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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (06/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 249355 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de agosto de 2003 Que mediante Carta de fecha 10 de junio de 2003, la empresa Enrique Bazan Fábrica de Losetas S.A., propie- taria del inmueble, manifiesta su conformidad en prorrogar el contrato de arrendamiento, sin incrementar el monto dela renta; Que en atención a lo señalado en los considerandos precedentes, el Informe Legal Nº 024-2003-SUNAT-2B2300,indica que de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, es procedente la emi-sión de una Resolución de Superintendencia que exoneredel proceso de selección correspondiente a la prórroga delcontrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Mz.B, Lote 1-2 del Parque Industrial de Chiclayo, departamen- to de Lambayeque; Que lo expuesto en dichos Informes justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selección para laprórroga del mencionado contrato de arrendamiento, cum-pliéndose así con lo establecido en el Artículo 113º del re-ferido Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado y en los Artículos 105º, 113º y116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferi-das por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Or-ganización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decre- to Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente, a la prórroga del contrato de arrenda- miento del inmueble ubicado en la Mz. B, Lote 1-2 del Parque Industrial de Chiclayo, departamento de Lam-bayeque, por el plazo de un (1) año contado a partir del7 de agosto de 2003 y hasta el 6 de agosto de 2004, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Lamba- yeque a suscribir el Contrato respectivo con la empresaEnrique Bazan Fábrica de Losetas S.A., mediante Adjudi-cación de Menor Cuantía y por una renta mensual de US$1,800.00 (Un mil ochocientos y 00/100 dólares americanos),incluido impuestos; la misma que será financiada con re- cursos propios de la institución. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolución ydel informe que sustenta esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los diez (10) días calen-dario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 14641 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Inician procedimiento disciplinario a funcionarios y ex funcionarios de lamunicipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 457-2003-A/MC Comas, 1 de agosto de 2003 Visto, el Informe Nº 04-2003-CEPAD/MC de fecha 3 de mayo de 2003 de la Comisión Especial de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Comas, pro-nunciándose porque instaure proceso administrativo disci- plinario contra los funcionarios y ex funcionarios de esta entidad. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 43-2003-OAI/MC de fecha 25 de octubre de 2002 el Auditor Interno de la Municipalidad de Comas hace de conocimiento de la Alcaldía el Informede Auditoría Nº 008-2002-2-2175 Examen Especial: "A laOficina de Administración Tributaria - Período 2001". Den- tro de las Recomendaciones del mismo, señala que la Co- misión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Comas, califique las faltas de losfuncionarios comprendidos en las Observaciones a fin de deslindar el grado de responsabilidad administrativa a quien hubiere lugar; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Comas, de conformidad con el Artículo 66º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,se pronuncia por la apertura de proceso administrativo dis- ciplinario contra los 11 funcionarios y ex funcionarios com- prendidos en las cinco Observaciones del examen Espe-cial acotado, luego de haber merituado y tomando en con- sideración el inciso f) del Artículo 15º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Gene-ral de la República Nº 27785; Que, las observaciones a que alude el considerando precedente son: 1. La Unidad de Cobranza no emite Informes Mensua- les y Anuales de los Saldos deudores de losContribuyentes. Se ha determinado que durante el período evaluado, la ex Jefa de la Unidad de cobranzas, no ha emitido InformesMensuales y Anuales de los Saldos Deudores de los Con- tribuyentes, lo que evidentemente no le ha permitido tomar decisiones oportunas y confiables a la Alta Dirección. Cabedestacar que esta situación aún continúa, pues según indi- ca la actual jefa de la Unidad de Cobranzas, sus informes lo realiza de forma verbal. Por tanto les asiste presunta responsabilidad Adminis- trativa a la ex Jefa de la Unidad de Cobranzas Farita Hua- mán Farfán y al ex Director de la Oficina de AdministraciónTributaria, Luis Orbazo Zamudio, al haber incumplido con sus obligaciones como servidores públicos establecidas en los incisos a) y h) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276"Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público" encontrándose incursos dentro de lo tipificado en el inciso d) del Artículo 28º del acotadoDecreto Legislativo. 2. El Reglamento de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas se encuentra desactualizado. Se ha evidenciado que el Reglamento de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobado median-te Ordenanza Nº 03-2001-C/MC del 31 de enero del 2001, se encuentra desactualizado; pues a la fecha se basan en normas que ya han sido derogadas, siendo así que en sucontenido se establecen disposiciones que no están acor- des con la normatividad actual. La aplicación de este Re- glamento desfasado podría conducir a la nulidad de todo loactuado, afectando así los intereses financieros de la Muni- cipalidad. Este hecho se ha producido por la imprevisión de la jefatura de la Unidad de Cobranzas y del Director de laOficina de Administración Tributaria, quienes en su oportu- nidad no han promovido la modificatoria del Reglamento en mención. Por tanto les asiste presunta responsabilidad Admi- nistrativa a la ex Jefa de la Unidad de Cobranzas, Farita Huamán Farfán, la jefa de la unidad de Cobranzas, SaraRoca Gómez, y al ex Director de la Oficina de Adminis- tración Tributaria, Luis Orbezo Zamudio¸ al haber incum- plido con sus obligaciones signadas en los incisos a),b) y h) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público" encontrándose incursos den-tro de lo tipificado en el inciso a), d) y 1) del Artículo 28 del acotado Decreto Legislativo. 3. No existe concordancia entre el MOF y el ROF Vigentes de la Unidad Ejecutora Coactiva Se ha evidenciado que no existe concordancia entre el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) y elManual de Organización y Funciones (MOF) de la Ejecuto- ra Coactiva vigentes, siendo estos dos, importantes Instru- mentos Normativos de gestión. Les asiste presunta responsabilidad administrativa a Víctor Urday Mendoza, ex jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto y a los señores: Walter Huer-ta Porras y Ricardo Moreno Zavala; ex jefes de la Uni- dad de Cooperación Técnica y Racionalización, al ha- ber incumplido con sus obligaciones signadas en losincisos a), d) y h) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de