Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2003 (06/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de agosto de 2003

Remuneraciones del Sector Publico" encontrandose incursos dentro de lo tipificado en el incisos a) y d) del Art. 28º del mencionado Decreto Legislativo. 4. No existe un Software Integral de Rentas de la O.A.T. que este interconectado con la Unidad de Ejecutoria Coactiva y la Unidad de Tesoreria Se ha determinado que la Municipalidad, no cuenta con un Sistema Integral de Rentas, que se encuentre interconectado con la Unidad de Ejecutoria Coactiva y la Unidad de Tesoreria, asimismo los programas informaticos actualmente en uso tienen muchas limitaciones que afectan el normal desenvolvimiento del accionar de cada una de las Unidades involucradas. Por tanto les asiste presunta responsabilidad administrativa a MORDAZA Urday MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Administracion Tributaria y al Jefe de la Unidad de Informatica, MORDAZA MORDAZA Cardozo; al haber incumplido con sus obligaciones signadas en los incisos a), d) y f) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" encontrandose incursos dentro de lo tipificado en el inciso a) y d) del Art. 28º del mencionado Decreto Legislativo. 5. Devolucion de Multas Administrativas efectuadas por la Unidad de Ejecutoria Coactiva, por errores en su emision. Se ha determinado que la Unidad de Ejecutoria Coactiva durante el periodo evaluado ha devuelto a la Unidad de Cobranzas, 49 Multas Administrativas por un monto de S/. 19,911.12 las mismas que han sido devueltas a la Policia Municipal para su regularizacion, al no constituir obligaciones exigibles coactivamente, toda vez que en su contenido no se identifica con precision al infractor, debiendo destacar que situaciones similares viene produciendose en el periodo 2002, en razon a que la mayoria de su personal, no cuenta con la suficiente capacidad y formacion especializada para asumir el cargo encomendado. Por tanto les asiste presunta responsabilidad administrativa al ex Jefe de la Division de la Policia Municipal; MORDAZA MORDAZA Chira, al ex Jefe de la Policia Municipal, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los ex Directores de la Direccion de Seguridad Integral senores: MORDAZA Esqueche Ucanay y MORDAZA MORDAZA Pauca; al haber incumplido con sus obligaciones signadas en los incisos a) y f) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" encontrandose incursos dentro de lo tipificado en el inciso a) y d) del Art. 28º del mencionado Decreto Legislativo. Que, en uso de las facultades conferidas por el Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Decreto Legislativo Nº 276 y el D.S. Nº 005-90-PCM; y, Con las visaciones de la Oficina de Asesoria Legal, Oficina de Administracion y Finanzas y Direccion Municipal; SE RESUELVE Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los siguientes funcionarios y ex funcionarios de la Municipalidad de Comas: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Administracion Tributaria. - Farita MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Cobranzas. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Unidad de Cobranzas. - MORDAZA Urday MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Cooperacion Tecnica y Racionalizacion. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Cooperacion Tecnica y Racionalizacion. - MORDAZA MORDAZA Cardoza, ex Jefe de la Unidad de Informatica. - MORDAZA MORDAZA Chira; ex Jefe de la Policia Municipal. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Policia Municipal. - MORDAZA MORDAZA Paucas, ex Director de la Direccion de Seguridad Integral. - MORDAZA Esqueche Ucanay, ex Director de la Direccion de Seguridad Integral, por los fundamentos senalados en los considerandos pertinentes de la presente resolucion.

Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Secretaria General notifique de acuerdo a ley a los procesados indicados en el articulo precedente y otorguese el plazo de cinco (5) dias a los mismos, a efectos de que efectuen sus descargos conforme a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14708

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Conceden beneficio tributario-administrativo "Campana MORDAZA tus Deudas"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 061-MDCH
Chaclacayo, 18 de MORDAZA del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO POR CUANTO: Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de MORDAZA del 2003, bajo la Presidencia del senor MORDAZA y con el quorum reglamentario; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que las Municipalidades Distritales son los Organos de Gobierno Local y tienen Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el articulo 2º del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades, como Organos de Gobierno Local, tienen Autonomia Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Estado, otorga potestad Tributaria a los Gobiernos Locales al disponer que estos pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, a su vez, el articulo 195º de dicha MORDAZA dispone que los Gobiernos Locales tienen competencia para crear, modificar y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales, conforme a la Ley, estableciendo adicionalmente la Administracion de sus Bienes y Rentas; Que, el articulo 196º establece las Rentas Municipales en el rubro Tributos creados por Ley a su favor, las Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos creados por Ordenanza conforme a Ley; Que, conforme a la MORDAZA parte del articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, se establece que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones respectivas de los Tributos que administra; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion; Que, es politica de la Municipalidad de Chaclacayo, otorgar un Regimen de caracter Temporal que permita a los contribuyentes las mayores facilidades para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias formales y/o sustanciales vencidas y/o exigibles, libres de pago de los intereses moratorios, asi como de las sanciones administrativas; Que, de conformidad con los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, se aprobo, por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza:

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