Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2003 (30/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2003

pronunciado a favor del candidato. Si no se cumplen estas condiciones, se reune una Asamblea extraordinaria en un plazo MORDAZA de tres meses. Durante este periodo, el Presidente, los Presidentes de Comisiones y de Subcomisiones y el Director General en el cargo mantienen, segun el caso, sus atribuciones. b) El mandato del Presidente de la O.I.V , de los Presidentes de Comisiones y Subcomisiones es de tres anos. El mandato del Director General es de cinco anos, siendo este reelegible para otro mandato de cinco anos, en las mismas condiciones exigidas para su eleccion. La Asamblea General puede revocar en cualquier momento al Director General, en las condiciones de mayorias combinadas que se aplicaron en su eleccion. 5. El MORDAZA del presupuesto y de las contribuciones financieras de los miembros se efectua por mayoria calificada ponderada, o sea los dos tercios mas uno de los votos ponderados de los miembros presentes o representados. La Asamblea General nombra, en las mismas condiciones, a un auditor financiero, a propuesta conjunta del Director General y de la Mesa Ejecutiva de la O.I.V , con el informe favorable del Comite Ejecutivo. 6. Los idiomas oficiales son el MORDAZA, el espanol, el ingles. Su financiacion se establece en el anexo nº 2 del presente Acuerdo. Sin embargo, la Asamblea General lo puede adaptar, si es necesario, segun las condiciones del articulo 5 punto 3 a. A peticion de uno o de varios miembros se podran anadir otros idiomas, tales como el italiano y el MORDAZA, con el objetivo de mejorar la comunicacion entre los miembros, con las mismas modalidades de financiacion. Previamente, los usuarios concernidos habran tenido que aceptar formalmente su nueva contribucion financiera, consecuencia de su peticion. Mas alla de un total de cinco idiomas cualquier nueva peticion se sometera a la Asamblea General quien tomara su decision en las mismas condiciones definidas en el articulo 5 punto 3 a. El MORDAZA sigue siendo el idioma de referencia en caso de litigio con terceros no miembros de la Organizacion. 7. Los organos constitutivos de la O.I.V funcionan de manera abierta y transparente. Capitulo V - Financiacion de la O.I.V Articulo 6 1. Los miembros de la O.I.V deben pagar la contribucion financiera establecida cada ano por la Asamblea General. El monto se fija en aplicacion de las disposiciones definidas en los anexos nº 1 y nº 2 del presente Acuerdo. La contribucion financiera de los eventuales nuevos miembros se fija por la Asamblea General a partir de las disposiciones definidas en los anexos nº 1 y nº 2 del presente Acuerdo. 2. Los recursos financieros de la O.I.V estan constituidos por las contribuciones obligatorias anuales de cada uno de los miembros y observadores y por los ingresos de sus actividades propias. Las contribuciones obligatorias se MORDAZA a la O.I.V en el transcurso del ano civil de que se trata. Transcurrido este periodo se consideran pagadas con retraso. 3. Los recursos financieros de la O.I.V pueden incluir tambien contribuciones voluntarias de sus miembros, donaciones, asignaciones, subvenciones o financiaciones de cualquier naturaleza que emanen de organizaciones internacionales, nacionales, ya MORDAZA estatales, paraestatales o privadas a condicion de que esta financiacion sea conforme a las directivas generales que la Asamblea General establezca, de acuerdo con las disposiciones del articulo 5 punto 3 a que se incluiran en el Reglamento Interno. Articulo 7 1. Cuando se constate que un miembro no ha pagado las cuotas anuales por dos ejercicios anuales, los derechos de MORDAZA y participacion de dicho miembro en el Comite Ejecutivo y la Asamblea General siguientes a dicha constatacion quedan automaticamente suspendidos.

El Comite Ejecutivo fija, caso por caso, las condiciones en las que dichos miembros pueden regularizar su situacion o, en su defecto, pueden considerarse como miembros que han denunciado el Acuerdo. 2. Cuando se constate que un miembro no ha pagado tres cuotas sucesivas, el Director General notifica esta situacion a los miembros u observadores concernidos. Si en el plazo de dos anos a partir del treinta y uno de diciembre del tercer ano no se ha regularizado la situacion, los miembros u observadores concernidos quedan automaticamente excluidos. Capitulo VI - Participacion de las organizaciones internacionales intergubernamentales Articulo 8 Una organizacion internacional intergubernamental puede participar en los trabajos o ser miembro de la O.I.V y contribuir a la financiacion de la Organizacion segun las condiciones fijadas, caso por caso, por la Asamblea General a propuesta del Comite Ejecutivo. Capitulo VII - Enmienda y revision del Acuerdo Articulo 9 1. Cada miembro puede proponer enmiendas al presente Acuerdo. La propuesta debe dirigirse por escrito al Director General. Este la comunica a todos los miembros de la Organizacion. Si en el plazo de seis meses a partir de la fecha de comunicacion, la mitad mas uno de los miembros son favorables a la propuesta, el Director General la presenta a consideracion de la primera Asamblea General que se celebre al final de dicho plazo. La decision se adopta por consenso de los miembros presentes o representados. Una vez adoptadas por la Asamblea General, las enmiendas se someten a los procedimientos de aceptacion, aprobacion o ratificacion internos previstos por la legislacion nacional de los miembros. Entran en MORDAZA el trigesimo dia despues del deposito del instrumento de aceptacion, aprobacion, ratificacion o adhesion que complete los dos tercios mas uno de los miembros de la Organizacion. 2. La revision del presente Acuerdo se instituye de derecho si al menos los dos tercios mas uno de los miembros aprueban la peticion. En este caso, una Conferencia de los miembros es convocada por el Gobierno MORDAZA en un plazo de seis meses. El programa y las propuestas de revision se comunican a los miembros al menos dos meses MORDAZA de la reunion de la Conferencia. La Conferencia asi reunida fija por si misma su procedimiento de actuacion. El Director General de la O.I.V ejerce en dicha Conferencia la funcion de Secretario General. 3. MORDAZA de la entrada en MORDAZA de un acuerdo revisado, la Asamblea General de la Organizacion determina, en las condiciones fijadas por el presente Acuerdo y el Reglamento Interno contemplado en el articulo 10, en que medida los Estados partes en el presente Acuerdo que no hayan depositado ningun instrumento de aceptacion, aprobacion, ratificacion o adhesion podran participar, tras la fecha de entrada en MORDAZA, en las actividades de la O.I.V Capitulo VIII - Reglamento Interno Articulo 10 La Asamblea General adopta el Reglamento de la O.I.V , que precisa, cuando es necesario, las modalidades de aplicacion del presente Acuerdo. Hasta que no se adopte el MORDAZA Reglamento Interno, el Reglamento de la Oficina Internacional de la Vina y del Vino continua en vigor. Fija en particular las atribuciones, las reglas de funcionamiento de los organos contemplados en los articulos anteriores, las condiciones de participacion de los observadores, asi como las condiciones de examen de las propuestas de reservas que pueden ser eventualmente formuladas al presente Acuerdo y las disposiciones relativas a la gestion administrativa y financiera de la O.I.V Tambien precisa las condiciones en las que los docu-

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