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PÆg. 243405 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de abril de 2003 Visto, el Expediente Nº 032840-2000 presentado por el Colegio de la Inmaculada - Jesuitas sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación de bienes que se encuentranen el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF y nor- mas modificatorias. CONSIDERANDO: Que, los artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promoción de la Inversión en la Educa- ción", establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen lasinstituciones educativas públicas y particulares para sus fines propios están inafectas de los Derechos Arance- larios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF y nor- mas modificatorias se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancela-rios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las instituciones educativas públicas o particulares estable- ciéndose, asimismo, el procedimiento para la aplicacióndel beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUÉBASE, en vía de regularización, la inafectación de los Derechos Arancelarios y del Im- puesto General a las Ventas a la importación realizadapor el Colegio de la Inmaculada - Jesuitas según consta en el Expediente Nº 032840-2000, por un valor total de US$ 3 872,15 (Tres Mil Ochocientos Setenta y Dos y 15/100 Dólares de Estados Unidos de América), de los si- guientes bienes donados que se encuentran incluidos en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF y nor-mas modificatorias y la adecuación arancelaria señala- da en la Circular Nº 46-06-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998: Cantidad Partida Arancelaria Descripción (Unidad) 04 8408.90.10.00 De potencia inferior o igual a 130 KW (174 HP) Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artí- culo anterior procederá siempre que la importación delos bienes se ajuste a la cantidad, valor y demás carac- terísticas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentadospor el Colegio de la Inmaculada - Jesuitas según Expe- diente Nº 032840-2000 y que dichos bienes sean desti- nados al cumplimiento de los fines propios de la referidainstitución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efec-tuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia Nacional de Administración Tributa- ria -SUNAT-, incluyendo la verificación de la clasifica-ción arancelaria de los bienes cuya inafectación se so- licita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Administración Tributa- ria -SUNAT- y a la Contraloría General de la República. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 08294Aprueban donaciones efectuadas a fa- vor de la Dirección Departamental deCultura de Cajamarca y del INC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2003-EF Lima, 29 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Empresa Minera Yanacocha S.R.L. ha efec- tuado una donación por la suma de S/. 1 000,00 (Mil y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Dirección Departamental de Cultura de Cajamarca, órgano des-concentrado del Instituto Nacional de Cultura, desti- nada a la realización del IX Concurso de Tañedores de Clarín; Que, la Segunda Disposición Final del Decreto Supre- mo Nº 017-2003-EF, señala que las donaciones realiza- das hasta el 31 de diciembre de 2002 a favor de entida-des y dependencias del Sector Público, excepto empre- sas, cuyo trámite de aprobación de la donación se en- cuentre en curso, se regirá por las normas vigentes adicha fecha; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del inciso d) del artículo 88º del Texto Único Ordenado de laLey del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación efectuada por la Empresa Minera Yanacocha S.R.L., a favor de la Dirección Departamental de Cultura de Cajamarca, ór-gano desconcentrado del Instituto Nacional de Cultu- ra, ascendente a la suma de S/. 1 000,00 (Mil y 00/100 Nuevos Soles), según consta en el Cheque de Geren-cia Nº 02650450 del Banco Wiese Sudameris, que fue depositado, en la Cuenta Corriente Nº 000-3553906 que el Instituto Nacional de Cultura tiene en el BancoWiese Sudameris, de conformidad con la Boleta de Depósito Nº 050.008.0004 U5489. Dicha donación será destinada a la realización del IX Concurso de Tañedo-res de Clarín. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del numeral 1)del inciso d) del artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 08295 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2003-EF Lima, 29 de abril de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Empresa Montana S.A. ha efectuado una do- nación por la suma de S/. 1 000,00 (Mil y 00/100 NuevosSoles), a favor del Instituto Nacional de Cultura destina- da a solventar los gastos para el Primer Premio del "VII Concurso Nacional de T´anta Wawas" realizado el 1 denoviembre de 2002 en el Museo de la Cultura Peruana; Que, la Segunda Disposición Final del Decreto Supre- mo Nº 017-2003-EF, señala que las donaciones realiza-