de Organización y Funciones, deberán ade-cuar su estructura orgánica al régimen establecido por el presente Decreto Supremo, tomando en cuenta su capaci- dad operativa y condiciones técnicas, materiales y de fi-nanciamiento. Segunda.- Las Direcciones Regionales de Cultura, den- tro del término de sesenta días contados a partir de lafecha, deberán formular un Plan Anual de Operaciones, que deberá ser sometido a consulta al Consejo Regional de Cultura de su jurisdicción, estableciendo el marco deaplicación y fortalecimiento de la actividad cultural de su región, acompañado de un programa de operación y finan- ciamiento. Tercera.- La Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, tendrá plazo hasta el 31 de diciembre de 2003 para implementar la nueva estructura que se aprueba me-diante el presente Decreto Supremo. DISPOSICIÓN FINAL La Escuela Nacional Superior de Arte Dramático “Gui- llermo Ugarte Chamorro” y la Escuela Nacional Superior deBallet se fusionan al Ministerio de Educación con sus res- pectivos bienes, recursos asignados en el Presupuesto del 2003 y el personal nombrado actualmente en servicio. 06395 INTERIOR Designan representante alterno del Mi- nisterio ante la Comisión Multisecto-rial creada por D.S. N” 014-2002-MI-MDES, referida al Plan Nacional deAcción para la Infancia y la Adoles-cencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0390-2003-IN-0102 Lima, 27 de marzo del 2003 CONSIDERANDO: Que con Decreto Supremo Nº 014-2002-MIMDES del 19.Nov.2002, se constituyó la Comisión Multisectorial en-