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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (06/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

PÆg. 249347 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de agosto de 2003 mentaria de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de vista la Gerencia Docu- mentaria de la OCMA remite copia de la Resolución de fe-cha primero de agosto del presente año expedida por laJefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Po-der Judicial mediante la cual se resuelve disponer la medi-da cautelar de Abstención en el ejercicio del cargo en el Poder Judicial de la doctora Julia Ernestina Figueroa Eufra- sio por su actuación como Juez Suplente del Juzgado dePaz Letrado de Matucana - Huarochirí; Que, la mencionada Resolución resulta de obligatorio cum- plimiento desde el momento de su notificación, esto es, cincode agosto del presente año, motivo por el cual resulta necesario proceder a la expedición del pronunciamiento administrativo pertinente indicándose la efectividad de la misma; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90ºdel Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, a partir del 5 de agosto del 2003, la efectividad de la Medida Cautelar de Absten-ción en el ejercicio del cargo, recaída en la persona de ladoctora JULIA ERNESTINA FIGUEROA EUFRASIO, decre-tada por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, por su actuación como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Matucana - Huarochirí. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema deJusticia de la República, de la Presidencia del Consejo Eje-cutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervisión de Personal, de la Oficina de Control de la Magistratura y del Magistrado para los finespertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 14670 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0301-2003-P-CSJL-PJ Mediante Oficio Nº 1896-2003-RA-P-CSJL(RBO) la Cor- te Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe deErratas de la Resolución Administrativa Nº 0301-2003-P- CSJL-PJ, publicada en la edición del 31 de julio de 2003, en la página 249017. DICE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor PASCUAL SE- BERINO DEL ROSARIO CORNEJO,... DEBE DECIR: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor PASCUAL CE- BERINO DEL ROSARIO CORNEJO... 14692 ORGANISMOS AUTÓNOMOS J N E Confirman resolución que declaró infundado recurso de nulidad de pro-ceso electoral llevado a cabo en el dis-trito de Samanco RESOLUCIÓN Nº 147-2003-JNE Exp. Nº 827-2003 Lima, 25 de julio de 2003VISTO en Audiencia Pública de fecha 24 de julio del 2003, el recurso de apelación interpuesto por el personero legal del partido Perú Posible contra la Resolución Nº 044- 2003-JEE-Santa de fecha 12 de julio del 2003 expedida porel Jurado Electoral Especial de Santa, que declaró infunda-do el recurso de nulidad del proceso electoral llevado a caboen el distrito de Samanco; CONSIDERANDO: Que mediante el Acta de Proclamación Municipal de Resultados de Cómputo y de Autoridades electas en lasElecciones Complementarias del distrito de Samanco, defecha 11 de julio del 2003, se proclama como ganadora a la organización política Partido Democrático Somos Perú co- rrespondiéndole la Alcaldía y cuatro Regidurías y al partidoPerú Posible una Regiduría; Que el recurso de apelación se basa en la falta de moti- vación de la resolución impugnada, que constan hechos noinvocados por la parte impugnante, sin haber valorado en forma conjunta todos los medios probatorios que acredita- rían el fraude, y la manifiesta parcialidad de las autoridadeselectorales; y que el fraude se dio por permitir que sufra-guen los denominados electores golondrinos; Que para el proceso de Elecciones Municipales Com- plementarias se contó con un total de 2,352 electores hábi- les, mientras que para el proceso de Elecciones Regiona- les y Municipales 2002 dicho distrito electoral contaba con2,324 electores hábiles; en consecuencia, la adición de tansolo 28 electores hábiles en el padrón electoral para esteproceso electoral municipal complementario, como la can-celación de inscripciones de algunos ciudadanos en el pa- drón correspondiente al citado distrito, no reflejan cambios determinantes que pudieran dar indicio de la existencia deelectores golondrinos, además de otros actos consustan-ciales; Que en el supuesto de haber existido manifiesta parciali- dad de algunas autoridades, los afectados tienen expedito su derecho para hacerlo valer ante las autoridades respec- tivas; El Jurado Nacional de Elecciones, administrando justi- cia en materia electoral; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el personero legal del partido PerúPosible; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº044-2003-JEE-Santa de fecha 12 de julio del 2003 expedi-da por el Jurado Electoral Especial de Santa, que declaró infundado el recurso de nulidad del proceso electoral lleva- do a cabo en el distrito de Samanco; y RATIFICAR en todossus extremos el Acta de Proclamación de fecha 11 de juliodel 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 14585 Dispensan a ciudadanos peruanos resi- dentes en Bolivia del sufragio en lasElecciones Generales del 8 de abril de 2001 y Elecciones Generales - Segun- da Elección Presidencial del 3 de juniode 2001 RESOLUCIÓN Nº 149-2003-JNE Lima, 1 de agosto de 2003 VISTO: El Oficio RE (SCP-DAL) Nº 3-0-BB/4196 del Ministro de Relaciones Exteriores y Facsímil (SCP-DAL) Nº 23/03 del Director General de Apoyo Legal y Asistencia Humanitaria del mencionado Ministerio, solicitando se considere la posi-bilidad de extender dispensa de sufragio de las Elecciones